• JUEVES 12
  • de marzo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 29 de Diciembre del 2024 al 4 de Enero del 2025

Domingo 29 de Diciembre del 2024


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32217: Prorrogan la vigencia del beneficio tributario aprobado por el Decreto Legislativo 1058 que promueve la inversión en la actividad de generación eléctrica con recursos hídricos y con otros recursos renovables

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32217 que prorroga hasta el 31 de diciembre del 2030, el
beneficio tributario establecido por el Decreto Legislativo N°1058, Decreto Legislativo que promueve la inversión en la actividad de generación eléctrica con recursos hídricos y con otros recursos renovables, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 31 de diciembre del 2025 por el artículo 17° de la Ley N° 30327, Ley de promoción de las inversiones para el crecimiento económico y el desarrollo sostenible.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) debe publicar anualmente
en su sede digital la siguiente información sobre el beneficio de depreciación acelerada a que se refiere el Decreto Legislativo N° 1058, prorrogado por la Ley N° 32217:

a) El monto global de la deducción, efectuada a partir de la vigencia de la presente ley, correspondiente a gastos por depreciación acelerada.
b) La relación o número de contribuyentes y el monto global de la deducción que corresponda
diferenciando el sector al que pertenecen de acuerdo a la información de la Clasificación
Industrial Internacional Uniforme (CIIU) declarada como actividad económica principal a cuatro
dígitos, agrupados de acuerdo al nivel de concentración según decil de la deducción.


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32218: Modifican el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de incorporar intereses y ganancias de capital inafectos al impuesto

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32218, Ley que modifica el Texto Único Ordenado (TUO)
de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo 179-2004-EF, a fin de incorporar intereses y ganancias de capital inafectos al impuesto.

De acuerdo con la norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, a partir del 1° de enero del 2025 constituirán ingresos inafectos a dicho impuesto los intereses y ganancias de capital provenientes de operaciones de reporte donde los valores que el adquiriente recibe del enajenante sean los instrumentos considerados en los números romanos en minúscula i y ii del literal h) del tercer párrafo del artículo 18° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

Asimismo, estarán inafectos al Impuesto a la Renta, la enajenación de unidades de participación de Fondos Bursátiles o Exchange Traded Fund (ETF), que tengan como objetivo replicar la
rentabilidad de índices de acceso público, construidos sobre la base de los instrumentos
considerados en los números romanos en minúscula i y ii del citado literal.

Por ende, se incorpora los números romanos en minúscula iv y v en el literal h) del tercer párrafo del artículo 18° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. 

Corresponderá al Poder Ejecutivo adecuar el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N° 122-94-EF, a la mencionada modificación en un plazo de 30 días hábiles contados a partir de su entrada en vigor.


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32219: Modifican la Ley que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, para incrementar la tasa del Impuesto General a las Ventas y ampliar su vigencia

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32219, Ley que modifica la Ley N° 31556, Ley que
promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, para incrementar la tasa del Impuesto General a las Ventas (IGV) y ampliar su vigencia.

De acuerdo con la norma modificatoria, la Ley N° 31556 tiene por objeto establecer una tasa especial y temporal de IGV, para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos con la finalidad de apoyar la reactivación económica de este gran segmento económico empresarial, que ha sufrido un impacto devastador como consecuencia de la pandemia por covid-19, con la finalidad de viabilizar la supervivencia
y evitar el cierre de estas actividades.

Las operaciones de venta y bienes y servicios que realicen estos sujetos están gravadas excepcionalmente, con la tasa del IGV de la siguiente manera:

i) Para el año fiscal 2025, una tasa del ocho por ciento (8%);
ii) Para el año fiscal 2026, una tasa del ocho por ciento (8%); y,
iii) Para el año fiscal 2027, una tasa del doce por ciento (12%)”.

La tasa del IGV del ocho por ciento (8%) estará vigente desde el primer día del mes siguiente al
de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2026. Posteriormente, la tasa se incrementará al doce por ciento (12%) y estará vigente desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre del 2027”.

Por ende la norma modificatoria, modifica los artículos 1°, 3° y 4° de la Ley N° 31556, Ley que promueve medidas de reactivación económica de micro y pequeñas empresas de los rubros de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.

El Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento de la Ley N° 31556, aprobado por el Decreto Supremo 237-2022-EF, a las modificaciones dispuestas en la ley modificatoria en un plazo
no mayor de treinta días calendario contados desde su entrada en vigor.

El Ministerio de Economía y Finanzas elaborará un informe anual respecto de los costos y beneficios de la ley modificatoria.

Las empresas beneficiarias deberán capacitar a su capital humano en los servicios que brinda la unidad productiva y promoverá su certificación ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para la mejora de la productividad
laboral y la competitividad del sector.


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32220: Prorrogan la vigencia de los beneficios tributarios del Decreto Legislativo N° 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32220 que prorroga hasta el 31 de diciembre del 2027 la
vigencia de los beneficios tributarios establecidos en el Decreto Legislativo N° 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.

En esa medida s dispone que el acogimiento a la modalidad de pago al contado a que se refiere el acápite i. del literal a) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1634, Decreto Legislativo que aprueba el fraccionamiento especial de la deuda tributaria administrada por la Sunat; así como la
presentación de la solicitud de acogimiento al Fraccionamiento Especial prevista en el numeral
9.2 del artículo 9° del mismo Decreto Legislativo; se podrán efectuar hasta el 28 de febrero de
2025.


MINISTERIO DE CULTURA
Aprueban el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura

El Ministerio de Cultura aprobó el Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por este portafolio, el cual contiene los valores del boletaje y requisitos de ingreso a los bienes inmuebles prehispánicos, museos e instituciones museales a nivel nacional, así como otros servicios no exclusivos.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 000451-2024-MC con la cual se dispone que dicho tarifario entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2025

Además se dispone la publicación del Tarifario Único de Servicios No Exclusivos brindados por el Ministerio de Cultura en la sede digital de este portafolio (www.cultura.gob.pe).


