• DOMINGO 10
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 13 al 19 de Abril del 2025

Domingo 13 de Abril del 2025


PRODUCE
Actualizan disposiciones referidas a las acciones de fiscalización en las actividades pesqueras y acuícolas 

El Ministerio de la Producción (Produce) actualizó las disposiciones referidas a la acciones de fiscalización en las actividades pesqueras y acuícolas para garantizar la preservación, sostenibilidad y aprovechamiento responsable de los recursos o productos hidrobiológicos, así como para fortalecer el ejercicio de la potestad sancionadora para disuadir presuntas conductas infractoras.

Fue mediante la modificación del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 006-2025-PRODUCE se modifican el artículo 132° y los
numerales 3, 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13, 17, 18, 21, 22, 26, 27, 31, 33, 34, 36, 37, 39, 40, 42, 43, 53, 54, 58, 63, 65,68, 71, 72, 75, 76, 79, 80, 85, 89, 90, 92, 101, 103, 110,111 y 112 del artículo 134° del Reglamento de la Ley General de Pesca.

Asimismo, se modifican el artículo 34°, el numeral 35.1 del artículo 35°, los literales a), b) y c) de los numerales 36.1 y 36.2 del artículo 36°, el numeral 38.2 del artículo 38°, el numeral 3 del artículo 43°, el numeral 2 del artículo 44° del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

A la par, se incorporan el numeral 126.2 en el artículo 126° y los numerales 3-A, 3-B, 5-A, 5-B, 26-A, 64-A y 85-A en el artículo 134° del Reglamento de la Ley General de Pesca.

También se incorporan los incisos 34.1.1., 34.1.2., 34.1.3., el numeral 34.1 y el numeral 34.2 en el artículo 34°, el primer párrafo en el artículo 36°, los literales a), b) y c) en el numeral 36.3 del artículo 36°, el numeral 6 en el artículo 44°, el numeral 48.11 en el artículo 48°, el numeral 49.12 en el artículo 49°, y los numerales 54.4 y 54.5 en el artículo 54° del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas.

Con ello se establece, por ejemplo, que las infracciones se clasifican como Muy Graves, Graves y Leves. Su determinación deberá fundamentarse según los grados de afectación a la conservación, preservación y sostenibilidad de los recursos o productos hidrobiológicos, su potencialidad o certeza del daño en la extensión de sus efectos, en el incumplimiento de la normatividad sobre la materia y en otros criterios que puedan ser definidos de acuerdo a la normativa vigente. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban el Manual de  Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó el Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao, mediante la Resolución Ministerial N° 109-2025-VIVIENDA.

El  documento guía, que consta de tres (3) títulos, treinta (30) artículos y un (1) Anexo, se remitirá a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros el Manual de Operaciones del Programa Agua Segura para Lima y Callao en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de aprobado.

En ese contexto, se dispone su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y en la sede digital del Programa Agua Segura para Lima y Callao (https://www.gob.pe/programa-agua-segura-para-lima-y-callao).
Conozca la norma aquí


BANCO CENTRAL DE RESERVA
Presidente del BCR participará en reuniones del FMI y el BM a realizarse en Estados Unidos

El presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), Julio Velarde Flores participará en las próximas Reuniones de Primavera del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM) y reuniones conexas, tales como las reuniones del Grupo Intergubernamental de los Veinticuatro (G-24) y la Reunión Plenaria del Comité Monetario y Financiero Internacional
del FMI (IMFC), que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 21 al 27 de abril del 2025.

Asimismo, asistirá a la primera edición del Peru Summit, donde expondrá sobre la importancia de la estabilidad macroeconómica para el crecimiento desde la experiencia de Perú; y participará en  la reunión del Consejo Consultivo de las Américas (CCA) del Banco de Pagos Internacionales
(BIS) con representantes del sector privado. Ambas reuniones tendrán lugar en Nueva York, los días 21 y 22 de abril del 2025, respectivamente.

Para tal efecto el BCRP aprobó la misión en el exterior de su presidente, Julio Velarde Flores, a la ciudad de Nueva York los días 21 y 22 de abril, y a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 22 al 26 de abril del 2025, mediante Resolución de Directorio Nº 0017-2025-BCRP-N. Conozca la norma aquí


ONPE
Aprueban versión actualizada de las “Instrucciones y disposiciones para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares organizadas y ejecutadas por la ONPE”

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la versión actualizada de las "Instrucciones y disposiciones para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los procesos electorales, referéndum u otras consultas populares organizadas y ejecutadas por la ONPE”, mediante la Resolución Jefatural N° 000053-2025-JN/ONPE.

De acuerdo con la nueva versión de dicho documento el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA), a través de sus Comandos Operacionales y Especiales, y la Policía Nacional del Perú (PNP), por medio de las Direcciones, Regiones y Frentes Policiales, darán un tratamiento especial a las zonas declaradas en estado de emergencia, de modo que se adopten las medidas de seguridad convenientes para garantizar el ejercicio del derecho al voto de los electores.

En el mismo sentido, el CCFFAA y la PNP deberán garantizar la seguridad del despliegue y repliegue del material electoral, de los locales de votación, del personal y de las instalaciones de los organismos electorales, y de ser el caso, la ONPE dictará medidas especiales que faciliten el ejercicio del sufragio, precisa el documento. Conozca la norma aquí


Lunes 14 de Abril del 2025

PRODUCE
Autorizan inicio de la Primera Temporada de Pesca 2025 del recurso anchoveta en la Zona Norte – Centro del Perú

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó el inicio de la Primera Temporada de Pesca 2025 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), con destino al consumo humano indirecto, en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16°00’S, a partir de las 00:00 horas del 22 de abril del 2025.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 00148-2025-PRODUCE con la cual se establece también que la fecha de conclusión de la Primera Temporada de Pesca 2025 será cuando se alcance el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Norte – Centro (LMTCP Norte – Centro) autorizado, o en su defecto, cuando el Instituto del Mar del Perú –IMARPE lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas.

