• JUEVES 11
  • de junio de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 1° al 7 de Diciembre del 2024

Domingo 1° de Diciembre del 2024


PODER EJECUTIVO
Oficializan nombramiento de Jorge Luis José Montero Cornejo como nuevo Ministro de Energía y Minas

El Poder Ejecutivo oficializó el nombramiento del señor Jorge Luis José Montero Cornejo como Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, mediante la publicación de la Resolución Suprema Nº 249-2024-PCM.

De acuerdo con la norma, la declaración jurada del ministro nombrado es publicada en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), en la misma fecha de publicación
de la citada Resolución Suprema. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación del proceso de Extinción de Dominio

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación del proceso de Extinción de Dominio mediante el Decreto Supremo N° 017-2024-JUS.

El documento normativo, aprobado conforme al Decreto Legislativo Nº 1373 - Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio, establece las disposiciones para garantizar el cumplimiento de la normatividad sobre extinción de dominio, definiendo nueve reglas de actuación para asegurar la adecuada y óptima aplicación de las disposiciones por parte de los operadores del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio.

Dichas reglas regulan la actuación entre el Ministerio Público y las procuradurías especializadas durante la indagación patrimonial, así como la actuación para la identificación, individualización, localización y ubicación de los bienes de valor patrimonial.

También regulan la actuación para la ejecución de la técnica especial de circulación y entrega vigilada de bienes ilícitos, la aplicación de la técnica especial de investigación de control de las comunicaciones e interceptación postal, la aplicación de la sentencia anticipada en el proceso de extinción de dominio y, para la cadena de custodia.

Asimismo, las reglas regulan la actuación para la declaración de abandono de bienes, la ejecución de sentencias y, para la aplicación de la subasta pública anticipada. 

Las disposiciones contenidas en el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación del proceso de Extinción de Dominio, son de aplicación obligatoria por parte de los operadores de justicia que integran el Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio y las
instituciones competentes en el desarrollo de las atribuciones y funciones contempladas en el Decreto Legislativo Nº 1373.

Corresponderá a la Coordinación del Subsistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, verificar el cumplimiento del protocolo conforme al Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio. Asimismo, difundir y efectuar la capacitación interinstitucional del Protocolo de Actuación Interinstitucional para la aplicación del proceso de Extinción de Dominio. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Oficializan la realización del II Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, oficializó la realización del II Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo, desde el día 3 de febrero del 2025 hasta el día 7 de marzo del 2025.

De acuerdo con la Resolución Directoral N° 00005-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU el II Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo está dirigido a los estudiantes que se
encuentren cursando el último año o ciclos y/o egresados de los años 2023 y 2024 de las carreras de Arquitectura, Derecho, Economía o Ingeniería Económica, Ingeniería Civil, Ingeniería Geográfica o Geografía, de las universidades a nivel nacional.

El curso comprende 150 horas académicas tendrá una duración de cinco (05) semanas. La modalidad será semipresencial (80% virtual - 20% presencial). Durante las primeras cuatro semanas se desarrollará en modalidad virtual; y, la quinta semana de manera presencial en el Centro de Convenciones de Lima, ubicado en Calle De La Arqueología N° 206 - San Borja.
Las clases se realizarán de lunes a viernes.

Corresponderá a la Dirección de Vivienda; a la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados; y, a la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano efectuar la organización, ejecución y seguimiento del II Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo 

Para tal efecto, el citado portafolio aprobó la malla curricular, el cronograma del proceso
de selección y el cronograma del desarrollo del II Curso de Extensión Universitaria en Vivienda y Urbanismo. Conozca la norma aquí


SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban “Disposiciones destinadas a garantizar la continuación de los procedimientos de revisión periódica en trámite y posterior adecuación al Reglamento del Decreto Legislativo
N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA”

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) aprobó las “Disposiciones destinadas a garantizar la continuación de los procedimientos de revisión periódica en trámite y posterior adecuación al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto
Supremo N° 009-2024-VIVIENDA”.

De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo N° 074-2024-SUNASS-CD dichas disposiciones fijan reglas que permitirán la continuidad de los procedimientos tarifarios próximos a finalizar y, una posterior adecuación de los estudios tarifarios que se deriven de los referidos procedimientos, a las disposiciones del Reglamento de la Ley del Servicio Universal. 

