• JUEVES 28
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 12 al 18 de Enero del 2025

Domingo 12 de Enero del 2025


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad equivalente a 400 soles en la administración pública para el Año Fiscal 2025

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció las disposiciones reglamentarias para el
otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad cuyo monto es fijado por la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y que asciende hasta la suma de S/ 400.00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), la cual se abonará, por única vez, en la planilla de pagos del mes de enero del 2025.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 002-2025-EF que precisa que para el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el pago de la Bonificación por Escolaridad se abonará, por única vez, en la planilla de pagos del mes de junio del 2025.

En el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, la Bonificación por Escolaridad se otorgará a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220; el personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1153; los obreros permanentes y eventuales del Sector Público; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

Los servidores penitenciarios percibirán la Bonificación por Escolaridad de conformidad con lo
establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria y los trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada percibirán la Bonificación por Escolaridad, conforme al
numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 32185.

El personal activo y pensionista de la Administración Pública percibirá la Bonificación por Escolaridad en una sola entidad pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona el mayor monto de ingresos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Conforman Grupo de Trabajo Multisectorial con el objeto de evaluar y formular propuestas de medidas de corto plazo, que pueda adoptar el Ministerio de Energía y Minas o encargarse a otra entidad para su implementación, con la finalidad de garantizar el suministro eléctrico continuo, seguro y confiable a los usuarios del Servicio Público de Electricidad en el Sistema Eléctrico Aislado de Iquitos

El Ministerio de Energía y Minas conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de
naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Energía y Minas con el objeto de evaluar y formular propuestas de medidas de corto plazo, que pueda adoptar este portafolio o encargarse a otra entidad para su implementación, con la finalidad de garantizar el suministro eléctrico continuo, seguro y confiable a los usuarios del Servicio Público de Electricidad en el Sistema Eléctrico Aislado de Iquitos.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 008-2025-MINEM/DM este Grupo de Trabajo Multisectorial, que estará presidido por el Viceministro de Electricidad, o su representante, se instalará en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de dicha Resolución Ministerial.

Además, el Grupo de Trabajo Multisectorial, que tendrá una Secretaría Técnica, tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir del día siguiente de la
publicación de dicha Resolución Ministerial. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Vivienda de Interés Social

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social, del texto del citado proyecto de Reglamento y de su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de
la ciudadanía, dentro del plazo de quince días calendario contado desde el día siguiente de su publicación.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 008-2025-VIVIENDA corresponderá a la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Reglamento de Vivienda de Interés Social. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministro de Energía y Minas participará en el evento denominado “Future Minerals Forum”, que se llevará a cabo del 14 al 16 de enero del 2025, en la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial el Peruano del Sábado 11 de Enero del 2025)

El Poder Ejecutivo autorizó el viaje, en comisión de servicios, del señor JORGE LUIS JOSE MONTERO CORNEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, a la ciudad de Riad, Reino de Arabia Saudita, del 12 al 16 de enero del 2025, para que participe en el evento denominado “Future Minerals Forum”, que se llevará a cabo del 14 al 16 de enero del 2025, en aquella ciudad.

De acuerdo con la Resolución Suprema Nº 003-2025-PCM se encarga el Despacho de Energía y
Minas al señor DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO, Ministro de Estado en el Despacho de Vivienda Construcción y Saneamiento, en tanto dure la ausencia del Titular.


Lunes 13 de Enero del 2025

SENACE
Aprueban la Guía Metodológica para la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales

El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) aprobó la Guía Metodológica para la Actualización de los Indicadores de Desempeño de las Consultoras Ambientales, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 00005-2025-SENACE-PE.

La medida se adopta en el marco de la solicitud de certificación ambiental a cargo del Senace.

La citada guía metodológica tiene como objetivo modificar o excluir indicadores de desempeño de las consultoras ambientales aprobadas mediante la Resolución Jefatural N° 060-2017-SENACE/J.

