• MARTES 19
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 2 al 8 de Febrero del 2025

Domingo 2 de Febrero del 2025


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la primera convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el año 2025, para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la primera convocatoria a nivel nacional del Programa Techo Propio para el año 2025, para el otorgamiento de hasta 26,604
Bonos Familiares Habitacionales en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, dirigida a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, aprobado por la Resolución Ministerial N° 071-2024-VIVIENDA y modificatoria, así como a las Entidades Técnicas con registro vigente.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 040-2025-VIVIENDA la Entidad Técnica que cuente con código de registro vigente podrá solicitar al Fondo MIVIVIENDA S.A. código de convocatoria y autorización con fines operativos dentro del plazo máximo de cuatro días hábiles contados a partir del tercer día hábil siguiente a la publicación de dicha Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

El Fondo MIVIVIENDA S.A. remitirá a la Entidad Técnica la credencial de acceso a la plataforma de inscripción de Grupo Familiar dentro del plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de culminado aquel plazo.

La inscripción de los Grupos Familiares se efectuará con el “Formulario de inscripción/postulación de Grupo Familiar”, a través de las Entidades Técnicas que cumplan con las condiciones previstas.

La inscripción de los Grupos Familiares postulantes a la convocatoria será por el plazo máximo de siete días hábiles, el cual se iniciará el décimo segundo día hábil contado a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano o hasta alcanzar el 25% adicional de los Bonos Familiares Habitacionales convocados, lo que ocurra primero. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la convocatoria cerrada para el otorgamiento de Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) aprobó la convocatoria cerrada para el otorgamiento de un Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, a la potencial beneficiaria de atención extraordinaria del referido Bono, cuya información será remitida por el MVCS al Fondo MIVIVIENDA S.A, cuyo predio se ubica en el sector comprendido entre las avenidas El Sol, Micaela Bastidas, Juan Velasco Alvarado y María Elena Moyano, del distrito de Villa El Salvador, de la provincia y departamento de Lima, que fue declarado en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo N° 011-2020-PCM.

Esto, en el marco del Procedimiento Especial para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional (BFH) en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población
damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, beneficiaria de atención extraordinaria del BFH, en el marco de la Ley Nº 30852, aprobado por la Resolución Ministerial N° 207-2021-VIVIENDA y modificatorias, detalla la Resolución Ministerial N° 041-2025-VIVIENDA.

Para tal efecto, se convoca a las Entidades Técnicas con registro vigente a inscribirse en el Fondo MIVIVIENDA S.A para participar en la presente convocatoria cerrada, cuya razón social se encuentra ubicada en la ciudad de Lima o la Provincia Constitucional del Callao, de acuerdo al
Procedimiento Especial para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, beneficiaria de atención extraordinaria del BFH, en el marco de la Ley Nº 30852, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 207-2021-VIVIENDA y modificatorias. Conozca la norma aquí


Lunes 3 de Febrero del 2025

SUNARP
Modifican la Directiva DI-002-SNR-DTR, “Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados”

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) modificó la Directiva DI-002-SNR-DTR, “Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados”, mediante la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
N° 00021-2025-SUNARP/SN.

Con esta modificación se incorporan los procedimientos de inscripción de: inmatriculación de naves y embarcaciones; transferencia de naves y embarcaciones; cambio de características de naves y embarcaciones; cierre de partida por transferencias de naves y embarcaciones al extranjero; cierre de partida por pérdida total, imposibilidad para navegar o desguace de la nave y embarcación y; cierre de partida de naves y embarcaciones por cambio de jurisdicción.

A la par, se derogan los procedimientos registrales con códigos 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89 90, 91 y 92 del Numeral VII del rubro A de la Directiva DI-002-SNR-DTR, “Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados”, y se introducen cambios en los procedimientos registrales con códigos 74, 80, 81, 94, 95, 96, 97, 98 y 102 contenidos en aquel numeral.