MINISTERIO DE CULTURA
Aprueban la Guía Para la expedición del certificado de inexistencia de restos arqueológicos en superficie

El Ministerio de Cultura aprobó la “Guía para la expedición del certificado de inexistencia de restos arqueológicos en superficie (CIRAS), mediante la Resolución Viceministerial N° 356-2024-VMPCIC/MC.

Se pone en conocimiento de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y de las
direcciones desconcentradas de cultura dicho documento, disponiéndose su publicación en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob. pe).


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban reglamento del Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la eficiencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la
estructura y gestión del Fonafe


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº
1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la efi ¿ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del Fonafe,

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 292-2024-EF que tiene por finalidad contribuir a la correcta aplicación de lo dispuesto en citado Decreto Legislativo, que establece un marco jurídico que ordena, sistematiza y promueve la eficiencia de la actividad empresarial de las Empresas del Estado.

La norma reglamentaria consta de nueve (09) Títulos, sesenta y seis (66) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias.


MINISTERIO DE EDUCACIÓN- 
Aprueban Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan el cese de actividades, cese definitivo y cierre de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica”

El Ministerio de Educación aprobó la Norma Técnica denominada “Disposiciones que regulan el cese de actividades, cese definitivo y cierre de los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica”, mediante la Resolución Viceministerial N° 156-2024-MINEDU

Además dispuso su publicación en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu).


PRODUCE
Disponen la publicación del proyecto de la “Resolución Ministerial que aprueba los Términos de Referencia para la elaboración de la modificación para impactos ambientales negativos no significativos para las actividades pesqueras y acuícolas"

El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la publicación del proyecto de la “Resolución Ministerial que aprueba los Términos de Referencia para la elaboración de la modificación para
impactos ambientales negativos no significativos para las actividades pesqueras y acuícolas”, y su Anexo, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), por el plazo de diez (10) días hábiles, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las
entidades públicas o privadas así como de la ciudadanía en general.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 000518-2024-PRODUCE, las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo deberán presentarse a través de la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) o en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de
Pesca y Acuicultura, o al correo electrónico: dgparpa@produce.gob.pe. 


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban la NTS N° 223-MINSA/DGIESP-2024, Norma Técnica de Salud que aprueba el Instrumento que establece los criterios para la evaluación y calificación del grado de incapacidad laboral

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó la NTS N° 223-MINSA/DGIESP-2024, Norma Técnica de Salud que aprueba el Instrumento que establece los criterios para la evaluación y calificación del grado de incapacidad laboral, disponiendo su publicación en la sede digital de dicho portafolio.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 928-2024/MINSA con la cual se establece que la citada norma técnica tiene por finalidad contribuir con la protección de las personas con incapacidad laboral para el pleno ejercicio de sus derechos, y cuyo objetivo general es estandarizar los criterios para la evaluación y calificación del grado de la incapacidad laboral independientemente de su origen y naturaleza.

Corresponderá a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General publicar la referida norma técnica en la sede digital del Minsa.


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Aprueban las Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo


El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó las Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo N° 004-2024-TR, Decreto Supremo que aprueba la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de este portafolio, que constan de seis capítulos, veintitrés artículos y siete anexos.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 209-2024-TR con la cual se aprueba el Cronograma de implementación a nivel nacional del Sistema de Notificación Electrónica del MTPE

Además, se dispone la publicación de este cronograma y de las referidas disposiciones complementarias en la sede digital del MTPE (www.gob.pe/mtpe).


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento
de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo


El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-TR; así como de su exposición de motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/mtpe), por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir los comentarios, aportes y/u opiniones de las entidades públicas o privadas, los empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, y la ciudadanía en general.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 210-2024-TR la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del MTPE será la responsable de efectuar
la publicación en sede digital.

Los comentarios, aportes y/u opiniones sobre el proyecto normativo y su exposición de
motivos, podrán presentarse, con atención a la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo: en la Mesa de Partes de la sede central del MTPE, ubicada en Avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; a través de la mesa de partes digital de dicho portafolio, cuya dirección web es https://sgd.trabajo.gob.pe/appmesapartesenlinea/inicio; o, al correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.

La Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo será la encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios, aportes y/u opiniones que se presenten.


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que deroga el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social, y su Exposición de Motivos

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que deroga el Decreto Supremo Nº 006-2023-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social, y su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince días calendario.

De acuerdo con la Resolución Viceministerial Nº 479-2024-VIVIENDA se encarga a la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y
Urbanismo, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo, a través de la sede digital del Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Decreto Supremo que deroga el Decreto Supremo Nº 006-2023-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Vivienda de Interés Social”.


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la cuadragésima novena convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de 1,122 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a los Decretos Supremos Nºs 029-2023-PCM, 034-2023-PCM, 035-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 043-2023-PCM y sus prórrogas

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la cuadragésima novena convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de 1,122 Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, ante intensas precipitaciones pluviales, ubicadas en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Huánuco,
Huancavelica, La Libertad, Lima y Piura, en el marco de los Estados de Emergencia y del Estado de Emergencia Nacional, declarados por los Decretos Supremos Nºs 029-2023-PCM, 034-2023-PCM, 035-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 043-2023-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 065-2023-PCM; el Decreto Supremo Nº 072-2023-PCM, prorrogado por los Decretos Supremos Nºs. 089-2023-PCM, 110-2023-PCM, 130-2023-PCM, 006-2024-PCM y 038-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 005-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº
033-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 016-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 039-2024-PCM; el Decreto Supremo Nº 020-2024-PCM, prorrogado por el Decreto Supremo Nº 044-2024-PCM; y, los Decretos Supremos Nºs. 027-2024-PCM, 031-2024-PCM y 124-
2024-PCM.