Esto posibilitará contar con indicadores precisos que permitan medir adecuadamente el desempeño de las consultoras ambientales en la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental presentados ante el Senace, describiendo las variables y los cálculos para su correcta
aplicación, incluyendo los supuestos y limitaciones de los parámetros para realizar el cálculo de los indicadores; así como, desarrollar precisiones técnicas sobre el alcance de la definición de dichos indicadores; asimismo, la frecuencia de su medición y su publicación. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica los títulos
II, III, IV, V, VII, VIII y XI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, así como el Reglamento Operativo que dispone el procedimiento administrativo de desafiliación del SPP por la causal de falta de información

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica los títulos
II, III, IV, V, VII, VIII y XI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, así como el Reglamento Operativo que dispone el procedimiento administrativo de desafiliación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) por la causal de falta de información, dispuesta por el Tribunal Constitucional según sentencias recaídas en los Expedientes N° 1776-2004-AA/TC Nº 07281-2006-PA/TC, en la sede digital de a SBS (www.sbs.gob.pe).

El plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre dicho proyecto es de 30 días
calendario, detalla la Resolución SBS N° 00095-2025. Conozca la norma aquí


Martes 14 de Enero del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32243: Modifican la Ley Orgánica de Elecciones, para optimizar mecanismos de
transparencia de resultados en procesos electorales


El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32243, Ley que modifica la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, para optimizar mecanismos de transparencia de resultados en procesos electorales.

De acuerdo con la norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, la ONPE, a través del presidente de mesa o las plataformas digitales que para tal fin habilite, entregará de manera inmediata a los personeros acreditados copia del acta electoral, firmadas física o digitalmente por los miembros de mesa, según corresponda.

La ONPE publicará progresivamente en sus plataformas digitales institucionales las actas digitalizadas de cada mesa e información de los resultados.

Además, concluido el escrutinio, las cédulas de sufragio no impugnadas serán colocadas en un sobre lacrado y remitidas a la ONPE para su custodia y conservación, bajo responsabilidad, por un plazo no menor de noventa días calendario de realizado el acto electoral.

Transcurrido dicho plazo, la ONPE procederá con la destrucción de las cédulas de sufragio en acto público con la presencia de un representante del Ministerio Público. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban otorgamiento de 2 millones 475,891 soles como subvenciones a favor de beneficiarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó el otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad hasta por el monto total S/ 2'475,891.00 (Dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil ochocientos noventa y uno y 00/100 soles), que comprende: S/ 2,445,591.08 (Dos millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y uno y 08/100 soles) en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; y, S/ 30,299.92 (Treinta mil doscientos noventa y nueve y 92/100 soles) en la fuente de financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; destinados a cofinanciar los desembolsos de los proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor.

La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 001-2025-PRODUCE, detalla la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 044-2025-PRODUCE/PROINNOVATE

Se dispone la publicación de los beneficiarios en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -- PROINNOVATE. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Modifican Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) modificó el artículo 35° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA, a fin de adecuarlo a la modificación establecida en la Ley Nº 31469, Ley que modifica la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, para establecer la cobertura inmediata a la mujer gestante afiliada al Sistema de Seguridad Social de ESSALUD

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 001-2025-TR, con el cual se establece que los afiliados regulares y sus derechohabientes tienen derecho a las prestaciones del Régimen Contributivo
de la Seguridad Social en Salud siempre que aquellos cuenten con tres (3) meses de aportación consecutivos o con cuatro (4) no consecutivos dentro de los seis (6) meses anteriores al mes en que se inició la contingencia.

En caso la afiliada o la derechohabiente se encuentre en estado de gestación, se otorgará de forma inmediata, desde la afiliación, el derecho a las prestaciones del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud. En caso de accidente, basta que exista afiliación. Conozca la norma aquí


SUNAT
Modifican Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a infracciones del Código Tributario, aprobado por la Res. N.° 063-2007/SUNAT, respecto de la sanción de multa aplicable por infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176° del Código Tributario

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) modificó el
Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 063-2007/SUNAT, respecto de la gradualidad aplicable a la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176° del Código Tributario.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia N° 000007-2025/SUNAT la medida tiene por finalidad establecer la posibilidad de acceder a mayores rebajas para los deudores tributarios pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta, al Régimen MYPE Tributario o al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, cuyos ingresos netos no superen las diecinueve
(19) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el ejercicio anterior al que corresponde la declaración por la que se incurre en la referida infracción.