En ese contexto, la norma precisa que el Límite Máximo Total de Captura Permisible dela Zona Norte – Centro (LMTCP Norte – Centro) del  recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2025 de la Zona Norte – Centro autorizada es de 3´000,000 (tres millones) de toneladas.
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PODER JUDICIAL
Disponen la implementación y puesta en funcionamiento del Centro de Comando y Monitoreo Jurisdiccional y Administrativo de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada

La Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada dispuso la implementación y puesta en funcionamiento del Centro de Comando y Monitoreo Jurisdiccional y Administrativo de dicha corte, a partir del 21 de marzo del 2025, que se ubicará en la avenida Tacna 734 - Cercado de Lima (2do piso – Sede Tacna).

De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000256-2025-P-CSNJPE-PJ dispuso también que la Oficina de Administración Distrital y el Área Funcional de Informática de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, coadyuven a la ejecución de las acciones
pertinentes a fin de asegurar el correcto funcionamiento de la oficina indicada.

La implementación del citado centro se dispone con el propósito de optimizar los servicios
estadísticos e informáticos a cargo de la mencionada corte y así brindar una administración de justicia eficiente y eficaz. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 30 días el estado de emergencia declarado en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao con restricciones para motos y mototaxis
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del domingo 13 de Abril del 2025)

El Poder Ejecutivo prorrogó por 30 días más el estado de emergencia en Lima y Callao a partir del 17 de abril del presente año, en el contexto de la lucha contra la delincuencia, estableciendo restricciones para la circulación de motos y mototaxis.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 046-2025-PCM durante la vigencia de este estado de emergencia dichos vehículos menores solo podrán circular con su conductor, sin llevar ningún acompañante y sin usar elementos o accesorios adicionales al casco que impidan o limiten la visibilidad del rostro del conductor.

La Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, ejercerán las acciones de control verificando el cumplimiento de aquella disposición y en caso se adviertan indicios
de la comisión de un delito, los involucrados serán conducidos a las dependencias policiales para
realizar las investigaciones que correspondan conforme al marco normativo administrativo y penal.

Se exceptúa del cumplimiento de la mencionada restricción al personal de la Policía Nacional de
Perú, de las Fuerzas Armadas, del serenazgo municipal y del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú en ejercicio de sus funciones.

La Policía Nacional del Perú continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determina las zonas donde se
requiera dicho apoyo.

Durante la prórroga del estado de emergencia se continuará aplicando lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Declaran Duelo Nacional el día 14 de abril de 2025, con motivo del deceso del escritor peruano Mario Vargas Llosa
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del domingo 13 de Abril del 2025)

El Poder Ejecutivo declaró Duelo Nacional el día 14 de abril del 2025, con motivo del deceso del escritor peruano Mario Vargas Llosa, Premio Nobel de Literatura.

Durante el día 14 de abril del 2025, el Pabellón Nacional será izado a media asta en todos los edificios públicos, instalaciones militares, bases, buques, locales policiales y demás dependencias del Estado en todo el territorio nacional, así como en las misiones diplomáticas, consulares y representaciones permanentes del Perú en el exterior, detalla el Decreto Supremo Nº 047-2025-PCM. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban la extinción del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna y declara en emergencia el servicio alimentario escolar
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del domingo 13 de Abril del 2025)

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó la extinción del Programa Nacional de
Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2025-MIDIS.

De acuerdo con dicha norma declara además en emergencia el servicio alimentario escolar hasta el 31 de diciembre del 2025, por lo que dictará las medidas excepcionales para garantizar una transición ordenada y resguardar la vida, seguridad alimentaria y la salud de la población escolar.

En ese contexto, el citado portafolio aprueba la extinción de las modalidades de entrega del servicio alimentario escolar mediante la gestión de productos y raciones en el marco del modelo
de cogestión que ha estado empleando el Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna.

Corresponderá al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social disponer las medidas necesarias y aprobar los dispositivos normativos y/o mecanismos pertinentes para garantizar la atención oportuna a los usuarios del servicio de alimentación escolar durante el año fiscal 2025, en el
marco de la normativa vigente y aplicable. Conozca la norma aquí


Martes 15 de Abril del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32301: Fortalecen el trabajo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32301, Ley que modifica la Ley N° 27692, Ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), con la finalidad de fortalecer el trabajo de dicha institución y contribuir con la transparencia y la supervisión de los recursos recibidos por las entidades que gestionan la cooperación técnica internacional no reembolsable.

De acuerdo con la norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, la APCI implementará un sistema de información y de consulta en tiempo real, respecto de las entidades
que gestionan cooperación técnica internacional que desarrollan actividades en el país. Este sistema de información tendrá el listado de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), de los entes cooperantes, e información relevante, que será prevista en el reglamento de la ley modificatoria.

Además, se precisa como una de las funciones del APCI velar por el cumplimiento de las  disposiciones legales y convencionales que regulan la cooperación técnica internacional y la correcta utilización de los recursos que reciben; para lo cual podrá dictar las medidas preventivas
o correctivas que considere necesarias. Esto teniendo en cuenta que el reglamento de la Ley de creación del APCI establece las modalidades de medidas preventivas o correctivas y los criterios para su aplicación.

A la par, se aclara la tipificación de las infracciones que comenten las entidades que gestionan cooperación técnica internacional.

