• LUNES 23
  • de marzo de 2026

Derecho

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somete a debate público proyecto de decreto supremo

MTC plantea cambios a norma sobre tránsito

Busca actualizar reglas relativas al deber de usar casco de seguridad.

De esta manera, la iniciativa tiene por finalidad reducir los riesgos de lesiones y muerte que puedan sufrir los conductores y acompañantes de motocicletas en caso la ocurrencia de siniestros viales y, de ese modo, proteger la vida y la integridad física, ello en atención a la obligatoriedad del uso del casco de seguridad.

Planteamientos

De acuerdo con el proyecto , el conductor y el acompañante de un vehículo automotor menor, no cabinado, deben usar casco de seguridad, teniendo en cuenta que el conductor además debe usar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector cortaviento o el vehículo carezca de parabrisas.

En ese contexto, la iniciativa normativa modificatoria establece que los cascos de seguridad para usuarios de motocicletas deben cumplir con las especificaciones técnicas mínimas establecidas mediante resolución directoral emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Adicionalmente, precisa que el conductor y el acompañante de una motocicleta deben usar un chaleco o chaqueta con material retrorreflectivo, en cuya espalda se halle fijado el número de matrícula de la Placa Única Nacional de Rodaje de dicho vehículo.

Sin embargo, independientemente de la obligación de portar y exhibir la Placa Única Nacional de Rodaje, se exceptuaría del uso del mencionado chaleco a aquellos conductores y acompañantes en cuyas motocicletas se encuentre consignado el número de matrícula en la parte lateral o posterior del vehículo y que tenga como accesorios un baúl, maletero u otros, en los que en forma visible se aprecie el número de la Placa Única Nacional de Rodaje.

Además, se exceptuaría del uso de la misma prenda a los conductores y acompañantes de motocicletas de colección, de las que cuenten con placa de exhibición y de aquellas que cuenten con un motor con cilindrada mayor a 500 cc.

Para el caso de los policías se especifica que el color del chaleco de los efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) será de uso exclusivo de sus efectivos, estando prohibida su utilización por cualquier otra persona o institución.

Asimismo, se precisa que quedará prohibido llevar algún objeto por encima o detrás del chaleco que restrinja o impida la visibilidad del número de matrícula.

El proyecto de decreto supremo está publicado en www.gob.pe/mtc.

Comentarios

Los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía sobre el proyecto de decreto supremo modificatorio deberán remitirse dentro del plazo de 15 días calendario a la sede principal del MTC con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, ubicada en jirón Zorritos N° 1203, Cercado de Lima, o a la dirección electrónica normasvial@mtc.gob.pe.

Conforme al literal a) del artículo 16° de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el MTC es el órgano rector a escala nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con competencia normativa para dictar los reglamentos nacionales establecidos en dicha ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito.

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