De esta manera, la Sunarp actualiza procedimientos administrativos respondiendo a la necesidad de adecuar el sistema normativo actual a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1400, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen de Garantía Mobiliaria, resultando ser además una acción de simplificación administrativa hacia el ciudadano, la cual coadyuva al proceso de simplificación administrativa que se enmarca en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública. Conozca la norma aquí


SUNARP
Aprueban la “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite” y derogan parcialmente la Directiva N° 09-2004-SUNARP/SN

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó la Directiva DI-002-2025-SUNARP-DTR “Directiva que regula la digitalización de los documentos que forman parte de los títulos en trámite” y derogó parcialmente la Directiva N° 09-2004-SUNARP/SN que establece las normas que regulan el servicio registral de Competencia Nacional para Otorgar Prioridad Registral y su aplicación para trámites de Oficinas Receptoras y de Destino, aprobada por la Resolución N° 330-2004-SUNARP/SN, del 22 de julio del 2004, en lo aplicable a las solicitudes de inscripción, manteniendo su vigencia para el caso de las solicitudes de publicidad registral.

De acuerdo con la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 00022-2025-SUNARP/SN la directiva aprobada introduce mejoras sustanciales que incluyen: flexibilidad operativa y adaptación a las realidades de las Zonas Registrales, mejora en
los controles de calidad y seguridad documental, y la digitalización integral del procedimiento entre Oficinas Receptoras y de Destino, reemplazando el tradicional manejo físico de títulos entre oficinas por el uso del Sistema de Gestión de Títulos Digitalizados (SGTD);

A esto se suma que la directiva aprobada contempla una disposición innovadora y estratégica al prever la implementación de la calificación con competencia nacional de los títulos gestionados a
través del SGTD, la cual se materializará una vez que los sistemas de calificación registral lo permitan mediante lineamientos específicos. 

La Sunarp dispuso la publicación de la directiva aprobada en su sede digital (www.gob.pe/sunarp). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Modifican la R.M. N° 104-2024-MINEM/DM, y disponen la publicación del proyecto de Directiva que aprueba los “Lineamientos para la implementación de los procesos de consulta previa del subsector electricidad”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del domingo 2 de Febrero del 2025)

El Ministerio de Energía y Minas modificó el artículo 1° y el segundo párrafo del artículo
3° de la Resolución Ministerial Nº 104-2024-MINEM/DM, modificada por la Resolución Ministerial Nº 349-2024-MINEM/DM, que aprobó las medidas administrativas en los que corresponde realizar el proceso de consulta previa para los proyectos de inversión del subsector
electricidad.

A la par, dispuso la publicación del proyecto de Directiva que aprueba los “Lineamientos para la implementación de los procesos de consulta previa del subsector electricidad”, en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem).

Dicho portafolio establece un plazo de siete (7) días hábiles, con la finalidad de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas, y la ciudadanía en general respecto de aquel proyecto de Directiva, detalla la Resolución Ministerial Nº 034-2025-MINEM/DM.

Los comentarios, aportes u opiniones podrán presentarse a través de la mesa de partes del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en Av. Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o al correo electrónico: Lineamientoscpe@minem.gob.pe


Martes 4 de Febrero del 2025

MINISTERIO DE DEFENSA
Actualizan las áreas de fondeaderos para las embarcaciones en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Chancay

El Ministerio de Defensa actualizó las áreas de fondeaderos para las distintas clases de embarcaciones o naves, según su tipo, estado, clase de cargamento y operaciones a realizar en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Chancay, mediante la Resolución Directoral N° 083-2025 MGP/DICAPI.

Los citados fondeaderos, cuya relación será publicada en el portal electrónico de la Autoridad
Marítima Nacional: www.dicapi.mil.pe, para fines de conocimiento público, constituyen zonas prohibidas para la navegación, operación de pesca, extracción, prácticas deportivas y de recreo para cualquier tipo de embarcación de naves.

Los agentes marítimos solidariamente y conjuntamente con los propietarios de las naves
y/o armadores, serán responsables de hacer conocer a los Capitanes y/o Patrones de la Naves a quienes representan, las zonas de fondearos, de acuerdo a su tipo, estado, clase de carga y operaciones que realizaran.

