Así lo recordó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), en cumplimiento del Decreto Supremo N° 013-2023-MTC, publicado el 31 de agosto de 2023, que modificó el cronograma de exigibilidad del curso.
Por lo tanto, la aprobación del curso deberá demostrarse a partir del 1 de enero de 2025, de acuerdo con los plazos establecidos para cada tipo de servicio de transporte.
El primer grupo que deberá acreditar la formación está compuesto por los conductores del servicio de transporte internacional y especial de personas, como taxis, transporte turístico terrestre, movilidad de estudiantes, trabajadores y otros servicios similares. Para este grupo, la exigencia comenzará el 1 de enero de 2025.
El segundo grupo incluye a los conductores del servicio de transporte regular de personas, quienes deberán presentar la documentación correspondiente a partir del 1 de marzo de 2025.
El tercer grupo está formado por los conductores de transporte de mercancías especiales, quienes deberán cumplir con la exigencia del curso a partir del 1 de mayo de 2025.
Finalmente, el cuarto grupo está integrado por los conductores del servicio de transporte de mercancías generales, quienes deberán cumplir con la obligación a partir del 1 de julio de 2025.
Este curso de actualización, cuya realización es obligatoria cada cinco años, se imparte en escuelas de conductores debidamente autorizadas por el MTC. Con una duración total de seis horas pedagógicas, el curso podrá tomarse en una o tres sesiones presenciales, y la asistencia se registrará al inicio y al final de cada sesión mediante identificación biométrica.
La Sutran exhorta a los conductores y transportistas a aprobar el curso con anticipación para cumplir con la normativa y fortalecer sus conocimientos sobre la reglamentación vigente, contribuyendo así a la seguridad vial y a un transporte terrestre más eficiente. Asimismo, se recuerda que, conforme al Reglamento Nacional de Administración del Transporte, no cumplir con esta exigencia conllevará la retención de la licencia de conducir y la suspensión de la habilitación del conductor por 60 días.