Derecho
Se afirma que un jugador o consumidor tiene al Perú como residencia habitual cuando ocurre alguno de los siguientes casos:
• La dirección de protocolo de Internet (IP) u otro medio de geolocalización asignado al juego por el que se apuesta corresponde al Perú.
• La tarjeta SIM (o tecnología que la reemplace), física o electrónica, del equipo móvil por el que se apuesta tiene el código país del Perú.
• Las tarjetas de crédito o de débito, billeteras digitales o cualquier otro soporte para el uso de dinero electrónico con los que el jugador o consumidor realiza el depósito de dinero en su cuenta de juego son provistas por las empresas del sistema financiero peruano.
• El domicilio que el jugador o consumidor registre en la plataforma tecnológica de los juegos y/o apuestas deportivas a distancia esté ubicado en el Perú.
Para las empresas que ya están activas en este mercado, se establece dos formas de presentar la declaración dependiendo de si la empresa es domiciliada o no domiciliada en el Perú. Las empresas nacionales deben presentar la declaración mediante “Mis declaraciones y pagos”, una plataforma que la mayoría ya conocemos. En tanto, las compañías extranjeras deberán declarar y pagar el impuesto a través de la opción “Declaración y pago para no domiciliados”. Ambas opciones buscan asegurar que el proceso sea más ágil y transparente para todos los contribuyentes.
Por otro lado, al principio la tasa era del 1% por cada jugada realizada; sin embargo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), entidad que regula este impuesto, redujo la tasa al 0.3% hasta el 30 de junio del 2025. A partir del 1° de julio del 2025 se incrementará al 1%. Esta rebaja temporal se debería a que el MEF busca disminuir el impacto negativo que el ISC podría generar en las empresas de juegos y apuestas a distancia. Dada la imposibilidad de trasladar dicho impuesto al consumidor final, el MEF estaría evitando de esta forma que se convierta en un tributo de naturaleza directa.
Por último, como reflexión final, se debe evitar decisiones legislativas y regulatorias que puedan reflejarse en un maltrato a los empresarios en el Perú, sean estos nacionales o no. Nuestros legisladores deben fortalecer nuestro marco regulatorio, sin que ello origine el encarecimiento de las actividades económicas que se desarrollan en el Perú.
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) publicó el proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31410, Ley que crea el Servicio Civil de Graduandos para el Sector Agrario (Secigra Agrario).
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) February 8, 2025
??https://t.co/hbxZT6n0LR pic.twitter.com/cyd0Z0hynI