A ello se suma que el APCI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Peru), deberán implementar un mecanismo de transferencia de información y de alerta que les permita adoptar acciones, medidas preventivas o correctivas oportunas, en el marco de sus competencias, con la finalidad de garantizar la adecuada ejecución de la Cooperación Técnica Internacional en nuestro país.

En ese contexto, corresponderá a la Sunat evaluar la necesidad de crear una unidad de organización dentro de su organización interna con el fin de efectivizar las disposiciones establecidas en la ley modificatoria, dentro del marco de sus competencias.

La ley modificatoria introduce cambios en los artículos 1°, 3°, 4°, 6°, 8°, 21° y 22° de la Ley N° 27692. Además, modifica los artículos 4°, 13° y 14° del Decreto Legislativo N° 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional y otras disposiciones legales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban la Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica de la Muerte Materna en el Perú

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la NTS N° 227-MINSA/CDC-2025, Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica de la Muerte Materna en el Perú, mediante la Resolución Ministerial Nº 272-2025/MINSA.

Por ende, derogó la Resolución Ministerial N° 778-2016/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 036-MINSA/CDC-V.02, Directiva Sanitaria que establece la Notificación e Investigación para la Vigilancia Epidemiológica de la Muerte Materna.

Corresponderá a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Minsa publicar la citada norma técnica en la sede digital del mencionado portafolio
(www.gob.pe/minsa). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban la Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica en el Contexto de la Eliminación de la Malaria en el Perú

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la NTS N° 228-MINSA/CDC-2025, Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica en el Contexto de la Eliminación de la Malaria en el Perú, mediante la Resolución Ministerial Nº 273-2025//MINSA.

Corresponderá a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Minsa publicar dicha norma técnica en la sede digital del mencionado portafolio. Conozca la norma aquí


COSUSINEACE
Oficializan acuerdo de directorio que aprueba la publicación del proyecto de “Reglamento para la autorización y renovación de entidades evaluadoras externas, y la selección de pares evaluadores de educación superior universitaria”

El Consejo Superior del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Cosusineace) oficializó el Acuerdo N° 022-2025-CS-CONEAU de la Sesión Ordinaria N° 007-2025/CS-CONEAU del 9 de abril del 2025 del Directorio del Consejo
de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (Coneau) que aprueba la publicación del proyecto de «Reglamento para la autorización y renovación de entidades evaluadoras externas, y la selección de pares evaluadores de educación superior universitaria», mediante la Resolución de Presidencia N° 000040-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P.

Además, dispuso que, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, el proyecto de reglamento mencionado y su exposición de motivos sean publicados en el portal institucional: https://www.gob.pe/sineace, por un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución  de presidencia en el Diario Oficial El Peruano.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado podrán presentarse a través de los siguientes canales:

- Correo electrónico: reglamentos-coneau@sineace.gob.pe, o;
- Mesa de partes virtual del Sineace: https://app.sineace.gob.pe/portal-ciudadano/mesa-partes, o;
- Mesa de partes física: Av. República de Panamá N° 3659, San Isidro.

Corresponderá a la Dirección de Capacitación, Selección y Supervisión del Coneau recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


COSUSINEACE
Oficializan acuerdo de directorio que aprueba la publicación del proyecto de “Reglamento para el reconocimiento de acreditaciones otorgadas a instituciones y programas de estudios de educación superior universitaria por agencias acreditadoras del extranjero”

El Consejo Superior del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Cosusineace) oficializó el Acuerdo Nº 023-2025-CS-CONEAU de la Sesión Ordinaria Nº 007-2025/CS-CONEAU del 9 de abril de 2025 del Directorio del Consejo
de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (Coneau), que aprueba la publicación del proyecto de «Reglamento para el reconocimiento de acreditaciones otorgadas a instituciones y programas de estudios de educación superior universitaria por agencias acreditadoras del extranjero»

Fue mediante la Resolución de Presidencia N° 000041-2025-SINEACE/COSUSINEACE-P con la cual se dispone que, a fin de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, el proyecto de reglamento mencionado y su exposición de motivos sean publicados en el portal institucional: https://www.gob.pe/sineace, por un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la referida resolución de presidencia en el Diario Oficial El Peruano.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado podrán presentarse a través de los siguientes canales:

- Correo electrónico: reglamentos-coneau@sineace.gob.pe, o;
- Mesa de partes virtual del Sineace: https://app.sineace.gob.pe/portal-ciudadano/mesa-partes, o;
- Mesa de partes física: Av. República de Panamá N° 3659, San Isidro.

Corresponderá a la Dirección de Evaluación y Acreditación del Coneau recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Aprueban el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control – ascenso, así como las Tablas de Puntaje para la Evaluación Curricular

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - ascenso, así como las Tablas de Puntaje para la Evaluación Curricular, mediante la Resolución Nº 145-2025-JNJ.

Se trata de un nuevo reglamento de concursos para el ascenso de magistrados, que se ha elaborado teniendo en cuenta la experiencia recogida en convocatorias pasadas, la necesidad de regular la evaluación para el nombramiento de jueces y fiscales en la especialidad de control y, un continuo esfuerzo por optimizar los procedimientos de selección y nombramiento de la JNJ con el propósito de revertir la significativa provisionalidad existente en las carreras judicial y fiscal.

Por consiguiente, se deja sin efecto el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales - ascenso, aprobado por Resolución N° 1588-2022-JNJ del 16 de diciembre del 2022, y sus modificatorias.

El texto del reglamento aprobado y sus anexos se publican en el Boletín Oficial de la Magistratura (BOM), sito en la sede digital de la JNJ: www.jnj.gob.pe. Conozca la norma aquí


JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Aprueban el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto, así como Tablas de Puntaje para la Evaluación Curricular

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó el Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales; y de jueces y fiscales de control - acceso abierto, así como las Tablas de Puntaje para la Evaluación Curricular (Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6), mediante la Resolución Nº 146-2025-JNJ.