Las viviendas colapsadas o inhabitables han sido validadas por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, detalla la Resolución Ministerial Nº 483-2024-VIVIENDA.

El valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (Quinientos y 00/100 Soles) y, se otorgará con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Áncash, Huánuco, Huancavelica, La Libertad, Lima o Piura, según corresponda.


SUNAT
Disponen excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la
obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2025


La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat)) estableció los nuevos importes para que opere la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y la suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta, respecto del impuesto a la renta por rentas de cuarta categoría por el ejercicio 2025.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000297-2024/SUNAT con la cual se indica el formato que utilizarán los contribuyentes que excepcionalmente presenten la solicitud de suspensión de retenciones y/o de pagos a cuenta del impuesto a la renta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6° de las normas relativas a la excepción y a la suspensión de la
obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta del impuesto a la renta por rentas de cuarta categoría, aprobadas por la Resolución de Superintendencia Nº 013-2007/SUNAT.

Así, se establece, por ejemplo, los trabajadores con rentas de cuarta categoría que emitan recibos por honorarios electrónicos y perciban ingresos mensuales que no superen los 3,901 soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del impuesto a la renta.


SUNAT
Prorrogan la exclusión temporal de las operaciones que se realicen con los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria de la aplicación del Régimen de Retención del Impuesto a la Renta

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) prorrogó hasta el 31 de diciembre del 2026 la exclusión temporal de las operaciones que se realicen con productos primarios derivados de la actividad agropecuaria de la aplicación del Régimen de Retenciones del Impuesto a la Renta, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 234-
2005/SUNAT.  

Fue mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000298-2024/SUNAT con la cual se modifica la la segunda disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N.° 124-2013/SUNAT.


SBS
Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova y su exclusión
del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del
Público, mediante la Resolución SBS N° 04402-2024.

En aplicación del artículo 9° del Reglamento de Regímenes Especiales, la publicación de dicha resolución conlleva a la continuidad de las prohibiciones impuestas durante el régimen de
intervención, estando, por tanto, prohibido:

a. Iniciar contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova en disolución, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
b. Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova en disolución.
c. Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova en disolución, en garantía de las obligaciones que le conciernen.
d. Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova en disolución, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
e. Constituir medida cautelar contra los bienes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova en disolución.

La SBS designa a la señora Elizabeth Salvatierra Laura, identificada con DNI N° 43061602 ,
y al señor Ricardo Rey Mendez Tapia, identificado con DNI N° 76503967, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, para que, indistintamente cualquiera de ellos, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credinnova.


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas
(Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 28 de Diciembre del 2024)

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, mediante el Decreto  Supremo N° 016-2024-MINAM.

La implementación de este plan se financiará con cargo al presupuesto institucional de
las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Se dispone la publicación del plan en las sedes digitales del Minam (www.gob.
pe/minam) y del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (www.gob.pe/sernanp).


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Trigésimo Noveno Listado de Personas Beneficiarias civiles, militares y
policiales del Programa de Reparaciones Económicas (PRE)
(Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 28 de Diciembre del 2024)

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Trigésimo Noveno Listado de Personas Beneficiarias civiles, militares y policiales del Programa de Reparaciones Económicas, elaborado por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional – CMAN.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 0332-2024-JUS con la cual se autoriza el desembolso presupuestal para atender el abono único de las reparaciones económicas a favor de 84 personas beneficiarias nominales, con un total de 84 afectaciones a ser reparadas, comprendidos en
el Trigésimo Noveno Listado de personas beneficiarias civiles, militares y policiales del Programa de Reparaciones Económicas (PRE), elaborado por la Secretaría Ejecutiva de la CMAN, en cada una de las cuentas de ahorro del Banco de la Nación hasta por un
monto de S/ 499, 976,67 (Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Setenta y Seis y 67/100 Soles) monto que incluye el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF).


AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO
Aprueban el formato y contenido, de la Tarjeta Única de Circulación Electrónica y de la Credencial electrónica, para acreditar la habilitación vehicular y del conductor, en la prestación del Servicio Público de Transporte Regular en Lima y Callao
(Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 28 de Diciembre del 2024)

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) aprobó el formato y contenido de la Tarjeta Única de Circulación Electrónica (TUCE), cuya finalidad será acreditar la habilitación vehicular para la prestación del Servicio Público de Transporte Regular en Lima y Callao.

Fue mediante la Resolución Directoral Nº D-000052-2024-ATU/DO con la cual también se aprueba el formato y contenido de la Credencial electrónica, cuya finalidad será acreditar la habilitación del conductor para la prestación del Servicio Público de Transporte Regular en Lima y Callao.

A  su vez se establece que la TUCE y la Credencial electrónica emitidas con los formatos actuales, mantendrán su vigencia hasta la fecha de su vencimiento.

Se encarga a la Subdirección de Servicios de Transporte Regular, la realización de coordinaciones con la Subdirección de Integración y Gestión Tecnológica de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, y la Unidad de Tecnologías de la Información, para la implementación de los formatos en la Plataforma Virtual de Trámites de la ATU.


MINISTERIO PÚBLICO 
Aprueban el protocolo “Actuación conjunta entre el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú y Dirección General de Capitanías y Guardacostas para la ejecución de las acciones de interdicción contra la construcción o modificación ilegal de embarcación pesquera”
(Edición extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 28 de Diciembre del 2024)

La Fiscalía de la Nación aprobó el protocolo “Actuación conjunta entre el Ministerio Público, Policía Nacional del Perú y Dirección General de Capitanías y Guardacostas para la ejecución de las acciones de interdicción contra la construcción o modificación ilegal de embarcación pesquera”, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2922-2024-MP-FN.