La Sunass dispuso la difusión de las citadas disposiciones así como su exposición de motivos en su portal institucional (www.gob.pe/sunass). Conozca la norma aquí


SUNAT
Disponen la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el formulario virtual para declarar y/o pagar el IGV percibido y/o retenido según el artículo 49°-A de la Ley del IGV e ISC; crea la plataforma Declaración y pago para no domiciliados y regula la declaración y pago en dólares y la compensación

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el formulario virtual
para declarar y/o pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV) percibido y/o retenido según el artículo 49-A de la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC); crea la plataforma Declaración y pago para no domiciliados y regula la declaración y pago en dólares y
la compensación; así como de su exposición de motivos, en la sede digital de la Sunat (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias del público.

De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000270-2024/SUNAT las opiniones, comentarios y sugerencias del público podrán presentarse en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a nivel nacional y en la Mesa de Partes Virtual - Sunat; o, enviarse a la
siguiente dirección de correo electrónico: CFERNAND@sunat.gob.pe.

Corresponderá a la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos recibirlos, sistematizarlos y analizarlos. Conozca la norma aquí


RENIEC
Jefa del Reniec participará en la sustentación del Segundo Informe Periódico del Perú ante el Comité para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra en Suiza 

La Jefa Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN, formará parte de la Delegación del Estado peruano
para la sustentación del Segundo Informe Periódico del Perú ante el Comité para la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, que se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra en Suiza los días 4 y 5 de diciembre del 2024.

Para tal efecto, el Reniec autorizó el viaje de su jefa, en comisión de servicios a la
Ciudad de Ginebra en Suiza del 2 al 7 de diciembre del 2024, mediante la Resolución Jefatural Nº 000181-2024/JNAC/RENIEC.

Se encarga a la servidora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General, las funciones del cargo de Jefa Nacional del Reniec, del 2 al 7 de diciembre del 2024, con retención de su cargo.  Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
El Ministro de Justicia y Derechos Humanos participará en las sesiones de alto nivel del Vigésimo Tercer Período de Sesiones de la Asamblea de los Estados Partes del Estatuto de Roma a llevarse a cabo en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del sábado 30 de Noviembre del 2024)

El Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humano EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, participará en las reuniones preparatorias con la Embajadora del Perú en
el Reino de los Países Bajos y en las sesiones de alto nivel del Vigésimo Tercer Período de Sesiones de la Asamblea de los Estados Partes (ASP23) del Estatuto de Roma, los días 1° y 2 de diciembre del 2024 en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos.

Para tal efecto el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos, del 30 de noviembre al 3 de diciembre del 2024, mediante la Resolución Suprema N° 248-2024-PCM.

Se encarga el Despacho de Justicia y Derechos Humanos al señor DANIEL YSAU MAURATE
ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, en tanto dure la ausencia del titular.


Lunes 2 de Diciembre del 2024

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS"

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) aprobó la herramienta denominada “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” mediante la Resolución Ministerial N° D000184-2024-MIDIS.

Esta herramienta está destinada a gestionar, organizar y difundir información relacionada al proceso de implementación del Modelo de Integridad en la Sede Central MIDIS y los Programas Nacionales, así como los acuerdos de la Red de Integridad y los resultados de la evaluación del Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, publicados periódicamente por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

El “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” será administrado por la Oficina de Integridad Institucional. Para tal efecto contará con el apoyo y realizará las coordinaciones que sean necesarias con la Oficina General de Comunicación Estratégica y la Oficina General de Tecnologías de la Información.

La información contenida en el “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” podrá ser integrada a los observatorios de integridad u otros similares de la Secretaría de Integridad Pública de la PCM, conforme a las recomendaciones que formule la Oficina de Integridad Institucional.

La Oficina de Integridad Institucional quedará habilitada a gestionar y proponer la actualización y/o modificación del contenido del “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS”, así como cualquier documento normativo para su mejor operatividad y funcionamiento en coordinación con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el mismo que será aprobado por la máxima autoridad administrativa del MIDIS.

El “Observatorio de Integridad del Sector MIDIS” se encontrará alojado en el Portal Web del MIDIS con la finalidad de permitir su libre, gratuito y fácil acceso. Conozca la norma aquí


SUNASS
Modifican la “Norma complementaria al Decreto Supremo N° 010-2019-VIVIENDA, Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario”

Para adecuar el marco normativo emitido por la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) a las disposiciones relativas a las reforma estructural e integral del sistema de agua potable y saneamiento, esta entidad supervisora modificó los artículos 1°, 3°, 9°, 10°, 11°, 12°,14°, 19° y 20°, la segunda disposición complementaria transitoria y los anexos 1 y 2 de la “Norma complementaria al Decreto Supremo N.° 010-2019-VIVIENDA, Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario”, aprobada por la Resolución de Consejo Directivo N.° 011-2020-SUNASS-CD.