Constituye un nuevo reglamento de concursos de acceso abierto para cubrir plazas de jueces y fiscales, que se ha elaborado teniendo en cuenta la experiencia recogida en convocatorias pasadas, la necesidad de regular la evaluación para el nombramiento de jueces y fiscales en la especialidad de control y, un continuo esfuerzo por optimizar los procedimientos de selección y nombramiento de la JNJ con el propósito de revertir la significativa provisionalidad existente en las carreras judicial y fiscal.

Por consiguiente, se deja sin efecto el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de concursos para la selección y nombramiento de jueces y fiscales - acceso abierto, aprobado por Resolución Nº 1589-2022-JNJ del 16 de diciembre del 2022, y sus modificatorias.

El texto del reglamento y sus anexos se publican en el Boletín Oficial de la Magistratura
(BOM), sito en la sede digital de la JNJ: www.jnj.gob.pe. Conozca la norma aquí


Miércoles 16 de Abril del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32303: Precisa la identificación, localización, geolocalización y rastreo de terminales móviles para la suspensión de la línea telefónica, el bloqueo del IMEI y la baja del servicio móvil, en los casos de utilización o vinculación a llamadas o a envío de mensajes con contenido delictivo.

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32303, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1182 —Decreto Legislativo que regula el uso de los datos derivados de las telecomunicaciones para la identificación, localización y geolocalización de equipos de comunicación, en la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado— y el Decreto Legislativo N°1338 —Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana—, a fin de precisar la identificación, localización, geolocalización y rastreo de terminales móviles para la suspensión de la línea telefónica, el bloqueo del IMEI y la baja del servicio móvil, en los casos de utilización o vinculación a llamadas o a envío de mensajes con contenido delictivo.

De acuerdo con la ley modificatoria, aprobada por el Congreso de la República por insistencia, la unidad a cargo de la investigación policial solicitará a la unidad especializada el acceso inmediato a los datos de localización, geolocalización o rastreo de los teléfonos móviles o de cualquier otro dispositivo electrónico de comunicación, siempre que concurran determinados presupuestos como el siguiente:

Únicamente cuando constituya un medio indispensable para la investigación. En cuyo caso el acceso a los datos debe ser autorizado y ejecutado con las debidas garantías.

Además se precisa como una de las atribuciones de Osiptel requerir a las empresas operadoras de servicios públicos móviles de telecomunicaciones, de oficio o a solicitud del Ministerio del Interior, de la Policía Nacional del Perú, del Instituto Nacional Penitenciario, del Ministerio Público o del Poder Judicial la suspensión temporal de las líneas, la remisión de mensajes de advertencia a los abonados o usuarios, el bloqueo del IMEI de los equipos terminales móviles detectados como alterados, duplicados, clonados, inválidos, que no se encuentren en la Lista Blanca del RENTESEG; y/o la baja del servicio público móvil, de acuerdo al reporte de los equipos terminales móviles utilizados o vinculados a la comisión de delitos, según el procedimiento establecido para tal fin.

Asimismo, le corresponde requerir, a solicitud expresa del usuario afectado, cuya circunstancia debe ser acreditada mediante la respectiva denuncia y una constatación policial, el bloqueo del IMEI o la suspensión temporal del servicio público móvil ante la empresa operadora correspondiente. Dicho requerimiento se deberá realizar dentro del plazo de doce horas de recibida la solicitud del usuario. En cuyo caso las empresas operadoras de servicios públicos móviles de telecomunicaciones deberán ejecutar lo requerido en el plazo máximo de tres
horas de recibido el requerimiento. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Resolución Legislativa N° 32302: Aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos

El Poder Ejecutivo publicó la Resolución Legislativa N° 32302, Resolución Legislativa que aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre la República del Perú y los Emiratos Árabes Unidos, suscrito en Lima, República del Perú, el 2 de junio del 2023.

Dicha resolución fue aprobada por el Congreso de la República. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen la publicación del proyecto “Guía para la descripción de proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”

El Ministerio del Ambiente dispuso la publicación del proyecto “Guía para la descripción de proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, mediante la Resolución Ministerial Nº 00100-2025-MINAM.

Dicha publicación se realizará en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito
de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica seia@minam.gob.pe. 

La Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental será la encargada de
sistematizar las opiniones y/o sugerencias que se reciban. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles (Pronacej), mediante la Resolución Ministerial N° 0135-2025-JUS.

Por ende, deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 0247-2021-JUS que aprobó el Manual de Operaciones del Pronacej.

Además, dispuso que la Secretaría General del Minjusdh remita a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del nuevo Manual de Operaciones del
Pronacej, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles posteriores a su aprobación.

Asimismo, dispuso la publicación del manual aprobado en las sedes digitales del Ministerio de Minjusdh (www.gob.pe/minjus) y del Pronacej (www.gob.pe/pronacej). Conozca la norma aquí


PRODUCE
Oficializan el “Concurso Nacional del Pisco”, a celebrarse durante el tercer trimestre de cada año

El Ministerio de la Producción (Produce) oficializó el “Concurso Nacional del Pisco”, a celebrarse durante el tercer trimestre de cada año, mediante Resolución Ministerial Nº 000154-2025-PRODUCE. 

Por ende, dispuso que la Dirección General de Desarrollo Empresarial realice las acciones que resulten necesarias para llevar a cabo el “Concurso Nacional del Pisco”. Conozca la norma aquí


SUNAT
Simplifican la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias en el sector económico vinculado con la minería metálica aurífera y no aurífera

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración  Tributaria (Sunat) simplificó la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias en el sector económico vinculado
con la minería metálica aurífera y no aurífera, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000121-2025/SUNAT.