Asimismo, regular el cálculo de los ingresos netos en el caso de sujetos que estén exceptuados de presentar declaraciones juradas mensuales conforme a lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 203-2006/SUNAT.

Con todo ello se busca incentivar el cumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones que contengan determinación de la obligación tributaria dentro de los plazos establecidos, a
cargo de los sujetos antes indicados. Conozca la norma aquí


FÍSCALÍA DE LA NACIÓN
Amplían competencia de Fiscalías Superiores Penales Nacionales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos y, la Fiscalía Superior del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales

La Fiscalía de la Nación amplió la competencia de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, la Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Delitos de Terrorismo y delitos conexos y, la Fiscalía Superior del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, para que conozcan, en
adición a sus funciones y en segunda instancia, los delitos contra la humanidad previstos en los capítulos I, II, III, IV y V del Título XIV-A del Código Penal; los delitos comunes que constituyan casos de violación de derechos humanos, así como los delitos conexos a los mismos.

También para que conozcan los delitos de homicidio, lesiones graves y extorsiones cometidos en
agravio de periodistas y todos los delitos en agravio de personas defensoras de derechos humanos, siempre que sean en razón a su labor de defensa, conforme a lo establecido en el Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos del Ministerio de
Justicia, aprobado con el Decreto Supremo N° 004-2021-JUS; y, los delitos de terrorismo previstos en el Decreto Ley N° 25475 y sus respectivas modificatorias, así como el delito de apología de terrorismo tipificado en el artículo 316° y 316-A del Código Penal y delitos conexos.

De acuerdo con la Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 075-2025-MP-FN se dispone que la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, de conformidad con sus atribuciones establecidas en la directiva N° 003-2005-MP-FN “Reglamento de Funciones del Fiscal Superior Coordinador de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales”, modificada por las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N° 1516-2016-MP-FN y N° 1275-2020-MP-FN, de fecha 5 de abril de 2016 y de fecha 17 de noviembre, respectivamente, efectúe la distribución equitativa de carga procesal de las fiscalías superiores. Conozca la norma aquí


SBS
Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, mediante la Resolución SBS N° 00072-2025.

Por ende, designa al señor Johnny José Luis Cortez Misad, identificado con DNI N° 43234734,
y a la señorita Maite Velasquez Horna, identificada con DNI N° 73272697, como administradores temporales, principal y alterna, respectivamente, para que, indistintamente cualquiera de ellos, en representación de dicha Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay. Conozca la norma aquí


SBS
Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credysolución y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credysolución y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, mediante la Resolución SBS N° 00073-2025.

Por consiguiente, designa a la señorita Ana Claudia Castro Rivas, identificada con DNI N° 71469242, y al señor Jesús Eslander Segura Palomares, identificado con DNI N° 43486355, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, para que, indistintamente cualquiera de ellos, en representación de dicha Superintendencia, realicen los actos necesarios
para llevar adelante la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credysolución. Conozca la norma aquí


Miércoles 15 de Enero del 2025

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32244: Modifican Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024,
para precisar los alcances del cambio de grupo ocupacional y de línea de carrera del personal asistencial profesional, técnico y auxiliar de salud del Ministerio de Defensa

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32244, Ley que modifica la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, para precisar los alcances del cambio de grupo ocupacional y de línea de carrera del personal asistencial profesional, técnico y auxiliar de salud del Ministerio de Defensa.

De acuerdo con la norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, se autoriza, excepcionalmente durante el año fiscal 2024, al Ministerio de Defensa, a convocar concursos de méritos cerrados a la entidad, con el fin de realizar el proceso de cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera del personal de la salud, comprendidos en el numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Legislativo 1153, en plazas vacantes existentes de los institutos armados del Ministerio de Defensa.

