Soltero, otra vez: proponen eliminar el divorcio y la viudez como estado civil en el DNI
Proyecto de ley señala que personas en esa condición, volverán a registrarse como solteros.
El proyecto de ley N° 10174/2024-CR, lleva por título “Ley que precisa los tipos de estado civil y su consignación en el Documento Nacional de Identidad”.
Así, en su artículo 3 refiere que, en el DNI, respecto al estado civil, solo se consignará soltero (a) o casado (a), según corresponda. “En el caso que se produzca una ruptura del vínculo matrimonial (divorcio), fallecimiento de uno de los cónyuges (viudez) o invalidez del matrimonio, el estado civil será modificado a soltero(a)”.
En el artículo 4 se explica que el divorcio, la viudez o la invalidez del matrimonio declarado judicialmente, constituyen actos registrales relacionados al estado civil, “no obstante no debe ser consignados en el Documento Nacional de Identidad por cuento no constituyen un estado civil”.
En una disposición complementaria, se dispone que, en el caso que esta iniciativa se convierta en ley, la actualización del estado civil que corresponda, se efectuará al momento de la renovación por caducidad del documento, o cuando el interesado así lo solicite.
La Ley N° 26497 Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su artículo 183 encarga a la Reniec la inscripción de los nacimientos, matrimonios, divorcios, defunciones y otros actos que modifican el estado civil”.
En su exposición de motivo, Camones señala que en realidad la ley orgánica del Reniec no define el estado civil, y menos cuántos existen en el país, lo que le ha permitido a la Reniec la liberalidad de considerar que estos estados son soltero, casado, viudo o divorciado, solo en atención a su capacidad para registrar estos eventos.
Según Camones, esta interpretación le parece una “medida sin sustento o una extralimitación", pues si la fuente es solo la capacidad de registrarlos, los nacimientos y los fallecimientos, también deberían ser un estado civil, lo cual es improcedente.
"De ahí la importancia de conocer con precisión el contenido y límites del concepto de estado civil”, señala.
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