Corresponderá al Director de Hidrografía y Navegación incluir en la cartografía náutica la delimitación geográfica de las áreas acuáticas consideradas como fondeaderos y, al Capitán de Puerto de Chancay efectuar la instalación de las boyas de señalización náutica en las áreas acuáticas de los fondeaderos de la jurisdicción. Conozca la norma aquí


RENIEC 
Incorporan procedimiento de rectificación o renovación del DNI de la persona mayor de edad que incluya de manera afirmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, después de su muerte, a nómina de trámites gratuitos que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social hasta el 31 de diciembre del 2025

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) incorporó el procedimiento rectificación o renovación del DNI de la persona mayor de edad que incluya de manera afirmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, después de su muerte en nómina de trámites gratuito que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (DRIAS), hasta el 31 de diciembre del 2025.

Fue mediante la Resolución Jefatural N° 000017-2025/JNAC/RENIEC con la cual se modifica el artículo primero de la Resolución Jefatural Nº 000201-2024/ JNAC/RENIEC (26DIC2024) que autoriza la gratuidad hasta la meta de ciento dieciséis mil (116,000) procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), para la tramitación y consecuente expedición del DNI, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación de
la DRIAS, hasta el 31 de diciembre del 2025. Conozca la norma aquí


Miércoles 5 de Febrero del 2025

MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen publicación del proyecto de “Decreto Supremo que establece medidas destinadas a coadyuvar en la mejora de la gestión de la calidad del aire"

El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que establece medidas destinadas a coadyuvar en la mejora de la gestión de la calidad del
aire” y su Exposición de Motivos, mediante la Resolución Ministerial N° 00031-2025-MINAM.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Minam (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un
plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto deberán remitirse por escrito al Minam sito en la
Avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica normasdgca@minam.gob.pe. 

La Dirección General de Calidad Ambiental será la encargada de sistematizar las opiniones y/o sugerencias que el Minam reciba. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE CULTURA
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial para emitir recomendaciones y propuestas técnicas y financieras sobre las diferentes líneas de estímulos de los Planes Anuales para el Fomento de la Cinematográfica y del Audiovisual para los años 2025 y 2026

El Ministerio de Cultura creó el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente de este portafolio, denominado Grupo de Trabajo Multisectorial para emitir
recomendaciones y propuestas técnicas y financieras sobre las diferentes líneas de estímulos de los Planes Anuales para el Fomento de la Cinematográfica y del Audiovisual para los años 2025 y 2026, mediante la Resolución Ministerial Nº 000030-2025-MC.

Este Grupo de Trabajo, que tendrá vigencia hasta el 31 de marzo del 2026, tiene por objeto formular recomendaciones y propuestas técnicas y financieras sobre las líneas de estímulos para la ejecución y elaboración de los Planes Anuales para el Fomento de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual de los años 2025 y 2026, garantizando la participación de actores que integran la actividad cinematográfica y audiovisual en el país y de la ciudadanía en general, en el contexto de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 022- 2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográfica y audiovisual y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2020-MC.

Dicho Grupo de Trabajo se instalará en un plazo máximo de 17 (diecisiete) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución ministerial; y, para lo cual deberá contar con la mayoría absoluta, es decir la mitad más uno de sus miembros. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Declaran de interés del Sector Agrario y de Riego la realización del evento denominado AGROFEST en el mes de junio de cada año

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego declaró de interés del Sector Agrario y de Riego, la
realización del evento denominado AGROFEST en el mes de junio de cada año, mediante la Resolución Ministerial Nº 0035-2025-MIDAGRI

Se trata de un evento que ofrece al sector la posibilidad de exhibir los bienes y servicios que
se ofrecen al productor agrario en el país, además de una oferta diversificada de productos de la Agricultura Familiar, incluyendo orgánicos certificados, nutracéuticos y funcionales de todas las regiones del país.

En el contexto del evento, se realiza la interacción con profesionales y referentes del sector con la presencia de entidades nacionales y supranacionales en búsqueda de crear puentes de relaciones comerciales, tecnológicos y sociales con el gobierno, la empresa privada y la academia, para la gestión y transferencia del conocimiento en asuntos vinculados al agro. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Aprueban el “Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional para promover la certificación de
competencias laborales al 2025"


El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el “Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional para promover la certificación de competencias laborales al 2025”, mediante la Resolución Ministerial N° 022-2025-TR.

La Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales será la responsable de coordinar con las entidades que participan en la Estrategia Nacional para promover la certificación de competencias laborales al 2025, la implementación del Plan de Trabajo.