Para tal efecto, incorporó la segunda disposición complementaria final en la Resolución
de Superintendencia N° 000086-2025/SUNAT, que modifica la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT, que aprueba normas para la aplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias.

De acuerdo con dicha disposición complementaria final se excluyen del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias los traslados de los bienes comprendidos en los numerales 3 y 4 del Anexo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/SUNAT realizados fuera
del centro de producción, así como desde cualquier zona geográfica que goce de beneficios tributarios hacia el resto del país, que se efectúen antes de su ingreso a la planta que brinde efectivamente el servicio de beneficio de minerales metálicos gravado con el IGV, cuando
dichos traslados no se originen en una operación de venta gravada con este impuesto, siempre que se trate de minerales sin procesar incluidos en las subpartidas nacionales del Capítulo 26 de la Sección V del Arancel de Aduanas 2022, aprobado por el Decreto Supremo N° 404-2021-EF o norma que lo sustituya. Conozca la norma aquí


ONPE
Aprueban modelo definitivo de la cédula de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el modelo definitivo de la cédula
de sufragio para la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2025, mediante la Resolución Jefatural N° 000056-2025-JN/ONPE.

Por ende, dispuso poner el contenido de esta resolución en conocimiento del Jurado Nacional de
Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como de los promotores y autoridades municipales sometidas al proceso de revocatoria. Conozca la norma aquí


Jueves 17 de Abril del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32304: Regulan las escuelas superiores de formación artística y la carrera pública de sus docentes

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32304, Ley que regula las escuelas superiores de formación artística y la carrera pública de sus docentes, y dicta otras disposiciones.

La norma, aprobada por insistencia por el Congreso de la República, regula la creación, gestión institucional y pedagógica, organización, licenciamiento, funcionamiento, supervisión y fiscalización de las escuelas superiores de formación artística, a fin de que brinden una formación de calidad que responda a las necesidades del sistema educativo y que contribuya a la investigación, innovación, creación artística, promoción y difusión de las artes y de las industrias culturales en nuestro país. Asimismo, regula la carrera pública docente de las escuelas superiores de formación artística públicas.

En ese contexto, establece que la Educación Superior Artística forma parte de la segunda etapa del sistema educativo, formando profesionales en la docencia, arte y cultura. Además que se brinda en el nivel profesional, con el objeto de potenciar la sensibilidad y capacidad creativa de los estudiantes en las diferentes artes, fortalecer la investigación, innovación y creación artística, impulsar el desarrollo de las artes, promover el emprendimiento cultural, fortalecer y diversificar las industrias culturales y contribuir al desarrollo cultural de la sociedad.

Por ende, uno de los objetivos de la Educación Superior Artística es formar ciudadanos con sentido crítico y estético sobre el desarrollo cultural del país, capaces de analizar la problemática social, y promover la reflexión y el diálogo cultural a través de las artes. A su vez, brindar formación en el nivel profesional, desarrollando habilidades artísticas para la interpretación, creación, comprensión y análisis de los diversos lenguajes artísticos, con un amplio espíritu crítico, capaces de desarrollar nuevas propuestas basadas en la investigación y la innovación y gestión cultural, así como el uso de nuevas tecnologías. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco y en el distrito de Samugari de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 23 de abril del 2025, declarado en los distritos de Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco y en el distrito de Samugari de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho, mediante el Decreto Supremo N° 049-2025-PCM.

La Policía Nacional del Perú continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante la vigencia de la prórroga del Estado de Emergencia y en las circunscripciones señaladas, se continuará aplicando lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia por 30 días en 157 distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia en 157 distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, declarado mediante el Decreto Supremo Nº 021-2025-PCM, por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 22 de abril de 2025, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 050-2025-PCM los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali y los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. 

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministra de Comercio Exterior y Turismo sostendrá una reunión bilateral con el Representante Comercial de Estados Unidos

La ministra de Comercio Exterior y Turismo, URSULA DESILU LEON CHEMPEN, sostendrá el 22 de abril del presente año una reunión bilateral con el Representante Comercial de Estados Unidos,  en la que se buscarán alternativas frente a las medidas comerciales adoptadas por dicho país y se brindará clarificaciones en relación al Reporte de Estimación sobre Barreras al Comercio Exterior del 2025, en los temas que competen al Perú.

En dicho encuentro la ministra de Comercio Exterior y Turismo expondrá la posición del
sector comercio exterior del Perú frente a las medidas arancelarias impuestas por Estados Unidos y ofrecerá precisiones técnicas sobre temas de interés bilateral.

Por ende, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Washington D.C., Estados
Unidos de América, del 21 al 23 de abril de 2025, mediante la Resolución Suprema N° 070-2025-PCM.

Corresponderá al señor DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargarse del despacho de Comercio Exterior y Turismo en tanto dure la ausencia de la titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban el Manual para el Diagnóstico Físico Legal en los Procedimientos de Saneamiento Físico Legal y Formalización de Predios Rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, Versión 01

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobó el Manual Sectorial, MA N° 0006-2025-MIDAGRI-DVPSDA/DIGESPACR, Manual para el Diagnóstico Físico Legal en los Procedimientos de Saneamiento Físico Legal y Formalización de Predios Rurales a cargo de los Gobiernos Regionales, Versión 01, mediante la Resolución Ministerial N° 0119-2025-MIDAGRI.

Corresponderá a la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural, promover y socializar las disposiciones obrantes en dicho documento.

