• MARTES 28
  • de abril de 2026

Política

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Congreso: Porteros de edificios habitacionales contarán con gratificaciones, vacaciones y CTS

Comisión de Trabajo del Congreso aprobó dictamen que mejora sus condiciones laborales.

Este dictamen tiene como objeto mejorar las condiciones económicas y de trabajo para los porteros y guardianes de edificios con fines habitacionales, garantizando su acceso a la seguridad social y la protección de los residentes.

En ese marco, se establecen una serie de beneficios laborales para este sector de trabajadores, como jornada de ocho horas, vacaciones, pago de gratificaciones, pago de CTS, entre otros.

Igualmente, se dispone que las personas que desarrollan este tipo de oficio se encuentran contratadas bajo el régimen de la actividad privada, con las particularidades establecidas en la norma. El empleador sujeto a esta norma no podrá contratar los servicios de terceros o de empresas dedicadas al servicio de la seguridad privada, para desempeñar esta función.

De aprobarse este dictamen en el pleno del Congreso, que ya será a partir de julio, cuando ingresemos a la última legislatura ordinaria, los derechos laborales serían los siguientes:

-Remuneración mínima vital, como sueldo base.
-Jornada máxima de trabajo de 8 horas diarias o 48 horas semanales
-Descanso semanal obligatorio de 24 horas consecutivas.
-Vacaciones anuales de 30 días calendario.
-Gratificaciones en julio y diciembre, equivalente a un sueldo íntegro cada una.
-Compensación por Tiempo de Servicios
-Afiliación obligatoria a Essalud o Sistema de Pensiones (AFP u ONP)
-Seguro complementario de trabajo de riesgo, (SCTR) en caso de desempeñar funciones de seguridad.
-Asignación familiar de 10% de su sueldo cuando tenga uno o más hijos menores de 18 años.

Asimismo, el dictamen establece una serie de requisitos por parte del trabajador, como ser mayor de 18 años, no contar con antecedentes penales ni judiciales en el Perú o país de procedencia, y en el caso de extranjeros, permiso para trabajar de la autoridad migratoria.

Finalmente, se precisa que no se podrán desempeñar como porteros o guardines de edificios aquellos que hayan sido condenados por delitos contra la vida, el cuerpo y salud contra la libertad en contra el patrimonio.

Igualmente, aquellos que se encuentren bajo investigación fiscal o proceso penal por delitos vinculados al crimen organizado, terrorismo, trata de persona, tráfico ilícito de drogas, robo agravado o delitos contra la seguridad pública, ya sea dentro del territorio nacional o extranjero.

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