La implementación del “Plan de Trabajo de la Estrategia Nacional para promover la certificación de competencias laborales al 2025”, se financiará con cargo al presupuesto institucional de las entidades participantes, de acuerdo a sus competencias y en el marco de las leyes anuales de
presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

El MTPE dispuso la publicación del Plan de Trabajo en su sede digital (www.gob.pe/mtpe).
Conozca la norma aquí


Jueves 6 de Febrero del 2025

MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Oficializan el “Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)”, a desarrollarse del 19 al 21 de noviembre en la sede de la Universidad Nacional Agraria La Molina

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego oficializó el evento denominado “Noveno Congreso
Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)”, a desarrollarse del 19 al 21 de noviembre del 2025 en la sede de la Universidad Nacional Agraria La Molina, mediante la Resolución Ministerial N° 0036-2025-MIDAGRI.

La realización de este evento no irrogará gastos al Presupuesto Institucional del Ministerio
de Desarrollo Agrario y Riego.

Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizado el evento el Comité Organizador del “Noveno Congreso Forestal Latinoamericano (IX CONFLAT)”, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, un Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban los "Lineamientos para el funcionamiento del Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar"

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó  los “Lineamientos para el funcionamiento del Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar”, mediante la Resolución Ministerial N° 027-2025-MIMP.

Dicho portafolio dispuso la publicación de estos lineamientos su sede digital (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban la NTS N° 224-MINSA/CDC-2024 Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica de la Enfermedad por Coronavirus (COVID-19), Fase Endémica en el Perú

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la NTS N° 224-MINSA/CDC-2024 Norma Técnica de Salud para la Vigilancia Epidemiológica de la Enfermedad por Coronavirus (COVID-19), Fase
Endémica en el Perú, mediante la Resolución Ministerial N° 078-2025/MINSA.

Corresponderá a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General del Minsa publicar esta norma técnica en la sede digital de citado portafoio

En ese contexto se deroga la Resolución Ministerial N° 183-2020/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa Nº 287-MINSA/2020/DGIESP: Directiva Administrativa que regula los procesos, registros y accesos a la información para garantizar el seguimiento integral de los casos sospechosos y confirmados de COVID-19 (Sistema Integrado para COVID-19 - SICOVID-19).

Asimismo, se deroga la Resolución Ministerial N° 881-2021/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 135-MINSA/CDC-2021 “Directiva Sanitaria para la Vigilancia Epidemiológica de
la enfermedad por coronavirus (COVID-19) en el Perú”. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Dispuso la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, así como su Exposición de Motivos

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtc), mediante la La Resolución Ministerial N° 053-2025-MTC/01.02.

Esto con el objeto de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el citado Proyecto de Decreto Supremo deberán remitirse a la sede principal del MTC con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Acuático y Logística de la Dirección General de Políticas y Regulación en
Transporte Multimodal, ubicada en Jirón Zorritos N° 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección electrónica: normasmultimodal@mtc.gob.pe. Conozca la norma aquí


BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ
Disponen la publicación de propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la
emisión del certificado de bien mueble no perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación con fines de exportación"

La Biblioteca Nacional del Perú dispuso la publicación de la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la emisión del certificado de bien mueble no perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación con fines de exportación”, en su portal web institucional (https://www.gob.pe/bnp), a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones del público en general, por un plazo de quince (15) días calendario

De acuerdo con la Resolución Jefatural Nº 000038-2025-BNP los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto mencionado podrán ser presentados a través de la oficina
de trámite documentario de la Biblioteca Nacional del Perú, ubicada en Av. De la Poesía 160, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; así como, a través de mesa de partes virtual de la Biblioteca Nacional del Perú, cuya dirección web es: https://plataforma-servicios.bnp.gob.pe/auth/login/1 o, remitidos a los correos electrónicos: ugpb@bnp.gob.pe y dpc@bnp.gob.pe.

Corresponderá a la Unidad Funcional de Gestión del Patrimonio Bibliográfico Documental de la Dirección de Protección de las Colecciones recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


SBS
Modifican el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador y las Disposiciones
para la estimación de primas de seguro, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio bajo póliza colectiva (SISCO)

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) modificó el Plan de Cuentas para Empresas del Sistema Asegurador, aprobado por
Resolución SBS N° 348-95 y normas modificatorias, y el Reglamento de Requerimientos Patrimoniales de las Empresas de Seguros y Reaseguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 1124-2006 y normas modificatorias.