Además, se dispone su publicación en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.midagri.gob.pe). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Establecen el número de salas y de secretarías técnicas del Tribunal de Contrataciones Públicas del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció que el Tribunal de Contrataciones Públicas del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) estará conformado por nueve (9) salas, cada una integrada por tres (3) vocales, y tres (3) secretarías técnicas.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 071-2025-EF la implementación de las salas y secretarías técnicas del Tribunal de Contrataciones Públicas será progresiva y se financiará con cargo a los recursos del presupuesto institucional del OECE, en el marco de las leyes anuales de presupuesto.

En tanto se implemente las tres (3) salas y dos  (2) secretarías técnicas adicionales, el Tribunal de Contrataciones Públicas del OECE realizará sus funciones con las seis (6) salas y una (1) secretaría técnica existentes actualmente. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el funcionamiento del Consejo Educativo Institucional en las instituciones educativas y programas educativos públicos de Educación Básica”

El Ministerio de Educación aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el funcionamiento del Consejo Educativo Institucional en las instituciones educativas y programas
educativos públicos de Educación Básica”, mediante la Resolución Ministerial N° 168-2025-MINEDU.

Por ende, dispuso su publicación en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de este portafolio, encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, con la finalidad de fortalecer y actualizar las normas contenidas en dicho Código y/o normas conexas, atendiendo a los desarrollos criminológicos, jurisprudenciales y doctrinales que se han producido.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 0134-2025-JUS, con la cual se establece que este grupo de trabajo, que estará presidido por el Viceministro de Justicia del Minjusdh y que contará con una secretaría técnica, se instalará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente de publicada esta Resolución Ministerial, teniendo en cuenta que las sesiones podrán ser presenciales y/o virtuales.

Dicho grupo de trabajo tendrá una vigencia de un (01) año, contado a partir del día hábil siguiente a su instalación, pudiendo prorrogarse por periodos similares o inferiores, mediante Resolución Ministerial, según acuerde el Grupo de Trabajo, en función al cumplimiento de su objeto. 

En cualquier caso, la prórroga no deberá superar el plazo máximo  establecido en el numeral 28.2 del artículo 28° del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Crean el Reconocimiento Nacional “Distintivo Fortaleza, aliados por una vida sin violencia”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables creó el Reconocimiento Nacional “Distintivo Fortaleza, aliados por una vida sin violencia”, como un mecanismo de incentivo no monetario, dirigido a las Comisarías PNP a nivel nacional, por la destacada labor del personal de dichas sub-unidades de la Policía Nacional del Perú, en la atención de casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. 

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 151-2025-MIMP, este reconocimiento está orientado a promover y fortalecer las acciones vinculadas a la prevención y atención de la violencia, destacando el compromiso y la labor efectiva del personal policial en la protección de las víctimas.

La Dirección General contra la Violencia de Género del Viceministerio de la Mujer será el órgano de línea encargado de la organización e implementación anual del Reconocimiento Nacional “Distintivo Fortaleza, aliados por una vida sin violencia”. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban medidas específicas para fortalecer la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó medidas específicas para fortalecer la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte, mediante el Decreto Supremo N° 006-2025-MTC.

Así, por ejemplo, se establece que la prestación del servicio de transporte de envíos de entrega rápida solo podrá ser realizada por el conductor habilitado en el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.

Este conductor asumirá la responsabilidad directa por el incumplimiento de las obligaciones que le sean exigibles; sin perjuicio de la responsabilidad solidaria del transportista cuando este sea una persona diferente al conductor.

Asimismo, se establecen condiciones específicas de operación para prestar el servicio y la actividad de transporte de envíos de entrega rápida, incorporándose en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (SINARETT) el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida, el cual no será constitutivo de derechos, y contendrá la información de los transportistas, conductores y de los vehículos habilitados para la realización del servicio y los actos emitidos por la autoridad.

Las Municipalidades Provinciales serán responsables de mantener actualizado el Registro de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.

Además, se establece que los cascos de seguridad para usuarios de motocicletas deberán cumplir con las especificaciones técnicas para su uso, establecidas mediante Resolución Directoral emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Conozca la norma aquí


Viernes 18 de Abril del 2025

Crean Unidades Territoriales del OEDI para fortalecer proyectos de inversión regional

Mediante la Resolución Jefatural N° 000029-2025-OEDI/JEF, el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (OEDI) ha creado cuatro Unidades Territoriales, con el fin de ampliar su cobertura y brindar un enfoque integral en el desarrollo de proyectos a nivel nacional.

Las nuevas unidades corresponden a las macrorregiones Norte, Centro, Oriente y Sur, y abarcan los 25 departamentos del país. Esta descentralización permitirá una mayor cercanía con los Gobiernos Regionales y Locales, promoviendo una participación activa en talleres de capacitación y una mejor coordinación para la elaboración de estudios de preinversión, expedientes técnicos y asistencia durante la ejecución de proyectos.

El OEDI fue creado por el Decreto Legislativo N° 1615 como organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Cuenta con autonomía funcional, técnica y económica, y su objetivo principal es brindar soporte técnico a los gobiernos subnacionales en la formulación y ejecución de proyectos de inversión pública.



MEF aprueba directiva sobre opinión previa para normas de contratación especial

Mediante la Resolución Directoral N° 0014-2025-EF/54.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó la directiva que establece el procedimiento para que las entidades públicas soliciten la opinión previa de la Dirección General de Abastecimiento (DGA) antes de crear o modificar normas sobre regímenes especiales de contratación.

La medida se enmarca en la Ley N° 32069 y su reglamento, así como en el Decreto Legislativo N° 1439, que reconoce a la DGA como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento (SNA). Este sistema comprende la programación multianual de bienes, servicios y obras; la gestión de adquisiciones; y la administración de bienes muebles e inmuebles.

Con esta directiva, se busca garantizar coherencia normativa y el fortalecimiento técnico del SNA, reforzando su rol como herramienta clave para una gestión pública eficiente y transparente.