El referido protocolo tiene por objetivo establecer las disposiciones para la actuación conjunta entre el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú (PNP) y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI), para la ejecución de las acciones de interdicción contra la construcción o modificación ilegal de embarcación pesquera, en el marco de lo establecido
en el primer párrafo del artículo 308 - E del Código Penal y el numeral 3.2 del artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 1393.

Dicho documento consta de veintiséis (26) páginas que como anexo forman parte integrante de la citada resolución.

Corresponderá a la Oficina General de Tecnologías de la Información publicar el mencionado protocolo en la Página Web de la Institución, en el Portal de Transparencia Estándar; y, a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación publicarlo en Intranet.


Lunes 30 de Diciembre del 2024

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Aprueban el Plan de Transmisión 2025-2034

El Ministerio de Energía y Minas aprobó el Plan de Transmisión 2025-2034, mediante la Resolución Ministerial Nº 483-2024-MINEM/DM.

El documento, que estará vigente a partir del 1° de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026, constituye un estudio periódico que identifica, mediante un análisis centralizado, los requerimientos de equipamiento de transmisión de energía necesarios para mantener o mejorar la calidad, fiabilidad, seguridad o economía del sistema de energía para un horizonte no mayor de diez (10) años; precisando que tiene como producto un plan recomendado de obras de transmisión que considera los diversos escenarios de la expansión de la generación y de crecimiento de la demanda futura, el cronograma de ejecución y la asignación de las compensaciones para su remuneración.

En esta oportunidad, Plan de Transmisión 2025-2034 contiene 19 proyectos vinculantes. 


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Establecen montos mínimos de las pólizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual, aplicables a las personas que desarrollan actividades en el Subsector Hidrocarburos

El Ministerio de Energía y Minas estableció los montos mínimos de las pólizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual, aplicables a las personas que desarrollan actividades en el Subsector Hidrocarburos, mediante la Resolución Ministerial Nº 485-2024-MINEM/DM.

Se incluye un monto mínimo de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual para las Plantas de Procesamiento de Lubricantes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Amplían, para el año 2025, la vigencia de las características y especificaciones de la Calcomanía Oficial de diversos combustibles y del Papel de Seguridad correspondientes aprobados para el año 2024

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) amplió la vigencia de las características y especificaciones de la Calcomanía Oficial de diversos combustibles y del Papel de Seguridad correspondientes aprobados para el año 2024, mediante la Resolución Directoral Nº 037-2024-MTC/18

Las Entidades Certificadoras de Conformidad de Modificación, Fabricación y Montaje, así como, las Entidades de Conformidad de Conversión de GNV y GLP, deberán informar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes en el más breve plazo posible, la cantidad y el rango de los números de serie impresos en los Certificados. Asimismo, deberán informar el número de serie del Certificado que sea anulado. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban “Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la Directiva Nº 002-2024-MTC/18, “Lineamientos Tecnológicos mínimos para la emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico”, mediante la Resolución Directoral Nº 039-2024-MTC/18.

De acuerdo con dicha resolución directoral hasta el 23 de junio del 2026 es el plazo máximo para que la Oficina General de Tecnología de la Información adecúe la base de datos implementada para el registro de información de la contratación de pólizas del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito - SOAT, a efectos de incorporar la base de datos del Certificado contra Accidentes de Tránsito físico y electrónico; y, habilite el servicio web para que las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra accidentes de tránsito - AFOCAT puedan realizar el procedimiento de emisión del Certificado contra Accidentes de Tránsito electrónico - CAT electrónico.

Se dispuso la publicación de los referidos lineamientos en la sede digital del MTC (www.gob.pe/mtc). Conozca la norma aquí


AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan Acuerdo del Consejo Directivo de Servir que aprueba modificación de la “Directiva que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles” y su versión actualizada

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) formalizó el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - Servir, adoptado en la Sesión N° 16-2024-CD, mediante el cual se aprueba la modificación de los numerales 1., 2., 3., 4., 5.1.1., 5.1.2., 5.1.3., 5.1.4., 5.1.5., 5.1.6., 5.1.7., 5.2., 5.2.3., 6.1., 6.1.1, 6.1.2, 6.1.3., 6.4., 6.5., 6.6., 6.7. y 6.8, e incorporó la Tercera Disposición Complementaria Final, de la “Directiva que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles”, cuya aprobación se formalizó mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 264-2017-SERVIR/PE.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000212-2024-SERVIR-PE, Servir también formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil
- Servir, adoptado en la sesión N° 016-2024-CD, mediante el cual se aprueba la versión actualizada de la “Directiva que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles”, que incluye las referidas modificaciones.

Además, se dispuso la publicación de la mencionada directiva en la sede digital de Servir (www.gob.pe/servir), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe). Conozca la norma aquí


Martes 31 de Diciembre del 2024

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 32221: Modifica la Ley General de Cooperativas, para su adecuación a las
nuevas tecnologías y el cumplimiento de sus fines

El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32221, Ley que modifica el Decreto Legislativo N°
85, Ley General de Cooperativas, para su adecuación a las nuevas tecnologías y el cumplimiento de sus fines.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, toda cooperativa adquiere personería jurídica desde su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) sin necesidad de resolución administrativa previa de reconocimiento oficial y la mantiene hasta que se
 su extinción.

Las cooperativas y centrales cooperativas gozan de capacidad jurídica suficiente para establecer
sucursales, agencias u otras dependencias en el exterior.

En el caso de las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizadas a captar recursos del público
y sus centrales (Coopac), deben solicitar la autorización previa de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para la apertura,
traslado y cierre definitivo de sucursales y oficinas fuera del departamento donde se encuentra ubicada su ofi cina principal. Así como también aprueba la legalidad del estatuto antes
de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas.