De acuerdo con la Resolución SBS N° 00410-2025 esta modificación tiene como finalidad incorporar cuentas contables relacionadas con la deuda subordinada contraída con entidades que no forman parte del sistema financiero ni del mismo grupo económico de la empresa de seguros.

A la par, se modifican las Disposiciones para la estimación de primas de seguro, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio bajo póliza colectiva (SISCO), aprobadas por Resolución SBS N°6271-2013 y normas modificatorias.

Así, se establece que para todo mes de devengue, el valor del ingreso por primas del SISCO será igual al valor máximo entre la estimación realizada conforme al Anexo N° 1 de las  referidas disposiciones y las primas transferidas por parte de las AFP a las empresas adjudicatarias, correspondientes al mismo mes de devengue. 

Para dicho efecto, las empresas adjudicatarias deberán comparar, mensualmente, la estimación de
primas efectuada por cada mes de devengue con las primas transferidas por las AFP correspondientes a dichos meses. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Establecen disposiciones para que el Fondo MIVIVIENDA S.A. restituya la condición de
elegible a los Grupos Familiares Beneficiarios del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 5 de Febrero del 2025)

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso que el Fondo MIVIVIENDA S.A. restituya la condición de elegible a los Grupos Familiares Beneficiarios del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva que se encuentren en los supuestos señalados en el artículo 6-A de la Ley N° 27829, modificado por la
Ley N° 32196, siempre que ninguno de los miembros del grupo familiar cuente con propiedad a su nombre.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 045-2025-VIVIENDA el orden en el que el Fondo MIVIVIENDA S.A. iniciará la restitución de la condición de elegible a los Grupos Familiares Beneficiarios del Bono Familiar Habitacional para la modalidad de aplicación de Adquisición de
Vivienda Nueva, será el siguiente:

- Proyectos en los que se haya iniciado el proceso de ejecución del patrimonio fideicometido.
- Proyectos con declaración del inicio del procedimiento de liquidación de la entidad del sistema financiero y de seguros que lo afianzó.
- Proyectos en los que se ha iniciado el proceso judicial de recuperación del Bono Familiar Habitacional por incumplimiento del desarrollador inmobiliario, promotor inmobiliario, entidad técnica o garante.

El Fondo MIVIVIENDA S.A. publicará en su sede digital (www.mivivienda.com.pe), la relación de grupos familiares a los que se les haya restituido la condición de elegibles. Conozca la norma aquí


JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Establecen distribución de escaños para la elección de candidatos al Senado y a la Cámara de Diputados en las Elecciones Generales 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 5 de Febrero del 2025)

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció la distribución de escaños para la elección de candidatos al Senado y a la Cámara de Diputados en las Elecciones Generales 2026, mediante la Resolución Nº 0053-2025-JNE.

De acuerdo con la norma la distribución de los 60 escaños para la elección de candidatos al Senado en las Elecciones Generales 2026, es conforme se detalla a continuación:

N.º DISTRITO ELECTORAL MULTIPLE ESCAÑOS DISTRIBUIDOS DIRECTAMENTE
1 AMAZONAS                                                                                           1
2 ANCASH                                                                                                 1
3 APURÍMAC                                                                                            1
4 AREQUIPA                                                                                              1
5 AYACUCHO                                                                                           1
6 CAJAMARCA                                                                                        1
7 CALLAO                                                                                                 1
8 CUSCO                                                                                                    1
9 HUANCAVELICA                                                                                  1
10 HUÁNUCO                                                                                           1
11 ICA                                                                                                        1
12 JUNÍN                                                                                                   1
13 LA LIBERTAD                                                                                     1
14 LAMBAYEQUE                                                                                  1
15 LIMA METROPOLITANA                                                                  4
16 LIMA PROVINCIAS                                                                            1
17 PERUANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO                          1
18 LORETO                                                                                               1
19 MADRE DE DIOS                                                                                1
20 MOQUEGUA                                                                                        1
21 PASCO                                                                                                   1
22 PIURA                                                                                                   1
23 PUNO                                                                                                    1
24 SAN MARTÍN                                                                                      1
25 TACNA                                                                                                 1
26 TUMBES                                                                                              1
27 UCAYALI                                                                                            1