Asimismo, se otorga un plazo adicional no mayor de treinta (30) días calendario contados a partir de la vigencia de la citada ley de presupuesto, para que mediante resolución ministerial del Ministerio de Defensa, se apruebe el reglamento que establece los requisitos, condiciones, procedimientos y mecanismos necesarios para el cambio de grupo ocupacional y cambio de línea de carrera. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2025

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Tabla de Valores Referenciales de
Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2025. mediante la Resolución Ministerial N° 010-2025-EF/15.

Con la finalidad de determinar el valor referencial de aquellos vehículos afectos al impuesto cuyo año de fabricación sea anterior al 2022, se deberá multiplicar el valor del vehículo señalado para el año 2024 contenido en la citada tabla por el factor indicado para el año al que corresponde su fabricación, comprendido en la siguiente tabla:


Año de Fabricación                                                     Factor

2021                                                                              0,7
2020                                                                              0,6
2019                                                                              0,5
2018                                                                              0,4
2017                                                                              0,3
2016                                                                              0,2
2015 y años anteriores                                                  0,1

El valor determinado según el procedimiento indicado deberá ser redondeado a la decena de Soles superior, si la cifra de unidades es de Cinco Soles (S/ 5,00) o mayor; o a la decena de Soles
inferior, si la cifra de unidades es menor a Cinco Soles (S/ 5,00).

Se dispone la publicación de la Tabla de Valores Referenciales de Vehículos para efectos de determinar la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular correspondiente al ejercicio 2025 en la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban los “Lineamientos para la habilitación del doble empleo o cargo público remunerado al profesional médico con o sin especialidad, en el marco de la Ley Nº 32145”

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó los “Lineamientos para la habilitación del doble empleo o cargo público remunerado al profesional médico con o sin especialidad, en el marco de la Ley Nº 32145”, que se publica en la sede digital de dicho portafolio.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 022-2025/MINSA con la cual se que la Dirección General de Personal de la Salud, se encargue de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de dichos lineamientos. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280 que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento publicó el Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, mediante el Decreto Supremo N° 001-2025-VIVIENDA.

El TUO del Decreto Legislativo Nº 1280 consta de un (1) Título Preliminar, nueve (9) títulos, ciento veintinueve (129) artículos, treinta y uno (31) Disposiciones Complementarias Finales, nueve (9) Disposiciones Complementarias Transitorias y una (1) Disposición Complementaria Derogatoria. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Aprueban Planes de Trabajo Multianuales 2025-2027 de las 34 Cortes Superiores
de Justicia sobre Justicia Itinerante

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó los Planes de Trabajo Multianuales 2025-2027 de las 34 Cortes Superiores de Justicia sobre Justicia Itinerante mediante la Resolución Administrativa N° 000007-2025-CE-PJ.

Se dispone la publicación de dichos documentos contenidos en el siguiente enlace: https://drive.google.com/drive/folders/1zGvyItK-1i2dNgntxlbaWAMSAEy1-lxS?usp=sharing, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento
de los artículos 4 y 5 del Decreto Legislativo que modifica el artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los instrumentos de gestión ambiental

(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 14 de Enero del 2025)

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de los artículos 4 y 5 del D. Leg. N° 1285, Decreto Legislativo que modifica el art. 79 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y establece disposiciones para la adecuación progresiva a la autorización de vertimientos y a los
instrumentos de gestión ambiental.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 009-2025-VIVIENDA se establece un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente de publicada esta resolución, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía.

Se encarga a la Dirección General de Asuntos Ambientales, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al proyecto normativo los que se recibirán mediante el correo electrónico: medio.ambiente@vivienda.gob.pe. Conozca la norma aquí


Jueves 16 de Enero del 2025

PODER EJECUTIVO
Ministro de Economía y Finanzas participará en la Reunión Anual del Foro Económico Mundial 2025 que se realizará en la ciudad de Davos, Confederación Suiza

El Ministro de Economía y Finanzas, JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO participará en la Reunión Anual del Foro Económico Mundial 2025, que se realizará bajo la temática “Colaboración para la era inteligente” (Collaboration for the Intelligent Age), en la ciudad de Davos, Confederación Suiza, del 20 al 24 de enero del 2025.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje, a la ciudad de Davos, Confederación Suiza, del 20 al 24 de enero del 2025, mediante la Resolución Suprema Nº 004-2025-PCM.