Podrán ser socios de las cooperativas las personas naturales o personas jurídicas que
reúnan los requisitos establecidos por el estatuto de la respectiva cooperativa. El ingreso es
libre, supeditado a los requisitos o condiciones previstas en dicho estatuto, sin discriminación de
ninguna naturaleza.

Cuando se trate de cooperativas de usuarios, los trabajadores de estas no pueden ser socios de ellas, pero podrán hacer uso de todos los servicios de la cooperativa en igualdad de condiciones con los socios. Estas operaciones califican como actos cooperativos. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 32222: Declaran Día Nacional de la Danza del Huaylarsh Wanka del departamento de Junín el Miércoles de Ceniza de cada año

El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32222, Ley que declara Día Nacional de la Danza del Huaylarsh Wanka del departamento de Junín el Miércoles de Ceniza de cada año.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, el Gobierno Regional de Junín y la Municipalidad Provincial de Huancayo, en coordinación con el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, priorizarán las acciones pertinentes de acuerdo con sus competencias para el cumplimiento de la citada ley. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 32223: Modifica el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios; y la Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, para regular el derecho a la encargatura y designación de cargos de confianza y de puestos de dirección en entidades públicas

El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32223, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS); y el Decreto Legislativo N° 276, Ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, para regular el derecho a la encargatura y designación de cargos de confianza y de puestos de dirección en entidades públicas.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, el contrato administrativo de servicios otorga al trabajador el derecho a percibir la remuneración prevista para el cargo de
confianza o para el puesto de dirección designado o encargado; y retornar a su puesto de origen
terminada la designación o encargatura. 

El trabajador CAS indeterminado que sea encargado o designado para asumir cargo de confianza o puestode dirección tendrá derecho a recibir una constancia o certificado de trabajo por el período en que ha asumido dicho cargo o puesto.

Mientras dure la designación del trabajador CAS indeterminado para asumir un cargo de confianza o un puesto de dirección, su posición de origen será cubierta mediante un contrato CAS temporal, cuya duración es hasta el término de dicha designación.

El incumplimiento de esta disposición generará responsabilidad en el responsable de la oficina de
recursos humanos de la entidad.

En tanto, el servidor de carrera o en condición de contrato permanente con una continuidad mayor a cinco años, designado para desempeñar cargo político, de dirección o de confianza tendrá derecho a retornar a su grupo ocupacional, nivel de carrera o plaza, al concluir la designación.

De modo tal, los servidores públicos de carrera tendrán derecho a percibir la remuneración del cargo de confianza o del puesto de dirección designado o encargado, derecho que también asistirá al servidor en condición de contrato permanente. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley Nº 32224: Crean la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos

El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 32224, Ley que crea la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se crea la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, con personería jurídica de derecho público
interno, con sede principal en el distrito de San Marcos de la provincia de Huari del departamento de Áncash.

Esto con la finalidad de contribuir e impulsar la educación superior universitaria, promover la investigación científica y tecnológica, y coadyuvar al desarrollo económico, social y cultural del departamento de Áncash y del país.

La Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos ofrecerá las siguientes carreras profesionales:

a) Ingeniería Agroforestal
b) Ingeniería Agrícola
c) Ingeniería Ambiental
d) Ingeniería Geológica
e) Ingeniería de Minas
f) Ingeniería de Seguridad Industrial
g) Ingeniería Mecánica
h) Medicina Humana
i) Contabilidad
j) Enfermería
k) Turismo, Hotelería y Gastronomía
l) Industria Alimentaria. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Resolución Legislativa. Nº 32225: Autorizan a la señora Presidenta de la República para salir del territorio nacional del 20 al 24 de enero de 2025

El Poder Ejecutivo publicó la Resolución Legislativa Nº 32225, Resolución Legislativa que autoriza a la señora Presidenta de la República para salir del territorio nacional del 20 al 24 de enero del 2025.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, el Poder Legislativo accedió a la petición formulada por la señora Presidenta de la República, DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA  y, la autorizó para salir del territorio nacional del 20 al 24 de enero de 2025, con el objeto de viajar a la ciudad de Davos, Suiza, a fin de participar en la Reunión
Anual del Foro Económico Mundial 2025, conocido como WEF por sus siglas en inglés (World Economic Forum) o Foro de Davos.

La señora Presidenta de la República ha sido especialmente invitada por el WEF a participar e intervenir en los siguientes eventos con sus homólogos, CEOs y expertos de alto nivel:
— Sesión Estratégica Privada sobre “Finanzas Sostenibles e Inversión para la Amazonía”
— Cena de Alto Nivel
— Sesión “Abordando las fallas de América Latina”
— IGWEL: Almuerzo sobre “Cómo prevenir una nueva Normalidad no Cooperativa”
— Diálogo durante Cena sobre “Un nuevo algoritmo para América Latina”
— Diálogo “Nuevo Acuerdo sobre Plásticos. ¿Cómo hacerlo valer?”
— Cena de Mujeres Líderes.

La Presidenta de la República se mantendrá a cargo del despacho de la Presidencia de la República empleando tecnologías digitales, las cuales adoptan los mecanismos de seguridad digital y la garantía de la seguridad de los medios a emplearse, en el marco de lo dispuesto en el
artículo 8-A de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, incorporado por la Ley 31810, así como en la normativa vigente en materia de seguridad y confianza digital en el país. Conozca la norma aquí 


PODER EJECUTIVO
Declaran el año 2025 como el “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”

El Poder Ejecutivo declaró el año 2025 como el “Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana", mediante el Decreto Supremo N° 149-2024-PCM.

Durante el año 2025 dicha frase aprobada se consignará en los documentos oficiales.

