• MARTES 21
  • de abril de 2026

Política

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Promulgan ley para que ONPE tenga en custodia cédulas de votación por 90 días

Norma tiene por finalidad “optimizar mecanismos de transparencia de resultados en procesos electorales”.

Se trata de la Ley Nº 32243 publicada en el boletín de normas legales de El Peruano, y que tiene por finalidad “optimizar mecanismos de transparencia de resultados en procesos electorales”.

“Concluido el escrutinio, las cédulas de sufragio no impugnadas son colocadas en un sobre lacrado y remitidas a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para su custodia y conservación, bajo responsabilidad, por un plazo no menor de noventa días calendario de realizado el acto electoral. Transcurrido dicho plazo, la ONPE procede con la destrucción de las cédulas de sufragio en acto público con la presencia de un representante del Ministerio Público”, señala la modificatoria del artículo 300 de la referida norma.

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En esta misma ley, se indica que un ejemplar del acta electoral se entrega al Jurado Nacional de Elecciones, al Jurado Electoral Especiales (JEE) de la respectiva circunscripción electoral, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) de la ONPE de la respectiva circunscripción electoral.

La ONPE, a través del presidente de mesa o las plataformas digitales que para tal fin habilite, entrega de manera inmediata a los personeros acreditados copia del acta electoral, firmadas física o digitalmente por los miembros de mesa, según corresponda.

Asimismo, publica progresivamente en sus plataformas digitales institucionales las actas digitalizadas de cada mesa e información de los resultados.

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