DISTRITO ELECTORAL ÚNICO NACIONAL                                   30

TOTAL                                                                                                     60

En tanto, la distribución de los 130 escaños para la elección de candidatos a la Cámara de Diputados en las Elecciones Generales 2026, es como sigue:

1 AMAZONAS                                                                                           2
2 ÁNCASH                                                                                                 5
3 APURÍMAC                                                                                            2
4 AREQUIPA                                                                                             6
5 AYACUCHO                                                                                           3
6 CAJAMARCA                                                                                        6
7 CALLAO                                                                                                4
8 CUSCO                                                                                                   5
9 HUANCAVELICA                                                                                 2
10 HUÁNUCO                                                                                          3
11 ICA                                                                                                        4
12 JUNÍN                                                                                                   5
13 LA LIBERTAD                                                                                     7
14 LAMBAYEQUE                                                                                   5
15 LIMA METROPOLITANA                                                                32
16 LIMA PROVINCIAS                                                                           4
17 PERUANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO                         2
18 LORETO                                                                                              4
19 MADRE DE DIOS                                                                               2
20 MOQUEGUA                                                                                       2
21 PASCO                                                                                                  2
22 PIURA                                                                                                  7
23 PUNO                                                                                                   5
24 SAN MARTÍN                                                                                     4
25 TACNA                                                                                                2
26 TUMBES                                                                                             2
27 UCAYALI                                                                                            3

TOTAL                                                                                                 130



Viernes 7 de Febrero del 2025

Aprueban actualización de la Cartera de Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura

El Gobierno aprobó la actualización de la Cartera de Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), incorporando tres nuevos proyectos de inversión, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2025-PCM. 

La norma establece que estos proyectos serán ejecutados con financiamiento de los Gobiernos Regionales sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público.

Los proyectos incluidos son:

Áncash: Mejoramiento del servicio de transitabilidad vial en la carretera departamental AN-106, beneficiando a los distritos de Yungay y Yanama.

La Libertad: Ampliación y mejora del servicio de atención de salud en el distrito de Agallpampa, provincia de Otuzco.

La Libertad: Mejoramiento de la transitabilidad vial en la vía departamental LI-114, impactando en los distritos de Usquil y Otuzco.

Con esta actualización, la ANIN da inicio a la fase de ejecución de estos proyectos, los cuales buscan fortalecer la infraestructura vial y de salud en regiones clave del país. 



Minsa aprueba plan de salud con enfoque intercultural para 2025

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Plan de salud integral y fortalecimiento de servicios de salud con enfoque intercultural en el ámbito de los pueblos indígenas, originarios y afroperuanos para el año 2025, mediante la Resolución Ministerial Nº 080-2025/Minsa

Este documento técnico busca garantizar una atención de salud equitativa y adaptada a la diversidad cultural del país.

El Plan responde a lo establecido en la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, que reconoce la salud como un derecho fundamental y una condición indispensable para el desarrollo humano y el bienestar colectivo. Asimismo, se enmarca en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, que designa al Minsa como ente rector del sector salud, con la responsabilidad de regular, vigilar y promover la salud en todo el territorio nacional.

Para garantizar su acceso público, se ha encargado a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción la publicación de la Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Minsa (www.gob.pe/minsa), coincidiendo con su difusión en el Diario Oficial El Peruano.


Suspensión del cobro por patrullaje integrado para fortalecer la seguridad ciudadana

El Ministerio del Interior dispuso la suspensión del cobro a los Gobiernos Locales por los gastos de la Policía Nacional del Perú (PNP) en la prestación de servicios policiales extraordinarios relacionados con el patrullaje integrado. 

Esta medida, establecida en la Resolución Ministerial N° 0156-2025-IN, se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2025.

La decisión busca fortalecer la seguridad ciudadana, permitiendo una mayor presencia policial sin generar costos adicionales para los municipios. Además, fomenta la cooperación entre la PNP y los gobiernos subnacionales en la lucha contra la criminalidad.

La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, en coordinación con la PNP, elaborará un informe técnico al cierre del año fiscal para evaluar la continuidad de la medida.