El Ministerio de Cultura, mediante Resolución Ministerial, establecerá la traducción de la denominación del año 2025 a las lenguas indígenas u originarias que correspondan, para su uso en los distritos, provincias y departamentos en donde predominen, conforme a lo señalado en el Mapa Etnolingüístico del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Establecen disposiciones sobre el régimen del Aporte por Regulación del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones

El Poder Ejecutivo estableció disposiciones sobre el régimen del Aporte por Regulación
del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), mediante el Decreto Supremo N° 150-2024-PCM.

De acuerdo con la norma, la contribución denominada Aporte por Regulación, que deben pagar al Osiptel las empresas operadoras que cuenten con concesión o registro para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, incluyendo a las empresas comercializadoras, será calculada sobre el valor de su facturación anual, que corresponda a las operaciones relacionadas con la actividad de supervisión y regulación del Osiptel, deducido el Impuesto General
a las Ventas (IGV), el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) y los cargos de interconexión pagados

Para el periodo 2025 – 2027, tratándose de las operaciones relacionadas con las actividades que
involucran la prestación de los servicios públicos móviles de telefonía móvil, de comunicaciones personales, de troncalizado digital y de acceso a internet móvil, se aplicarán los siguientes porcentajes sobre la base de cálculo referida.

                                Porcentajes
2025                       2026                       2027
0,5%                        0,5%                      0,5%

Para el periodo 2025-2027, tratándose de las demás operaciones no mencionadas se aplicará el 0,5% de la base de cálculo referida. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó el Reglamento del Sistema Nacional de
Desarrollo e Inclusión Social (Sinadis), que consta de seis (6) títulos, tres (3) capítulos, treinta y ocho (38) artículos y cuatro (4) disposiciones complementarias finales.

De acuerdo con el Decreto Supremo N° 012-2024-MIDIS, la norma reglamentaria tiene por objeto regular el Sinadis encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado, destinada a reducir la pobreza, las desigualdades, las
vulnerabilidades y los riesgos sociales.

El Sinadis es un sistema funcional compuesto por principios, normas, roles, procedimientos, mecanismos de coordinación y articulación e instrumentos, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas destinadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las
vulnerabilidades y los riesgos sociales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
Aprueban normas temporales complementarias para la aplicación del régimen excepcional de reducción para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones

El Ministerio de la Producción (Produce) publicó el Decreto Supremo que aprueba normas temporales complementarias para la aplicación del régimen excepcional de reducción para
el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y otras disposiciones.

Se trata del Decreto Supremo Nº 020-2024-PRODUCE de naturaleza temporal y excepcional, que será de aplicación a las personas naturales y jurídicas con permiso de pesca o título
habilitante, para el ejercicio de la actividad pesquera o acuícola, que cuenten con multas impuestas por el Produce por infracciones cometidas antes del año 2021, que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Multas pendientes de pago.
b) Multas en plazo de impugnación.
c) Multas impugnadas en vía administrativa o judicial.
d) Multas en ejecución coactiva, aún si estas se encuentran siendo materia del proceso de revisión judicial. Conozca la norma aquí


SUNAT
Aprueban el Cronograma General para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras y para las Personas Naturales y Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley N° 31940 correspondiente al ejercicio gravable 2024

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el Cronograma General para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras y para las Personas Naturales y Micro y Pequeñas Empresas
(MYPE) comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley N° 31940 correspondiente al ejercicio gravable 2024.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000304-2024/SUNAT con la cual también se establecen las fechas a partir de las cuales estarán disponibles los formularios virtuales para la presentación de la Declaración correspondiente al ejercicio gravable 2024. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2025 para el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado y las empresas y entidad bajo su ámbito
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 30 de Enero del 2024)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2025 para el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), y las empresas y entidad bajo su ámbito, mediante el Decreto Supremo Nº 295-2024-EF.

De acuerdo con la norma las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, contenidas en la Directiva Corporativa de Gestión Empresarial de Fonafe y en el Libro Blanco: Lineamiento para la Gestión de Directorios y Directores de las empresas bajo el ámbito de Fonafe, así como sus modificatorias o las normas que los sustituyan, son aplicables a Fonafe, a las empresas bajo su ámbito y a EsSalud en lo que corresponda. 
Conozca la norma aquí


SUNAT
Aprueban disposiciones para la implementación del procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa, en el contexto de la lucha contra la evasión tributaria
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 30 de enero del 2024)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó
disposiciones para la implementación del Decreto Legislativo N° 1532 y modificó la normativa de comprobantes de pago, mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000302-2024/SUNAT

Dicha resolución tiene por finalidad implementar el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa, en el contexto de la lucha contra la evasión tributaria.

Para tal efecto se establece que los sujetos incluidos en las publicaciones a que se refieren los artículos 7° y 12° del Decreto Legislativo Nº 1532, que regula el procedimiento de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa, no podrán emitir comprobantes de pago que permitan ejercer el derecho al crédito fiscal y/o sustentar costo o gasto para efectos del
Impuesto a la Renta, con excepción de las liquidaciones de compra, durante el plazo en el que deban mantenerse dichas publicaciones, de acuerdo con lo establecido en el mencionado decreto legislativo y su reglamento. Conozca la norma aquí


Miércoles 1° de Enero del 2025

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2025
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 31 de Diciembre del 2024)

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al Decreto Ley N° 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), a aplicarse durante el Año Fiscal 2025, mediante la Resolución Viceministerial Nº 005-2024-EF/11.01.

La atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago de Remuneraciones y/o
Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), Gratificaciones (Régimen Laboral 728), Indemnizaciones o similares, se efectuará en las fechas u oportunidad que señala la legislación aplicable.