Se encargará el Despacho de Economía y Finanzas al señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO
CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular.
Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministra de Comercio Exterior y Turismo participará en la Feria Internacional de Turismo – FITUR 2025 a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España

La ministra de Comercio Exterior y Turismo, URSULA DESILU LEON CHEMPEN participará en la Feria Internacional de Turismo – FITUR 2025 a realizarse del 22 al 26 de enero del 2025 en la ciudad de Madrid, Reino de España y en otras actividades conexas, a fin de fortalecer el
compromiso del gobierno peruano en la promoción de la gastronomía y el turismo como pilares fundamentales de la identidad nacional y el desarrollo económico del país.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Madrid, Reino de España, del 20 al 24 de enero de 2025, mediante la Resolución Suprema N° 005-2025-PCM.

Se encargará el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, al señor RAÚL RICARDO PEREZ
REYES ESPEJO, Ministro de Estado en el Despacho de Transportes y Comunicaciones, en tanto dure la ausencia de la titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Formalizan el inicio del proceso de actualización del “Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal” y conforman Grupo de Trabajo Multisectorial para actualizarlo

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) formalizó el inicio del proceso de actualización del “Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal” aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-JUS y conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, con el objeto de actualizarlo.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 0006-2025-JUS dicho Grupo de Trabajo Multisectorial estará integrado por el Secretario Técnico de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que lo presidirá, así como por representantes del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior y, de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia. Todos ejercerán su cargo ad honorem.

El Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá la función de formular la propuesta de actualización del “Plan para la Consolidación de la Reforma Procesal Penal” aprobado por Decreto Supremo N° 003-2014-JUS.

Los representantes titulares y alternos de las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial serán designados mediante comunicación del titular de su entidad dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de la publicación de la citada Resolución Ministerial.

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial estará a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, que asumirá la función de coordinar las acciones necesarias para su funcionamiento y el cumplimiento del objeto.

El Grupo de Trabajo Multisectorial, previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, podrá solicitar información, colaboración, asesoramiento y apoyo de representantes de otras entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional, para que ilustre a los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial en un tema específico.

Las entidades públicas que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial asumirán los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará por convocatoria de su Secretaría Técnica, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la mencionada Resolución Ministerial y tendrá un periodo de vigencia de un (01) año posterior a su instalación, el cual es prorrogable. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban “Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas al Aporte por el Derecho Especial destinado al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones”

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la Directiva N° I000001-2024-MTC/24-DE “Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas al Aporte por el Derecho Especial destinado al Fondo de Inversión en Telecomunicaciones”, que entrará en vigencia, una vez que se derogue la Resolución Ministerial N° 267-2014-MTC/03 que formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2014-MTC/24 “Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas a los Aportes por Derecho Especial destinado al FITEL”.

De acuerdo con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° I000027-2024-MTC/24-DE, la medida tiene como finalidad fomentar que los contribuyentes subsanen las infracciones tipificadas en el numeral 1 del Artículo 176° y los numerales 1 y 5 del Artículo 177° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario.

Corresponderá a la Oficina de Administración del portafolio la publicación de la mencionada directiva en el Portal Institucional del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL (www.gob.pe/pronatel). Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Disponen publicar el proyecto “Procedimiento para emisión de mandato para definir el cronograma y/o presupuesto definitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias"

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) autorizó la publicación del proyecto “Procedimiento para emisión de mandato para definir el cronograma y/o presupuesto definitivo de los trabajos de remoción, traslado y/o reposición de interferencias, vinculadas a la prestación de servicios públicos en el sector energía, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modifi catorias”, y su exposición de motivos, en el portal institucional de Osinergmin (https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-para-comentarios).