Fue mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 073-2024-SUNASS-CD, la cual precisa que es objeto de la norma complementaria modificada establecer las disposiciones complementarias al Decreto Supremo N° 010-2019-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Valores Máximos Admisibles (VMA) para las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario referidas, entre otras, al procedimiento para comunicar al Usuario No Doméstico los costos por las acciones de mejora que realice la empresa prestadora de servicios de agua potable y saneamiento producto de las descargas accidentales.
Conozca la norma aquí


ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Aceptan renuncia de Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura

El Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura (Amag), por unanimidad, aceptó la renuncia formulada por el señor doctor Manuel Estuardo Luján Túpez al cargo de la Presidencia de la Amag, con efectividad a partir del día 22 de noviembre de 2024.

Fue mediante la Resolución N° 000030-2024-D-AMAG/CD-P con la cual se le agradece los servicios prestados en su calidad de Presidente del Consejo Directivo de la Amag. Conozca la norma


Martes 3 de Diciembre del 2024

MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó el Reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco
del Sistema Nacional de Gestión Ambiental (SNGA), mediante el Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM.

La norma reglamentaria establece la naturaleza y conformación del SNGA, los roles de sus integrantes, los instrumentos de gestión ambiental, y los mecanismos de coordinación y articulación de los diferentes integrantes que lo conforman.

Consta de tres (3) Títulos, cincuenta y cuatro (54) artículos, una Única Disposición Complementaria Final y dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban la Guía para la compensación ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó la “Guía para la compensación ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”, mediante la Resolución Ministerial Nº 00421-2024-MINAM.

Esta guía orienta los procesos de evaluación del impacto ambiental que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución Ministerial.

Se dispone la publicación del documento orientador en la sede digital del Minam (https://www.gob.pe/minam). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Disponen la publicación de proyecto de “Procedimientos para la presentación y tramitación de autorización de la Declaración Diaria de Zarpe y Arribo electrónica de naves pesqueras nacionales en el ámbito marítimo, fluvial y lacustre a través de los TrazApp para naves pesqueras de una capacidad de bodega hasta 32.60 m3 y TrazApp Web para naves de una capacidad de bodega mayor de 32.60 m3"

El Ministerio de Defensa dispuso, mediante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, dispuso la publicación del proyecto de resolución directoral que aprueba los “Procedimientos para la presentación y tramitación de autorización de la Declaración Diaria de Zarpe y Arribo electrónica de naves pesqueras nacionales en el ámbito marítimo, fluvial y lacustre a través de los TrazApp para naves pesqueras de una capacidad de bodega hasta 32.60 m3 y TrazApp Web para naves de una capacidad de bodega mayor de 32.60 m3.

De acuerdo con la Resolución Directoral N° 742-2024 MGP/DICAPI la propuesta de procedimientos será publicada en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe.

Además se dispuso su publicación en la Sede Digital de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe, por un plazo de TREINTA (30) días calendarios, contados a partir de la fecha de publicación en dicho portal electrónico, a efectos de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones de la comunidad marítima y público en general, debidamente sustentados y justificados de acuerdo a las legislaciones vigentes y a las condiciones técnicas nacionales e internacionales. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Disponen consultar a la comunidad marítima la propuesta de aprobar el proyecto de Resolución Directoral que aprueba la Norma sobre el Arqueo de naves y los procedimientos para la determinación del Arqueo Bruto y Arqueo Neto de las naves y artefactos navales de bandera nacional, en virtud a las exigencias del Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques (1969)

El Ministerio de Defensa, mediante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, dispuso se realice la consulta a la comunidad marítima la propuesta de aprobar el proyecto de Resolución Directoral que aprueba la Norma sobre el Arqueo de naves y los procedimientos para la determinación del Arqueo Bruto y Arqueo Neto de las naves y artefactos navales de bandera nacional, en virtud a las exigencias del Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques (1969).

De acuerdo con la Resolución Directoral Nº 790-2024 MGP/DICAPI se dispuso que el proyecto se publique en la sede digital de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe, por un plazo de TREINTA (30) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la citada resolución directoral en el Diario Oficial “El Peruano”, a efectos de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones por parte de las entidades públicas o privadas y público en general. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Aprueban procedimiento para el otorgamiento del Certificado de Exención a naves de bandera nacional, en virtud de lo dispuesto en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 1974, Regla 1/2: protocolo de 1988

El Ministerio de Defensa, mediante la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, aprobó el procedimiento para el otorgamiento del Certificado de Exención a naves de bandera nacional, en virtud de lo dispuesto en el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el
Mar 1974, Regla 1/2: protocolo de 1988; mediante la Resolución Directoral N° 792-2024 MGP/DICAPI.