Aquellas Unidades Ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728 podrán realizar el pago de los conceptos de Remuneraciones y Gratificaciones de los meses de julio y diciembre en una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos conceptos. Conozca la norma aquí


SUNEDU
Aprueban Disposiciones para la aplicación de la Ley que modifica la Ley Universitaria, a fin de promover la investigación para la obtención del grado académico de bachiller o del título profesional e impulsar la inserción de los graduandos de las universidades  públicas y privadas en el mercado laboral
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 31 de Diciembre del 2024)

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) aprobó las
“Disposiciones para la aplicación de la Ley N° 31803, Ley que modifica la Ley N° 30220, Ley Universitaria, a fin de promover la investigación para la obtención del grado académico de
bachiller o del título profesional e impulsar la inserción de los graduandos de las universidades públicas y privadas en el mercado laboral”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 0042-2024-SUNEDU-CD.

De acuerdo con las referidas disposiciones corresponderá a cada universidad implementar en la malla curricular de sus programas académicos de pregrado el curso de trabajo de investigación.
que deberá dictarse en el último semestre académico de cada programa académico de pregrado.

El contenido del curso de trabajo de investigación será delimitado por la universidad conforme con su autonomía académica considerando estándares de calidad de investigación.

La denominación del curso de trabajo de investigación será definida por la universidad en el contexto de su autonomía académica.

En los programas académicos cuya malla curricular contemple prácticas de externado, internado,
práctica sanitaria poblacional u otro similar en el último semestre académico, el curso de trabajo de investigación se dictará en el semestre académico previo más próximo.

Además, para la obtención del Grado Académico de Bachiller se requerirá haber aprobado los estudios de pregrado y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa, teniendo en cuenta que los estudios universitarios de pregrado incluirán un curso de trabajo de investigación que se seguirá en el último semestre de estudios de cada carrera. 


Jueves 2 de Enero del 2025

OTTAS
Aprueban Lineamiento denominado “Monitoreo a la gestión institucional, operacional y/o comercial de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento”, Versión 01

El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (Ottas) aprobó el Lineamiento denominado “Monitoreo a la gestión institucional, operacional y/o comercial de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento”, Versión 01, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 000028-2024-OTASS-CD.

De acuerdo con la norma, se dispuso la publicación de dicho lineamiento en la sede digital del Ottas
(www.gob.pe/otass). Conozca la norma aquí


FISCALÍA DE LA NACIÓN
Fiscales designados en el 2024 con un período determinado continuarán en el ejercicio de sus funciones 

La Fiscalía de la Nación dispuso, que los fiscales continuarán en el ejercicio de sus funciones en las fiscalías, unidad funcional y/o orgánica en el Ministerio Público, como consecuencia de sus designaciones que se otorgaron durante el año 2024 -con un período determinado- hasta otra disposición por la Fiscalía de la Nación conforme a la normativa vigente.

Fue mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2978-2024-MP-FN, con la cual se precisa que la medida se adopta teniendo en cuenta que el Ministerio Público ha definido como
Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fiscales requeridos por la sociedad”. Objetivo tal que se orienta a mejorar el servicio que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis a su función constitucional como titular de la acción penal, lo cual importa la intervención del fiscal como ente encargado de conducir la investigación del delito, cuyas decisiones de gestión deben tomarse buscando su incidencia directa e indirectamente en la celeridad procesal, como preservar sus designaciones en mérito a su experiencia profesional adquirida.

Además, la Fiscalía de la Nación toma en cuenta que la atribución de designación de los fiscales en los despachos fiscales y unidades funcionales/orgánicas, son necesarias para el eficaz cumplimiento de las funciones constitucionales de defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos y la persecución del delito en todas sus modalidades. Conozca la norma aquí


Viernes 3 de Enero del 2025

Poder Judicial formaliza nueva conformación de salas en la Corte Suprema

El Poder Judicial publicó la Resolución Administrativa Nº 000001-2025-P-PJ que dispone la nueva conformación de las salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir de la fecha y para el presente Año Judicial.
De acuerdo con la norma, esta será de la siguiente manera:

Sala Civil Permanente
Ana María Aranda Rodríguez (presidenta), César Proaño Cueva, Rosa María Ubillús Fortini, Rita Valencia Dongo Cárdenas y Olegario Florián Vigo.

Sala Civil Transitoria
Carlos Giovani Arias Lazarte (presidente), Emilia Bustamante, Oyague, Carmen Julia Cabello Matamala, Rosa Juárez Ticona y Henry Huerta Sáenz.

Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente
Carlos Calderón Puertas (presidente), Gabino Espinoza Ortiz, Elizabeth Grossmann Casas, Elvira Álvarez Olazábal, Liliana Placencia Rubiños de Valdivia.

Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Jorge Salas Arenas (presidente), Diana Rodríguez Chávez, Omar Toledo Toribio, Rosa Dávila Broncano y Rosa Cabello Arce.


Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Javier Arévalo Vela (presidente), Angela Cárdenas Salcedo, Edith Alvarado Palacios de Marín, Martín Ato Alvarado y Cecilia Espinoza Montoya.

Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Silvia Consuelo Rueda Fernández (presidenta), Osvaldo Pisfil Capuñay, Juan Linares San Román, José Wilfredo Diaz Vallejos y José Manzo Villanueva.


Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Mariem De La Rosa Bedriñana (presidenta), Víctor Castillo León, Jackeline Yalán Leal, Elisa Carlos Casas y Perú Jiménez La Rosa.

Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria
Ulises Yaya Zumaeta (presidente), Wilber Bustamante Del Castillo, Yenny Delgado Aybar, Hilda Tovar Buendía y Luis Gutiérrez Remón. 

Sala Penal Permanente
Cesar San Martín Castro, Manuel Luján Túpez, María Paloma Altabás Kajatt de Milla, Iván Sequeiros Vargas y Sara Maita Dorregaray. 