Fue mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin N° 7-2025-OS/PRES.

Se otorga un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del citado proyecto, para que los interesados remitan sus comentarios, opiniones o sugerencias al proyecto normativo a través de la ventanilla virtual de Osinergmin https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/, a la dirección electrónica comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe, o mediante las mesas de partes físicas con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional; siendo la persona designada para recibirlos el abogado Jim Gastelo Flores.

Corresponderá a la Gerencia de Supervisión de Energía y Gerencia de Regulación de Tarifas la publicación, así como la recepción y análisis de los comentarios, opiniones y sugerencias que se formulen al proyecto normativo; así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.

La citada resolución será publicada con el proyecto normativo y exposición de motivos, en el portal institucional de Osinergmin (www.gob.pe/osinergmin). Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Constituyen Grupo de Alto Nivel para el seguimiento y supervisión de la implementación del Expediente Judicial Electrónico

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) constituyó el Grupo de Alto Nivel para el seguimiento y supervisión de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE), que estará presidido por el señor Consejero Ramiro Antonio Bustamante Zegarra.

De acuerdo con la Resolución Administrativa N° 000011-2025-CE-PJ el Grupo de Alto
Nivel estará conformado por los siguientes comités especializados:
- Comité de EJE Penal, encargado de supervisar la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal.
- Comité de EJE No Penal, encargado de supervisar la implementación del Expediente Judicial Electrónico en las demás especialidades.

Se encarga al consejero Ramiro Antonio Bustamante Zegarra que presente propuesta de conformación del Grupo de Alto Nivel, incluyendo la designación de los integrantes de los Comités especializados.

Corresponderá a la Gerencia General del Poder Judicial elaborar y presentar un proyecto de directiva que establezca las funciones, atribuciones, procedimientos y mecanismos de trabajo del Grupo de Alto Nivel y de los Comités especializados. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32245: Modifican la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Organizaciones Políticas y la Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, para adecuar la normativa electoral al proceso de elecciones del Congreso Bicameral
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del 15 de Enero del 2025)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32245, Ley que modifica la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones; Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas; y Ley N° 28360, Ley de Elecciones de Representantes ante el Parlamento Andino, para adecuar la normativa electoral al proceso de elecciones del Congreso Bicameral.

De acuerdo con la norma modificatoria, las Elecciones para senadores y diputados del Congreso de la República se realizarán conjuntamente con las elecciones para presidente y vicepresidentes de la República, teniendo en cuenta que para acceder al procedimiento de distribución de escaños en la Cámara de Diputados o en el Senado, se requerirá haber alcanzado al menos el cinco por ciento del número legal de miembros y al menos el cinco por ciento de los votos válidos a nivel nacional en la respectiva cámara.

El Senado estará compuesto por un número mínimo de sesenta senadores, elegidos por un periodo de cinco años, tomando en cuenta que la elección de los senadores por distrito electoral múltiple se realizará aplicando el sistema mayoritario, para lo cual el territorio de la República se dividirá en veintisiete circunscripciones electorales: una por cada departamento del territorio nacional, además de una por Lima Provincias, una por la Provincia Constitucional del Callao y una por los Peruanos Residentes en el Extranjero. 

Se asignará un escaño a cada circunscripción electoral con excepción de Lima Metropolitana a la que se le asignará cuatro escaños aplicando a esta el sistema de elección proporcional. Para la elección de los senadores por distrito electoral múltiple será de aplicación el voto preferencial opcional.

Las organizaciones políticas podrán solicitar ante el Jurado Electoral Especial competente, el retiro de la lista de candidatos al Senado o a la Cámara de Diputados del Congreso de la República que hubiesen presentado, hasta sesenta días calendario antes del día de la elección.

Los candidatos al Senado o la Cámara de Diputados del Congreso de la República podrán renunciar a su postulación ante el Jurado Electoral Especial competente, hasta sesenta días calendario antes del día de la elección.