ONPE aprueba Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe) aprobó el nuevo Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas - SISEN, mediante la Resolución Jefatural N° 000059-2025-JN/ONPE. 

Esta norma está conformada por cuatro títulos, 32 artículos, dos disposiciones complementarias finales, una disposición transitoria y dos formularios actualizados.

Entre los principales cambios destacan: la posibilidad de que el personero alterno solicite la casilla electrónica si no hay personero titular; el acceso múltiple para el presidente del Órgano Electoral Central (OEC); la ampliación de los formatos de archivo permitidos; y la nueva denominación de “baja temporal de la casilla electrónica” en lugar de “desactivación”.

Además, se establece un procedimiento para la reactivación de casillas y se incorpora la figura de restricción de acceso para directivos que ya no estén en funciones. También se otorga un plazo de 30 días hábiles a las organizaciones políticas para adecuarse al reglamento, bajo riesgo de baja temporal de la casilla si no cumplen.



ONPE aprueba reglamento para elecciones primarias rumbo a comicios generales de 2026

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el Reglamento de Elecciones Primarias de las Organizaciones Políticas con miras a las Elecciones Generales de 2026, mediante la Resolución Jefatural N° 000063-2025-JN/ONPE.

El reglamento consta de siete títulos, 23 artículos y cuatro disposiciones finales, y regula la organización y ejecución de las elecciones primarias que permitirán a los partidos políticos elegir a sus candidatos para la Presidencia, el Congreso y el Parlamento Andino.

La ONPE notificará oficialmente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) sobre esta norma. El reglamento se enmarca en la Ley N° 31981, publicada en enero de 2024, que modificó aspectos clave de la Ley de Organizaciones Políticas en relación con los procesos internos.

Como se recuerda, las Elecciones Generales fueron convocadas para el domingo 12 de abril de 2026, a través del Decreto Supremo N° 039-2025-PCM. En estos comicios se elegirá al Presidente de la República, vicepresidentes, congresistas y representantes ante el Parlamento Andino. La ONPE tendrá a su cargo la organización de las elecciones primarias, en cumplimiento de sus funciones como parte del Sistema Electoral.


Sábado 19 de Abril del 2025

Perú Compras: publican directiva para compras corporativas

La Central de Compras Públicas-Perú Compras aprobó la Directiva N° 004-2025-Perú Compras, denominada ‘Directiva para la Gestión de la Compra Corporativa Obligatoria’.

La Resolución Jefatural N° 0051-2025-Perú Compras-Jefatura precisa que la vigencia del mencionado documento se encontrará condicionada a la entrada en vigor de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025- EF.

La norma manifiesta que el 24 de junio del 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 32069, la cual tiene por objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública.

La finalidad es la de maximizar el uso de recursos públicos en las contrataciones de bienes, servicios y obras por parte del Estado, detalla la resolución.

La Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la citada ley establece que esta norma entrará en vigor a los 90 días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento.

Asimismo, establece que el numeral 3 de la Décima Tercera Disposición Complementaria Final entrará en vigor a partir del día siguiente de la publicación del reglamento de la ley, el cual habilita a Perú Compras, a partir de la publicación del reglamento, entre otros, a gestionar y aprobar las directivas y/o los lineamientos para el desarrollo y complemento de la Ley N° 32069.

La resolución señala que, mediante Decreto Supremo N° 009-2025-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de enero de 2025, se dispone la aprobación del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.

La compra corporativa es una modalidad de contratación pública eficiente, en la cual dos o más entidades contratantes pueden consolidar la contratación de bienes y servicios para satisfacer sus necesidades comunes, a fin de alcanzar condiciones más ventajosas en el mercado nacional o internacional, conforme a las disposiciones desarrolladas en el reglamento de la ley, anota. Estas compras, subraya, pueden ser facultativas u obligatorias, en este último caso, se encuentran a cargo de Perú Compras. Conozca la norma aquí.


JNE: Reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las Elecciones Generales 2026

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026, para regular las etapas del procedimiento de inscripción de la fórmula de aspirantes a la presidencia y vicepresidencias de la república, así como de las listas de candidatos al Senado, a la Cámara de Diputados y a representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

El documento, que se oficializó mediante la Resolución N° 0164-2025-JNE Resolución N° 0164-2025-JNE, detalla que sus disposiciones serán de cumplimiento obligatorio para el JNE, los Jurados Electorales Especiales, las organizaciones políticas con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas, así como para las entidades públicas y la ciudadanía que participe en las Elecciones Generales 2026 y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026.

Entre otros aspectos, el reglamento precisa que la paridad de género establece que el 50% de las listas de candidatos al Senado, de la Cámara de Diputados y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino deberán estar integradas por hombres o por mujeres.

Además, señala que los aspirantes que integren las mencionadas listas se ubicarán en forma intercalada: una mujer, un hombre o un hombre, una mujer.

En las elecciones primarias se elegirán, de manera obligatoria, a los candidatos a presidente y vicepresidentes de la República. Estos cargos se elegirán en una sola y misma fórmula, conformada mínimamente por un hombre o una mujer. 

También a senadores y diputados de la república, así como a representantes peruanos ante el Parlamento Andino, detalla. Conozca la norma aquí.


JNE: reglamento sobre fiscalización del voto digital

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) será el órgano competente para fiscalizar el uso del voto digital, sin perjuicio de las funciones que correspondan a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en la organización del proceso y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) en la identificación de los electores. 

Así lo establece el Reglamento general sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en el marco del voto digital, que aprobó esta entidad mediante la Resolución N° 168-2025-JNE.

El cuerpo normativo indica que previa solicitud del JNE, la ONPE remitirá la información que sea necesaria para las labores de fiscalización.

