CONGRESO DE LA REPÚBLICALey N° 32321: Declaran de interés nacional la creación de institutos de educación superior tecnológicos públicos en los departamentos de Ayacucho, Cajamarca, Lambayeque y Puno
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32321, Ley que declara de interés nacional la
creación de institutos de educación superior tecnológicos públicos en los departamentos de Ayacucho, Cajamarca, Lambayeque y Puno.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se trata de los siguientes institutos:
a) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Cuna de la Capitulación del VRAEM, ubicado en el distrito de Santa Rosa de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho.
b) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Tacabamba, ubicado en el distrito de Tacabamba de la provincia de Chota del departamento de Cajamarca.
c) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Ayrumas Carumas, ubicado en el distrito de Acora de la provincia de Puno del departamento de Puno.
d) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Salas, ubicado en el distrito de Salas de la provincia de Lambayeque del departamento de Lambayeque.
e) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Pisacoma, ubicado en la provincia de
Chucuito del departamento de Puno.
f) Instituto de Educación Superior Tecnológico Público de Pichacani, ubicado en el distrito de Pichacani de la provincia de Puno del departamento de Puno.
El Ministerio de Educación, de conformidad con sus atribuciones y competencias y en coordinación con los gobiernos regionales y los gobiernos locales involucrados, adoptará las acciones que correspondan para la implementación de dichos institutos de educación superior tecnológicos públicos.
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), mediante el Decreto Supremo Nº 086-2025-EF.
Por ende, también mediante la misma norma, aprobó los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, compendiados en el TUPA del OECE.
Asimismo, aprobó la relación de los Formularios de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del TUPA del OECE.
EL MEF dispuso la publicación del TUPA del OECE en la sede digital del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe); en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del OECE (www.gob.pe/oece).
MINISTERIO DE SALUD
Aprueban la Norma Técnica de Salud para el Cuidado Integral de Salud de la Persona Adulta
El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la NTS N° 229-MINSA/DGIESP-2025, Norma Técnica de Salud para el Cuidado Integral de Salud de la Persona Adulta, mediante la Resolución
Ministerial Nº 310-2025/MINSA.
Se trata de una norma técnica actualizada que responde a la decisión de atender las necesidades de salud de la persona adulta, considerada población económicamente activa (PEA), con un enfoque de integralidad, equidad, solidaridad, interculturalidad, calidad y pleno respeto a sus derechos, que contribuirá al cuidado integral de su salud.
Corresponderá a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Minsa publicar dicha norma técnica en la sede digital del Minsa.
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MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Adecúan reglamentación relativa al mantenimiento del Seguro de Vida Ley al cese de la relación laboral a cargo del extrabajador a cambios efectuados a la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el Reglamento de la Ley Nº 29549 que modifica la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales y crea el Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, adecuándolo a las modificaciones efectuadas a esta Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, por parte de la Ley N° 31149.
De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 003-2025-TR se modifica el artículo 3° del Decreto
Supremo N° 003-2011-TR, precisándose que en caso el trabajador decida mantener el seguro de
vida ley al término de la relación laboral, deberá solicitarlo por escrito, a través de medios físicos o virtuales, a la empresa de seguros dentro del plazo establecido en el artículo 18° del Decreto Legislativo N° 688.
En cuyo caso, las condiciones del seguro se sujetarán a las disposiciones técnicas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en el marco de su competencia.
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MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la décima primera convocatoria del año 2025 para el otorgamiento de 690 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias de 500 soles dirigida a potenciales beneficiarios constituidos por damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la décima primera convocatoria del año 2025 para el otorgamiento de seiscientos noventa (690) Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales,
ubicadas en 30 distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, San Martín y Tumbes, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por los Decretos Supremos Nº 007-2025-PCM, N° 021-2025-PCM, N° 024-2025-PCM, N° 026-2025-PCM, N° 033-2025-PCM y N° 034-2025-PCM.
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 123-2025-VIVIENDA con la cual se precisa que el valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (Quinientos y 00/100 Soles) y, se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, San Martín o Tumbes, según corresponda.
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OSIPTEL
Aprueban publicación para comentarios del “Proyecto de Norma que aprueba el Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones”
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó la publicación para comentarios del “Proyecto de Norma que aprueba el Reglamento del Consejo de Usuarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones”, mediante la Resolución N° 000045-2025-CD/OSIPTEL.
Corresponderá a la Gerencia General del Osiptel disponer las acciones necesarias para que el proyecto de norma, la exposición de motivos, así como el informe de declaración de calidad
regulatoria, sean publicados en el portal institucional (página web institucional https://www.gob.pe/Osiptel).
