El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 21 de diciembre del 2024
Congreso: Aprueban Ley N° 32212 para fortalecer la gestión y el manejo de residuos sólidos
El Congreso de la República promulgó la Ley N° 32212, que modifica el Decreto Legislativo N° 1278, que aprueba la Ley de gestión integral de residuos sólidos, y la Ley N° 26793, de creación del Fondo Nacional del Ambiente, para fortalecer la gestión y el manejo de residuos sólidos.
La norma señala que el Estado garantizará la prestación continua, regular, permanente y obligatoria del servicio de limpieza pública que comprende la recolección, transporte, valorización, transferencia y disposición final de los residuos sólidos de los predios de la jurisdicción, residuos de la construcción y demolición de obras menores, así como el servicio de barrido y limpieza de vías, plazas y demás áreas públicas.
La limpieza pública constituye un servicio público esencial y regular que contribuye a la salud de la población y al mejoramiento del ambiente. Su prestación, en las mejores condiciones de calidad y eficiencia, es garantizada por los gobiernos locales, subraya.
La ley precisa que, sin perjuicio del rol subsidiario del Estado, será de obligatorio cumplimiento que las autoridades competentes adopten medidas y disposiciones que incentiven la inversión pública y privada en estas actividades.
Además, la ley establece que la producción de bienes y servicios en todos los sectores productivos del país privilegiará el uso eficiente de los insumos y materiales.
Para tal fin, se buscará permanentemente una mayor productividad en el uso de los materiales y la prevención de la generación de residuos, mediante, entre otras alternativas, el ecodiseño, la optimización de los procesos productivos, la innovación o la mejora tecnológica y el aprovechamiento de materiales de descarte.
El Ministerio del Ambiente (Minam), mediante decreto supremo refrendado por el o los sectores vinculados, cuando corresponda, aprobará la normativa de los bienes priorizados que se encuentran sujetos a este régimen especial de gestión de residuos sólidos, las obligaciones de los actores de la cadena de valor, los objetivos, las metas, el sistema de manejo, los plazos para la implementación de dicho régimen u otros que correspondan, así como la actualización de las metas de estos regímenes, conforme lo establezca el reglamento. Conozca la norma aquí.
MEF: oficializan la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativos que se realicen en los procedimientos a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE
La obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativos que se realicen en los procedimientos administrativos sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) aprobó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Mediante el Decreto Supremo N° 278-2024-EF se precisa que la finalidad es optimizar la eficiencia y la celeridad de los procedimientos administrativos sancionadores a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado mediante la notificación vía casilla electrónica, garantizándose el derecho a la debida notificación implícito al debido procedimiento administrativo a favor de los administrados.
La norma se aplicará a los administrados que son parte de un procedimiento administrativo sancionador a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, o normas que los sustituyan.
Así también a los administrados que son parte de un procedimiento administrativo sancionador en el marco de los regímenes especiales de contratación en los que se haya asignado al Tribunal de Contrataciones del Estado la facultad de determinar infracciones y aplicar sanciones. Conozca la norma aquí.
MEF: Oficializan el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los Decretos Legislativos N° 728, N° 1057 y Leyes N° 30057, N° 29709 y N° 28091
El Gobierno aprobó un incremento mensual de 100 soles para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes de los Decretos Legislativos N° 728, N° 1057 y Leyes N° 30057, N° 29709 y N° 28091, a partir del 1 de enero del 2025.
El Decreto Supremo N° 279-2024-EF señala que en caso el ingreso mensual total que incluya el incremento aprobado supere los 15,600 soles, el monto del incremento mensual se ajustará a ese límite.
El aumento mensual tendrá carácter remunerativo, será de naturaleza pensionable, se encontrará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales, según corresponda.
En el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, el incremento será base de cálculo para las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad; bonificación extraordinaria de julio y diciembre; y, la compensación por tiempo de servicios.
La norma establece que en el régimen laboral de la Ley N° 30057, el aumento se incorporará a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad; y, a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Mientras, que para el régimen laboral de la Ley N° 29709, el incremento se incorporará a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y, a la CTS al concluir la relación laboral.
El decreto supremo indica que en el régimen laboral de la Ley N° 28091, el aumento se incorporará a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y, a la CTS al cese en el servicio diplomático. Conozca la norma aquí.
MEF: aprueban el incremento denominado Negociación colectiva centralizada 2024-2025 para los servidores y funcionarios sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 de los gobiernos locales.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el concepto de “Negociación colectiva centralizada 2024-2025” para los servidores administrativos sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, pertenecientes al grupo ocupacional funcionario, profesional, técnico y auxiliar de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados.