Sala Penal Transitoria
Víctor Prado Saldarriaga (presidente), Araceli Baca Cabrera, Susana Castañeda Otsu, María Vásquez Vargas y Walter Ángeles Bachet.

Sala Penal Especial
José Neyra Flores (presidente), Iván Guerrero López y Norma Carbajal Chávez.

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema
Juan Carlos Checkley Soria (juez de Investigación Preparatoria). 

De acuerdo con el inciso 5) del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del presidente del Poder Judicial designar a los magistrados que integrarán las salas especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República.


Osinergmin aprueba lineamientos resolutivos sobre competencia en solución de controversias.

El Tribunal de Solución de Controversias (TSC) de Osinergmin aprobó los primeros lineamientos resolutivos para la aplicación de las normas relativas a la competencia de los órganos encargados de resolver disputas en el sector energético. 

Se trata de la Resolución de Sala Plena del Tribunal de Solución de Controversias de Osinergmin N° 01-2024-OS/TSC, que tiene como objetivo brindar a los agentes económicos y a los interesados una guía orientativa sobre cómo se determinará la competencia de los Cuerpos Colegiados (CC) y el propio TSC en los procedimientos de solución de controversias.

De acuerdo con la norma, estos lineamientos no son vinculantes, lo que significa que no constituyen una obligación para los órganos resolutivos ni adelantan opiniones sobre casos específicos. Sin embargo, representan un avance importante en la claridad y predictibilidad de las decisiones que se tomen dentro del marco normativo que regula este tipo de disputas. 

Además, los lineamientos recogen los criterios de interpretación empleados por el TSC y los CC durante las últimas dos décadas, lo que permite una comprensión más clara sobre la competencia de los órganos al abordar los casos de controversia.


San Miguel: Beneficios por pronto pago de arbitrios 2025 aplicables hasta el 28 de febrero

La Municipalidad de San Miguel aprobó la Ordenanza Nº 509/MDSM con el calendario tributario para el ejercicio fiscal 2025, el cual establece las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales en dicha jurisdicción limeña. 

Así, Para el Impuesto Predial, señala la norma los contribuyentes pueden optar por un pago al contado con vencimiento el 28 de febrero, o realizarlo de forma fraccionada en cuatro cuotas, con plazos establecidos para el 28 de febrero, 30 de mayo, 29 de agosto y 28 de noviembre.

En cuanto a los Arbitrios Municipales, las fechas de vencimiento varían mes a mes, desde el 28 de febrero para enero y febrero, hasta el 31 de diciembre para el mes de diciembre.

Asimismo, la ordenanza establece incentivos por pronto pago, ofreciendo un descuento del 10% para quienes no tengan deudas vencidas al 31 de diciembre de 2024, y un 5% para quienes cuenten con deudas de ejercicios anteriores. Estos descuentos son aplicables únicamente si el pago total se realiza hasta el 28 de febrero de 2025.

Finalmente, los pagos realizados fuera de los plazos establecidos estarán sujetos a intereses moratorios, conforme al Código Tributario. Además, se excluyen de los beneficios tributarios a los contribuyentes que gozan de reducciones por ser pensionistas, adultos mayores o tener limitaciones económicas.


Sábado 4 de Enero del 2025

Minjusdh: Nuevo plazo de vigencia para Grupo de Trabajo Multisectorial sobre casación

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) prorrogó el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, creado por Resolución Ministerial N° 0280-2024-JUS, por 30 días, a partir del 8 del presente mes.

La Resolución N° 0001-2025-JUS indica que el grupo de trabajo tiene como objeto elaborar una propuesta normativa para la optimización del marco jurídico vigente que regula la casación.
 
Además, señala, en su cuarta sesión ordinaria del 17 de diciembre de 2024, acordó prorrogar su vigencia por 30 días calendario, considerando la finalidad de la propuesta que es la optimización del marco jurídico vigente sobre la casación, lo cual incluye el análisis de códigos y leyes procesales que la regulan. Conozca la norma aquí.


Susalud: conforman las salas especializadas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud para el periodo 2025

La conformación de las salas especializadas del Tribunal de la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) para el periodo 2025 aprobó esta entidad.

La Resolución N° 002-2025-Susalud/S precisa que la Primera Sala, Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud-IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS-UGIPRESS, así como en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPRESS y de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios la integrarán Juan Carlos Bustamante Zavala, Magdiel Gonzales Menéndez y Orlando Chiong Lizano.

La Segunda Sala, Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud-IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS-UGIPRESS; así como en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPRESS y de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios, la conformarán José Carlos Del Carmen Sara, Darwin Emilio Hidalgo Salas y José Hugo Rodríguez Brignardello.
 
Mientras, la Tercera Sala, Especializada en casos de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud-IAFAS y Unidades de Gestión de IPRESS-UGIPRESS, así como en casos de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPRESS y de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios la integrarán Noé Vizcarra Villegas, Carlos Manuel Químper Herrera y Hebert Eduardo Tassano Velaochaga. Conozca la norma aquí.


Ministerio Público: Designan fiscal coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio

El Ministerio Público designó a Mirko Dino Cano Gamero fiscal como coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, así como coordinador en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima

La Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 003-2025-MP-FN designa también a Elma Sonia Vergara Cabrera, fiscal superior titular penal de Loreto, Distrito Fiscal de Loreto, en el despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Loreto.

Mientras, el fiscal adjunto superior titular penal de Loreto, Distrito Fiscal de Loreto, Rony Del Aguila Gonzales, se desempeñará en el despacho de la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Loreto.

El Ministerio Público designó a Hagler Luis Manuel Caballero Mego, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Maynas, Distrito Fiscal de Loreto, en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas. Conozca la norma aquí.

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