• DOMINGO 5
  • de abril de 2026

Derecho

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desde mañana extiende servicio

Sunarp avanza con trámites digitales

Lo usará en notificación de decisiones de apelaciones.

Por consiguiente, desde el 15 de enero de este año las personas que hayan apelado decisiones de las unidades registrales en temas referidos a cierre por duplicidad de partidas, reconstrucción de títulos archivados y reconstrucción de partida registral, recibirán las respectivas notificaciones de las actuaciones y actos dispuestos por la Dirección Técnica Registral únicamente mediante la casilla electrónica de la Sunarp.

Disposiciones

La entidad supervisora advierte que las resoluciones que emita la Dirección Técnica Registral en las citadas materias son definitivas, pudiendo solo ser apeladas en la vía judicial. Además, la mencionada superintendencia manifiesta que la casilla electrónica de la Sunarp viene incorporando más trámites de manera progresiva, de tal forma que sea más ágil el proceso de notificación de las decisiones que emite la Sunarp a los usuarios.

Esto a raíz de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2024-JUS, que establece la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos, actuaciones administrativas y servicios prestados en exclusividad por la Sunarp, que correspondan ser notificados de acuerdo con la normatividad vigente, en el contexto de las funciones y competencias de la entidad supervisora y conforme al cronograma establecido en la Resolución 046-2024-SUNARP/SN.

La Sunarp aclara que la notificación surte efectos desde el día que el apelante realiza el acuse de recibo, esto es, durante los cinco primeros días hábiles siguientes a la notificación válidamente efectuada a su casilla electrónica.

Si transcurrido este plazo no ha confirmado la recepción, se tendrá por válidamente notificado, a partir del primer día hábil siguiente de transcurrido este plazo, surtiendo efectos el acto notificado, conforme lo establecido en los numerales 59.8 y 59.9 del artículo 59° del Reglamento del Decreto Legislativo 1412, Ley de Gobierno Digital, advierte la Sunarp.

Asignación

La asignación de casilla electrónica para persona jurídica se realiza de manera presencial ante cualquiera de las oficinas registrales, debiendo el representante presentar el formulario fijado llenado. y pasar por el lector de verificación biométrica de huella dactilar integrado al Reniec; a fin de que el servidor responsable designado por la unidad registral valide, entre otros, las facultades de administración inscritas del solicitante y proceda a la asignación de su cuenta-usuario y contraseña de seguridad temporal. En tanto, la asignación de casilla electrónica para notarios se realiza mediante el “Sistema Notario” de la Plataforma de Servicios Institucionales de la Sunarp, y la asignación para entidades públicas se realiza para aquellas entidades que realicen trámites ante la Sunarp que requieran de la notificación obligatoria vía casilla electrónica.