El Decreto Supremo N° 280-2024-EF fijó en 100 soles el monto del concepto antes señalado y precisó que en caso de que el ingreso mensual total que lo incluya supere los 15,600 soles, se ajustará a este límite.
De acuerdo con la norma, el concepto “Negociación colectiva centralizada 2024-2025” será de naturaleza remunerativa, tendrá carácter pensionable, se encontrará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan, según la normativa vigente.
El concepto se abonará únicamente hasta que la municipalidad implemente la estructura de ingresos del personal de los servidores públicos bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, regulada en la normativa vigente, precisa la norma.
Además, señala que se financiará con cargo a los respectivos presupuestos institucionales de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Entrará en vigor el 1 de enero de 2025, anota. Conozca la norma aquí.
MEF: nuevo Monto Único Consolidado (MUC) para los servidores administrativos y funcionarios sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276 de las entidades del Gobierno nacional y regionales
Mediante el Decreto Supremo N° 282-2024-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) que perciben los servidores administrativos sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, pertenecientes al grupo ocupacional funcionario, profesional, técnico y auxiliar de las entidades de los gobiernos nacional y regionales.
El nuevo MUC, que van desde los 1,157 soles hasta los 1,543 soles, de acuerdo con el grupo ocupacional, será de naturaleza remunerativa, tendrá carácter pensionable, se encontrará afecto a cargas sociales y constituirá base de cálculo para los beneficios laborales que correspondan, según la normativa vigente.
En el marco del Decreto de Urgencia N° 038-2019, cuando el monto afecto a cargas sociales determinado sea mayor al nuevo MUC, se mantendrá el referido monto afecto a cargas sociales; y, cuando el monto afecto a cargas sociales determinado sea menor o igual al nuevo MUC, el monto afecto a cargas sociales será el nuevo MUC, señala la norma.
El decreto supremo establece que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas de oficio actualizará en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) el nuevo MUC aprobado. Conozca la norma aquí.
Poder Judicial: aprueban el Protocolo “Actuación en la Etapa de Ejecución del Proceso Contencioso Administrativo en la Subespecialidad Laboral y Previsional” - Versión 001
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó el Protocolo “Actuación en la Etapa de Ejecución del Proceso Contencioso Administrativo en la Subespecialidad Laboral y Previsional” - Versión 001.
La Resolución Administrativa N° 000432-2024-CE-PJ señala que con el documento se busca incrementar la celeridad a la actuación de los procesos laborales en los juzgados de trabajo competentes en las subespecialidades contencioso administrativo laboral y previsional.
La norma indica que se notificará a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control, Equipo Técnico de Implementación Institucional de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Salas Supremas Permanentes y Transitorias, Secretaría General y Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia, Cortes Superiores de Justicia, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Conozca la norma aquí.
Poder Judicial: Plan Piloto de los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional mantendrá su vigencia en el 2025
El “Plan Piloto de los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional” mantendrá su vigencia en el 2025 a fin de continuar con la descarga de los procesos judiciales en ejecución, según estableció el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
La Resolución Administrativa N° 0444-2024-CE-PJ recuerda que, mediante Resolución Administrativa N° 000254-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan para la Descarga de los Procesos Judiciales 2023”, que incluye el “Plan Piloto de los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional”.
El objetivo es atender los procesos judiciales pendientes en ejecución, y la descarga de los procesos judiciales pendientes en trámite, en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Lima, Lima Este y Piura. Asimismo, a través de la Resolución Administrativa N° 000134-2024-CE-PJ se aprobó mantener su vigencia en todo el 2024.
Además, se precisa que han logrado un gran éxito en la descarga procesal, a nivel de las Cortes Superiores de Justicia Piloto de Arequipa, Lima, Lima Este y Piura, ya que en el periodo de enero a noviembre de 2024 produjeron un total de 179,422 expedientes y su proyección a diciembre de 2024 será de 195,733 expedientes, lo que representa un 177.6 % de descarga procesal, a diferencia del año anterior.
Asimismo, que a nivel nacional, los Módulos de Ejecución de apoyo a la función jurisdiccional han fortalecido la descarga, ya que en el periodo de enero a noviembre de 2024 produjeron un total de 288,260 expedientes y su proyección a diciembre de 2024 será de 314,465 expedientes, lo que representa un 65 % de descarga procesal, a diferencia del año anterior.
Por otro lado, indica que los recursos presupuestarios que requieren los módulos de ejecución para su continuidad en el 2025 se encuentran solventados en el presupuesto inercial que ha sido otorgado al Poder Judicial en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2025. Conozca la norma aquí.