Además, se precisan las causales de la cancelación de la inscripción de un partido político, aclarándose que están sujetas a elecciones primarias las candidaturas a los siguientes cargos:
a) Presidente y vicepresidentes de la República, los que se eligen por fórmula.
b) Senadores y diputados del Congreso de la República y parlamentarios andinos.
Conozca la norma aquí



Viernes 17 de Enero del 2025

Nueva directiva para el registro de planillas en el sector público

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó la Directiva N° 0004-2025-EF/53.01, que establece las nuevas normas para el registro de información en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP). 

La disposición se oficializó mediante una Resolución Directoral Nº 0004-2025-EF/53.01, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en la sede digital del MEF.

El AIRHSP es una herramienta clave para consolidar datos sobre recursos humanos del sector público, incluyendo información personal, plazas, puestos y conceptos de ingreso, así como obligaciones y aportes derivados de convenios colectivos, laudos arbitrales y mandatos judiciales. Esta actualización busca fortalecer la transparencia y eficiencia en la gestión pública.

Además, la norma deroga la Resolución Directoral N° 0538-2022-EF/53.01, que regía bajo la Directiva anterior (N° 0003-2023-EF/53.01), estableciendo un nuevo estándar para la gestión de información.

El objeto es facilitar el acceso público a los documentos, promoviendo un manejo más ordenado y accesible de los recursos humanos en el Estado. La norma está disponible en www.gob.pe/mef.


Aprueban Procedimiento para Actualización del Catastro Fiscal

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el “Procedimiento para la actualización de la información del Catastro Fiscal” mediante la Resolución Ministerial Nº 011-2025-EF/15. 

Este procedimiento, junto con sus anexos, establece lineamientos para consolidar y mantener actualizada la información del Catastro Fiscal, una herramienta clave para la valorización de predios a nivel nacional.

En cumplimiento del Decreto Legislativo N° 1557, la norma busca optimizar el diseño y mantenimiento del Catastro Fiscal, garantizando su utilidad para la gestión tributaria y administrativa.

Además, se dispone la publicación de los anexos y formatos relacionados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y la sede digital del MEF (www.gob.pe/mef). Esta medida refuerza la transparencia y accesibilidad en el uso de la información catastral en beneficio de los ciudadanos.

El Catastro Fiscal es un inventario de información de trascendencia fiscal que comprende las características básicas de los predios que hagan posible su identificación y valorización. Por su naturaleza de exclusivo uso fiscal, el Catastro Fiscal no se encuentra regulado por la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios.


Nueva conformación de las Salas del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) aprobó la nueva conformación de las Salas Primera y Segunda, según la Resolución Administrativa Nº 003-2025-P/TC.

Así, la integración queda de la siguiente manera:

SALA PRIMERA

Magistrado (Presidente): Pedro Alfredo Hernández Chávez
Magistrado: Francisco Humberto Morales Saravia
Magistrado: Manuel Monteagudo Valdez

SALA SEGUNDA

Magistrado (Presidente): Helder Domínguez Haro
Magistrado: Luis Gustavo Gutiérrez Ticse
Magistrado: César Augusto Ochoa Cardich

Esta decisión también se ha comunicado a la vicepresidencia, los magistrados, la Secretaría General, la Secretaría Relatoría, el Gabinete de Asesores Jurisdiccionales, la Dirección General de Administración, así como a las Oficinas de Logística, Servicios Generales, Presupuesto, Planeamiento y Desarrollo, Gestión Humana, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información, Imagen Institucional, Trámite Documentario y Archivo, la Asesoría Jurídica, y al Órgano de Control Institucional, con fines legales correspondientes.




Punta Hermosa regula la práctica de deportes en sus playas

La Municipalidad de Punta Hermosa ha aprobado la Ordenanza Nº 546-MDPH, que establece las reglas para la práctica de deportes en sus playas, delimitando las áreas permitidas y estableciendo restricciones para garantizar el orden y la seguridad.