Para el desarrollo de su labor de fiscalización, en el marco del citado reglamento, el JNE podrá pedir el apoyo de los otros órganos del sistema electoral, así como de otras entidades y/o empresas especializadas, recalca. Conozca la norma aquí.


JNE: aprueban el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral

El Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en período electoral aprobó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N° 0112-2025-JNE

El objeto de la norma es establecer las disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de las infracciones en la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, así como regular las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el período electoral.

Las disposiciones serán de cumplimiento obligatorio para las organizaciones políticas, personeros, candidatos, afiliados, autoridades, funcionarios o servidores públicos y promotores de consultas populares.

Así como para las entidades públicas de los niveles de gobierno nacional, regional, local, organismos constitucionales autónomos (incluidos sus órganos descentralizados o desconcentrados, programas y proyectos), empresas del Estado, medios de comunicación social, instituciones privadas y ciudadanía, detalla.

El reglamento se aplicará a los procesos de elecciones generales, de representantes ante el Parlamento Andino, Elecciones Regionales, Elecciones Municipales, Elecciones Municipales Complementarias y procesos de consulta popular de referéndum y revocatoria.

La norma indica que las organizaciones políticas, así como los promotores y autoridades sometidas a consulta popular, sin necesidad de permiso de autoridad municipal ni pago de arbitrio alguno, podrán difundir propaganda electoral en cualquier modalidad, medio o característica, y siempre que no se configure alguna de las infracciones reguladas en el artículo 7 del presente reglamento. 

La propaganda electoral por radio o televisión se realizará mediante la franja electoral administrada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, anota.

Entre otras, constituirán infracciones en materia de propaganda electoral usar las oficinas públicas, los cuarteles de las Fuerzas Armadas y de la Policía, los locales de las municipalidades, colegios profesionales, sociedades públicas de beneficencia, entidades oficiales, colegios y escuelas estatales o particulares y de las iglesias de cualquier credo, para organizar conferencias, asambleas, reuniones o actos de propaganda electoral en favor o en contra de cualquier organización política, candidato u opción en consulta.

No estará prohibido el uso de esos locales para desarrollar actividades destinadas a la promoción del voto informado, como la organización de debates o foros en los cuales se expongan los planes de gobierno de las organizaciones políticas, de manera neutral y plural. Para tal efecto, los organizadores deberán comunicar previamente al Jurado Electoral Especial (JEE) sobre el desarrollo de las referidas actividades, para la supervisión correspondiente, aclara. Conozca la norma aquí.


JNE: publican Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante casilla electrónica

El Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, oficializó esta entidad mediante la Resolución N° 117-2025-JNE.

El objeto, indica, es establecer el procedimiento que regula las acciones que deben desarrollar el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y los Jurados Electorales Especiales (JEE) para notificar sus pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales, a través del uso de las casillas electrónicas. 

Este reglamento se aplicará en los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales, así como a las peticiones que sean de competencia de índole jurisdiccional del Jurado Nacional de Elecciones, detalla la norma.

El reglamento señala que la casilla electrónica será personal y única a escala nacional, de carácter obligatorio, permanente y exclusivo para efectuar la notificación de los pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales que se emitan en los procesos electorales y no electorales que los usuarios tramitan ante el JNE y los JEE, según corresponda, así como para dar respuesta a las peticiones que sean de competencia del pleno del JNE. Conozca la norma aquí.


JNE: Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para procesos electorales

Las disposiciones sobre la naturaleza, estructura funcional y funciones generales y específicas de los Jurados Electorales Especiales (JEE), así como disposiciones sobre su inicio y cierre, a fin de asegurar su eficiente gestión y funcionamiento durante los procesos electorales y consultas populares, aprobó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El documento, que se oficializó mediante la Resolución N° 162-2025-JNE, explica que los JEE son órganos de carácter temporal, creados para un proceso electoral o consulta popular específico. 

Son competentes para dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de gestión jurisdiccional y administrativa, así como controlar y coordinar las actividades fiscalizadoras y educativas, dentro de sus respectivas circunscripciones electorales, señala. 

Su competencia territorial, indica, la determinará el JNE mediante resolución que definirá las circunscripciones electorales. 

Los JEE impartirán justicia electoral con autonomía y en aplicación de la Constitución Política del Perú y las leyes electorales. La función jurisdiccional tendrá primacía sobre el desarrollo de otras actividades del JEE, recalca. Conozca la norma aquí.


JNE: Aprueban el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Generales 2026

El Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Generales 2026 oficializó el citado tribunal, mediante la Resolución N° 163-2025-JNE.

La norma señala que las elecciones primarias tienen como objetivo “aplicar el umbral sobre el resultado que de su realización se obtenga, a fin de determinar la continuidad de la participación de las organizaciones políticas en las elecciones generales”.

Así como “definir las candidaturas de las organizaciones políticas para las elecciones generales”, anota.

La norma precisa que estarán sujetas a elecciones primarias las postulaciones a los cargos de presidente y vicepresidentes de la república, los cuales se eligen por fórmula; de senadores; de diputados; y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

A efectos del proceso de Elecciones Generales 2026, las elecciones primarias se realizarán de acuerdo con la modalidad elegida por la organización política, la cual debe ser comunicada a la ONPE, entre las siguientes opciones: elección semiabierta, elección cerrada, y elecciones a través de delegados. 

En las primarias para las Elecciones Generales 2026, el JNE tendrá competencia para la aprobación de los padrones electorales para elecciones primarias; y la proclamación de resultados de cómputo de las elecciones primarias.

Así como para la determinación de las organizaciones políticas que pueden presentar candidatos en las Elecciones Generales 2026 al haber superado el umbral electoral de las elecciones primarias, subraya. Conozca la norma aquí.

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