Se establece un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
fecha de publicación de la citada resolución, para que los interesados remitan sus comentarios a través de la mesa de partes virtual del Osiptel (https://serviciosweb.osiptel.gob.pe/MesaPartesVirtual/#), mediante un archivo adjunto en
formato Word.
Además, se encarga a la Dirección de Atención y Protección del Usuario del Osiptel, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones.
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SUNAT
Disponen la publicación del Proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba
el Procedimiento Específico “Fiscalización Aduanera Posterior al Despacho Aduanero” CONTROL-PE.01.09 (Versión 2), en la sede digital de la Sunat
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento específico “Fiscalización aduanera posterior al despacho aduanero” CONTROL-PE.01.09 (versión 2), con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la Sunat (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones del público en general.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000150-2025/SUNAT los comentarios, aportes u opiniones del público en general podrán presentarse en las unidades de recepción documental de la Sunat o enviarse a las siguientes direcciones de correo electrónico: jmunozc@sunat.gob.pe y laguilarvar@sunat.gob.pe.
La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis.
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SUNAT
Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT para incorporar los expedientes electrónicos del procedimiento de fiscalización parcial y definitiva aduanera al Sistema Integrado del Expediente Virtual, en la sede digital de la Sunat
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución
de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT, con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de esta superintendencia (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones del público en general.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000151-2025/SUNAT los comentarios, aportes u opiniones del público en general podrán presentarse en las unidades de recepción documental de la entidad recaudadora o enviarse a las siguientes direcciones de correo
electrónico: jmunozc@sunat.gob.pe y laguilarvar@sunat.gob.pe.
La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera se encargará de su recepción, sistematización y análisis.
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SUNAT
Disponen la publicación del Proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el Procedimiento Específico “Fiscalización Aduanera a Operadores de Comercio Exterior y Operadores Intervinientes” CONTROL-PE.01.10 (Versión 2), en la sede digital de la Sunat
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento específico “Fiscalización aduanera a operadores de comercio exterior y operadores intervinientes” CONTROL-PE.01.10 (versión 2), con su correspondiente exposición de motivos,
en la sede digital de esta superintendencia (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15)
días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y el público en general.
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000152-2025/SUNAT los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y el público en general podrán presentarse en las unidades de recepción documental de la Sunat o enviarse a las siguientes direcciones de correo electrónico: jmunozc@sunat.gob.pe y laguilarvar@sunat.gob.pe.
La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera estará a cargo de su recepción,
sistematización y análisis.
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MIGRACIONES
Aprueban nueva versión de los “Lineamientos para el control migratorio de personas nacionales y extranjeras en medios de transporte marítimo, fluvial y lacustre”
La Superintendencia Nacional de Migraciones (Migraciones) aprobó la Directiva “Lineamientos para el control migratorio de personas nacionales y extranjeras en medios de transporte marítimo, fluvial y lacustre” versión 2, con código M01.DRCM.DI.004, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000061-2025-MIGRACIONES.
Por ende, se deja sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 000047-2021-MIGRACIONES, de fecha 28 de febrero de 2021, que aprobó la Directiva “Lineamientos para el control migratorio de personas nacionales y extranjeras de medios de transportes marítimos y emisión de permisos de tierra para tripulantes marítimos” versión 1, con código M01.DRCM.DI.004.
Corresponderá a la Unidad de Imagen y Comunicación de Migraciones efectuar la publicación de de la nueva versión del documento normativo aprobado en el Portal Institucional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
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PODER JUDICIAL
Aprueban nueva versión de las “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de Pánico”
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó la Directiva Nº 003-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de
Pánico” –Versión 002, mediante la Resolución Administrativa Nº 000134-2025-CE-PJ
Por ende, se deja sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000443-2022-CE-PJ, que aprobó
la Directiva Nº 024-2022-CE-PJ, denominada “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de Pánico”, Versión 001; así como cualquier otra disposición que se oponga a la nueva versión de estas disposiciones.
A la par, se dispone la publicación de la Directiva Nº 003-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de
Pánico” –Versión 002, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
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DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones y el Organigrama Estructural de
la Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo aprobó su Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama Estructural, mediante la Resolución Defensorial Nº 006-2025/DP.
La norma reglamentaria consta de sesenta y ocho (68) páginas, que contiene el Título I y el Título II que consta de los Capítulos I, II, III, IV, V, VI y VII; con un total de ciento cuarenta y dos (142) artículos, dos (02) Disposiciones Complementarias, una (01) Disposición Transitoria y un (01) Anexo denominado: Organigrama Estructural de la Defensoría del Pueblo.
Además, la Defensoría del Pueblo dispuso la publicación del texto completo de su Reglamento de Organización y Funciones y, de su Organigrama Institucional en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano y en los Portales de Transparencia e Institucional de la Defensoría del Pueblo.
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