Esta normativa permite únicamente la práctica de vóley, fútbol y paletas en las playas Señoritas y El Silencio, en las zonas específicamente habilitadas para estas actividades. Queda estrictamente prohibido realizar estos deportes en otros espacios públicos de las mencionadas playas.

Asimismo, se prohíbe el ingreso de pelotas a las playas que no están mencionadas en la ordenanza. Los objetos retenidos serán devueltos a sus propietarios al momento de retirarse. Además, no se permite llevar parlantes, bocinas u otros equipos de sonido a ninguna playa del distrito, siguiendo el mismo procedimiento para la devolución.

La Unidad de Fiscalización Administrativa será responsable del cumplimiento de esta disposición, mientras que la publicación oficial estará a cargo de la Secretaría General y la Gerencia de Tecnologías de la Información, en el portal institucional.


Sábado 18 de Enero del 2025

Ejecutivo: actualizarán la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (Plataforma GOB.PE)

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) creó un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular una propuesta de plan de trabajo para actualizar la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (Plataforma GOB.PE).

La Resolución Ministerial N° 008-2025-PCM precisa que presidirá el grupo de trabajo el secretario de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Además, lo integrarán los representantes de los ministerios de Relaciones Exteriores, Defensa, Economía y Finanzas, del Interior, Justicia y Derechos Humanos, Educación, Salud, Desarrollo Agrario y Riego, así como de Trabajo y Promoción del Empleo.

Se suman los funcionarios de los portafolios de la Producción, Comercio Exterior y Turismo, Energía y Minas, Transportes y Comunicaciones, Vivienda, Construcción y Saneamiento, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; del Ambiente, de Cultura, y Desarrollo e Inclusión Social. Figurará también un representante de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de la PCM, detalla la norma.

La resolución precisa que los integrantes del Grupo de Trabajo, con excepción de su presidente, contarán con un representante alterno. Ejercerán sus funciones ad honórem.

El Grupo de Trabajo se instalará en un plazo máximo de diez días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la resolución ministerial y su vigencia será de 60 días hábiles. Conozca la norma aquí.


ANA: modifican el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) modificó el Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

La Resolución Jefatural N° 010-2025-ANA incorpora el artículo 32-A al cuerpo normativo a fin de simplificar el procedimiento administrativo para obtener licencia de uso de agua subterránea para uso poblacional (pequeñas ciudades hasta 15,000 habitantes) y para usos agrícolas (agricultura familiar hasta 10 hectáreas), y con ello contrarrestar la situación de vulnerabilidad frente a situaciones de déficit hídrico.

Entre otros, la norma señala los documentos que deben acompañar a la solicitud para obtener autorización de perforación de pozos tubulares, artesanales

Además, precisa que la distancia del pozo a perforar con el pozo más cercano, no deberán afectarse en sus radios de influencia. 

La autorización de perforación se otorgará previa evaluación de los formatos requeridos, según corresponda, anota.

Los pozos que no cumplan con las condiciones de calidad, cantidad y oportunidad, se considerarán de observación o piezómetros, o se procederá a su sellado por el administrado, según lo determine la autoridad, puntualiza. Conozca la norma aquí.


ANC-MP: modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público

El Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público (ANC-MP) modificó esta entidad para precisar, cambiar e incluir facultades de los órganos de alta dirección, órganos de apoyo y órganos de línea, mediante la Resolución Jefatural N° 027-2025-ANC-MP-J.

Por ejemplo, se indica que la Jefatura Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público designará a los jefes, directores y responsables de los órganos de alta dirección, órganos de administración interna, órganos de apoyo y órganos de línea en los casos que corresponda, conforme a ley.

Además, suscribirá contratos y adendas de conformidad con las normas legales, en todas sus modalidades que sean afines a la institución y tengan el visto bueno del área o unidad administrativa competente y estén anexadas con el informe técnico correspondiente; pudiendo delegar las funciones que no sean privativas del cargo.

A la par,  propondrá a la Fiscalía de la Nación, la designación de directivos públicos de libre designación y remoción para la ANC-MP. Se agrega todas las demás atribuciones que señalen la ley y el reglamento. Conozca la norma aquí.

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