• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

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MTPE IMPULSA ACCIONES EN EL PAÍS

Formalización de trabajadores del hogar

Ministerio destaca la importancia de promover el Registro del Trabajo del Hogar y la realización de un contrato laboral.

Ella nos cuenta que fue víctima de violencia física: “Un día llegué a la casa de mi empleadora y encontré a la dueña que era agredida por su hijo. Intervine y, al intentar defenderla, el joven me lanzó sobre el piso y me lesioné el brazo; renuncié”, relata.

El trabajo del hogar es de las ocupaciones más vulnerables en el mercado laboral y quienes se dedican a esta actividad, en su mayoría, son mujeres, migrantes, con bajos niveles educativos y en condición de pobreza y pobreza extrema.

Así como Angelina, en el Perú, 363,779 personas laboran como trabajadores del hogar, según la Encuesta Permanente de Empleo Nacional 2022-2023-I-III trimestre 2024 del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), recopilado por la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

De la mencionada cifra, 345,571 son mujeres y 18,208 hombres. El 66.9% tiene de 30 a 59 años; el 16.6%, entre 15 y 29 años; y el 15.9% son personas de 60 años a más, detalla.

Respecto al nivel educativo, el 56.8% estudió hasta la secundaria; el 21.6% solo cursó la primaria; y similar porcentaje accedió a estudios superiores. El sueldo promedio es de 1,218 soles y un significativo número, 108,207 trabajadores, laboran más de 48 horas semanales.

Valorización

En las últimas décadas, la sociedad y la economía mundial valoran el trabajo doméstico y los servicios de cuidado en general. A esto se suma el reconocimiento social de la ocupación y la preocupación por sus condiciones de trabajo y goce de los derechos laborales fundamentales.

“Desde mi juventud hasta ahora veo una gran diferencia en el trato que se brinda a las personas que nos ayudan. Antes era triste ver cómo tenían que comer en un lugar diferente, había un trato denigrante hacia ellas; pero la situación ha cambiado, y me parece muy bien”, comenta la señora Rocío, de 85 años, quien manifiesta estar agradecida y reconoce la importante labor que cumplen quienes trabajan en su casa.

“Tengo conmigo a una joven que tiene un hijo y problemas legales con el padre del niño. Sus problemas me llegan al corazón. Con mi hija la ayudamos brindándole la orientación que necesita para que conozca los derechos de su hijo y a dónde recurrir. Tengo una buena relación con ella y el trabajo que realiza en mi hogar es sumamente importante para mí”, expresa la empleadora al precisar que cumple con otorgarle todos los beneficios de ley.

Tarea del Estado

Mediante el MTPE, el Estado peruano trabaja diversas políticas y acciones para mejorar la situación laboral de los trabajadores del hogar, ejerciendo un liderazgo técnico, político e institucional, lo cual le permitió llevar adelante este proceso, generar confianza y establecer mecanismos de participación y diálogo.

El numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2021-TR, creó el Registro del Trabajo del Hogar, una plataforma web para consignar los contratos de trabajo, datos de sus empleadores e incluso el modelo para la emisión de boletas de pago.

Asimismo, el artículo 5 de la ley precisa que el contrato de trabajo doméstico se celebra por escrito, por duplicado y lo registra el empleador en el Registro del Trabajo del Hogar en un plazo no mayor de 3 días hábiles de celebrado el acuerdo laboral.

Angelina, que hoy tiene 66 años, recuerda que empezó a trabajar en la modalidad “cama adentro”; es decir, vivía en la casa donde prestaba sus servicios. “Trabajaba de 7 a. m. a 10 p. m. No tenía gratificación, no descansaba los feriados. No conocía mis derechos”, recordó. Al informarse sobre la Ley N° 31047, les explicó a sus empleadores. Desde entonces, trabaja 8 horas diarias, recibe su gratificación y cuenta con vacaciones, además de su contrato de trabajo.

“Qué lindo es cuando alguien valora tu trabajo y te da los beneficios laborales”, comentó Denise, trabajadora del hogar de 43 años, quien ahora cursa el quinto año de secundaria y tiene como meta estudiar Geriatría. Hoy tiene a su cargo a un menor con discapacidad, a quien entrega su atención y afecto. Ella expresa satisfacción porque su empleadora reconoce su trabajo.

Tanto Angelina como Denise han logrado que sus hijos culminen sus carreras técnicas y universitarias. Actualmente, ambas forman parte de la Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar Perú (Fenttrahop) y promueven y difunden los derechos de los trabajadores del hogar. 

Contrato justo

Mediante el aplicativo web Registro del Trabajo del Hogar, la persona empleadora del hogar puede cumplir la obligación legal de registrar a sus trabajadores, sus contratos y adendas. Para tal fin accederá al enlace https://www.trabajo.gob.pe/registrocontratoshogar e ingresará al Sistema de Registro del Trabajo del Hogar.

Desde el 2020 al 3 de marzo del 2025 se consignaron 120,296 contratos de los trabajadores del hogar. En el 2024 hubo 5,170 contratos y en lo que va del 2025, un total de 946.

Al respecto, Denise reconoce que es difícil lograr que sus empleadores las registren y les entreguen un contrato de trabajo escrito. Relata que en la federación que las agrupa logró que varias de sus compañeras sean afiliadas en el Sistema de Registro del Trabajo del Hogar. El MTPE cuenta con modelos referenciales de contrato y de boletas de pago e impulsa la formalización.

Ante la importancia del trabajo que realizan las trabajadoras y los trabajadores del hogar, el ministerio, en unión con las organizaciones de trabajadoras del hogar y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ejecutan acciones conjuntas en favor de este grupo de trabajadores.

Asimismo, el 30 de este mes, de 9:00 a 16:00 horas, se desarrollará la Feria de Promoción de los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras del Hogar en la Alameda 28 de Julio, Centro Histórico de Lima, institucionalizada mediante la Resolución N° 056-2016-TR.

Los derechos del personal

- Firma de contrato conforme a ley.

- Recibir compensación por tiempo de servicios (CTS).

- Remuneración integra por concepto de gratificación en julio y en diciembre.

- Acceder a la seguridad social en salud (EsSalud) y pensiones (ONP o AFP).

- Percibir una remuneración mínima vital (RMV) por jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales.

- Cada 30 de marzo es considerado feriado para la persona trabajadora del hogar. (PBQ)