En el formulario virtual se encontrará el archivo personalizado con información referencial de las rentas, gastos, retenciones y pagos del impuesto, así como de las retenciones y pagos del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF). Esta información debe ser verificada y, de ser el caso, completada o modificada antes de presentar la Declaración a la Sunat.
Asimismo, conforme con lo establecido en la Ley N° 31940, se debe precisar que el plazo final para la presentación de la Declaración Jurada Anual y pago del impuesto a la renta de personas naturales ha sido ampliado, según el siguiente cronograma:
Se espera que para la presente campaña de renta cumplan con presentar la Declaración de Renta alrededor de 848,000 personas naturales.
Los recursos provenientes de la regularización de Renta 2024 y de la recaudación de impuestos en general permiten que el Estado pueda destinarlos para brindar servicios sociales de salud, educación, seguridad e infraestructura y demás obras en beneficio de la población en general.
Obligados a declarar
Deben presentar la declaración las personas naturales que:
• Hubieran percibido Rentas de quinta categoría (en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
• Los trabajadores que perciben Rentas de cuarta (independientes) y/o quinta categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor.
• Los que hubieran percibido Rentas de cuarta y/o quinta categorías que atribuyan gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
• Quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
• Los que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado estos saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de cuarta categoría.
Para más información sobre el cronograma y las facilidades implementadas por la Sunat puede visitar el portal especializado https://renta.sunat.gob.pe/personas