Cabe recordar que, según el Decreto Legislativo N° 1267, la PNP puede prestar servicios extraordinarios en el sector público y privado mediante convenios aprobados por Resolución Ministerial. Así, con la suspensión del cobro por patrullaje integrado refuerza el compromiso del Estado con la seguridad ciudadana, priorizando la protección de la población y el fortalecimiento de la labor policial a nivel nacional.



Difunden proyecto de reglamento de la Ley SECIGRA Agrario para consulta pública

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31410, que crea el Servicio Civil de Graduandos para el Sector Agrario (SECIGRA Agrario). 

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 0041-2025-Midagri, esta iniciativa busca fomentar la participación de estudiantes y egresados de carreras afines en actividades del sector agrario.

El reglamento, junto con su Exposición de Motivos, estará disponible en la sede digital de MIDAGRI (www.gob.pe/midagri) por un período de 15 días calendario, a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Durante este tiempo, la ciudadanía podrá enviar comentarios, aportes y sugerencias.

El documento ha sido elaborado con base en la propuesta del Instituto Nacional de Innovación Agraria y en coordinación con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Asimismo, incorpora observaciones de diversas direcciones del MIDAGRI, garantizando un enfoque técnico y participativo.

Con esta consulta pública, el MIDAGRI busca recoger opiniones que fortalezcan la implementación del SECIGRA Agrario, promoviendo la integración de jóvenes profesionales al sector agrícola del país.


Sábado 8 de Febrero del 2025

Minam: Aprueban la Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental 

El Ministerio del ambiente (Minam) aprobó la ‘Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental’, documento que tiene como finalidad mejorar el desempeño de la gestión ambiental y climática regional, en el contexto del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente.

La Resolución Ministerial Nº 033-2025-Minam recuerda que, mediante la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, se establecen disposiciones para el funcionamiento del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

Este sistema tiene como finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinadas a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

En este contexto, el numeral 22.2 del artículo 22 de la citada norma indica que los gobiernos regionales deben implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales y el antiguo Conam, ahora Ministerio del Ambiente, recalca.

Además, refiere, el literal b) del artículo 53 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala como una de las funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial del gobierno regional, implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales. Conozca la norma aquí.


Ministerio de la Producción: Nuevas disposiciones sobre la instalación del equipo del sistema de seguimiento satelital en embarcaciones pesqueras artesanales formalizadas

La modificación del artículo 3 del Decreto Supremo N° 010-2023-Produce, que establece disposiciones para la instalación del equipo del sistema de seguimiento satelital en embarcaciones pesqueras artesanales formalizadas en el contexto del Decreto Legislativo N° 1392, oficializó el Ministerio de la Producción (Produce).

El nuevo texto, que se aprobó por el Decreto Supremo N° 001-2025-Produce, precisa que los armadores de embarcaciones pesqueras artesanales que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Decreto Supremo N° 010-2023-Produce instalarán el equipo del sistema de seguimiento satelital dispuesto en el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras (Sisesat).

La norma establece los siguientes plazos: para las embarcaciones pesqueras de hasta 10 metros cúbicos de capacidad de bodega, a partir del 31 de diciembre de 2026.
 
En el caso de las embarcaciones pesqueras mayores a 10 metros cúbicos hasta 20 metros cúbicos de capacidad de bodega, desde el 31 de julio de 2026.

Mientras, para las embarcaciones pesqueras mayores a 20 metros cúbicos hasta 32.6 metros cúbicos de capacidad de bodega, a partir del 1 de enero de 2026. Conozca la norma aquí.


Poder Judicial: plan de trabajo del Programa Nacional de Implementación de la Ley N° 30364
 
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el ‘Plan de Actividades 2025 del Programa Nacional de Implementación de la Ley N° 30364’, mediante la Resolución Administrativa N° 045-2025-CE-PJ.

La norma indica que el documento presenta las actividades y tareas que permitirán continuar con el seguimiento de la implementación de la Ley N° 30364 en los distritos judiciales que no pertenecen al Sistema Nacional Especializado de Justicia para la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 

Además, posibilitará el fortalecimiento de las capacidades de jueces, personal jurisdiccional y administrativo en esta materia, subraya. 

La Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, se promulgó en el 2015. Conozca la norma aquí.

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