Se dispuso la publicación de dicho procedimiento en el portal electrónico de la Autoridad
Marítima Nacional: https://www.dicapi.mil.pe para los fines de conocimiento Público.Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Aprueban incorporación a las normas nacionales de diversas Resoluciones expedidas por la Asamblea y del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, relacionadas a las enmiendas del Convenio Internacional sobre las Líneas de Carga, 1966, y su protocolo de 1988

El Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, aprobó la incorporación a las normas nacionales las siguientes Resoluciones expedidas por
la Asamblea y del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional – OMI, relacionado a las enmiendas del Convenio Internacional sobre las Líneas de Carga, 1966, y su protocolo de 1988:

a) Resoluciones de la Asamblea de la OMI A.231(VII) de 12 de octubre de 1971, A.319(IX) de 12 de noviembre de 1975, A.320 (IX) de 12 de noviembre de 1975, A.411(XI) de 15 de noviembre de 1979, A.513(13) de 17 de noviembre de 1983, A.514(13) de 17 de noviembre de
1983, A.784(19) de 23 de noviembre de 1995, A.961(23) de 5 de diciembre del 2003, A.972(24) de 1 de diciembre del 2005, A.1082(28) de 4 de diciembre del 2013, A.1083(28) de 4 de diciembre del 2013.
b) Resoluciones del Comité de Seguridad Marítima de la OMI, MSC.143(77) del 1° de enero de 2005, MSC.172(79) de 2 de julio del 2006, MSC.223(82) del 1° de julio del 2008, MSC.270(85) del 1° de julio del 2010, MSC.329(90) del 1° de julio del 2014, MSC.345(91) del 1° de enero del 2014, MSC.356(92) del 1° de julio del 2015, MSC.375(93) del 1° de enero del 2016, MSC.414(97) del 1° de enero del 2020, MSC.491(104) de 1 de enero del 2024

Así lo detalla la Resolución Directoral Nº 943-2024 MGP/DICAPI. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Modifican los artículos 7 y 9 del Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, y lo adecúa a lo dispuesto en las Leyes N° 31370 y N° 32035, que modifican los artículos 19°, 23° y 33°-B de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó los artículos 7° y 9° del Reglamento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 069-2003-EF, y lo adecuó a lo dispuesto en las Leyes N° 31370 y N° 32035, que modifican los artículos 19°, 23° y 33°-B de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva.

Fue mediante el Decreto Supremo N° 245-2024-EF con el cual se modifica el tratamiento de las medidas cautelares previas y de la revisión judicial del procedimiento de Ejecución Coactiva. 

Además se establece que los procesos de revisión judicial que se encuentren en trámite a la entrada en vigencia de este Decreto Supremo, se resolverán conforme a lo dispuesto por la Segunda Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por Resolución Ministerial N° 010-93-JUS. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban seis Normas Técnicas Peruanas en su versión 2024 sobre carne y productos cárnicos, cereales, yesos, y otras

El Ministerio de la Producción (Produce), a través de la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó seis Normas Técnicas Peruanas en su versión 2024 sobre carne y productos cárnicos, cereales y menestras, yesos, así como sobre exposiciones, espectáculos, ferias y convenciones.

De acuerdo con la Resolución Directoral N° 027-2024-INACAL/DN se deja sin efecto siete normas técnicas sobre los mismos conceptos en sus versiones anteriores. Conozca la norma aquí


CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Aprueban la Directiva N° 014-2024-CG/VCST “Supervisión Técnica a los Servicios de Control"

La Contraloría General de la República aprobó la Directiva Nº 014-2024-CG/VCST “Supervisión Técnica a los Servicios de Control”, mediante la Resolución de Contraloría Nº 708-2024-CG.

En ese contexto, dispuso que las supervisiones técnicas que se encuentren en proceso a la fecha
de entrada en vigencia de la Directiva aprobada continúen realizándose hasta su conclusión considerando las disposiciones establecidas en la normativa vigente a la fecha de su inicio.

Además, se dispuso publicar la citada directiva en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Conozca la norma aquí


SBS
Declaran la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito MF y su exclusión del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) declaró la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito MF y su exclusión del
Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público.

Fue mediante la Resolución SBS N° 04072-2024 con la cual se designa a la señora Rocio La
Rosa Leon, identificada con DNI N° 28306988, y al señor Hubert Luque Peralta, identificado con DNI N° 29659182, como administradores temporales, principal y alterno, respectivamente, para que, indistintamente cualquiera de ellos, en representación de dicha superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la disolución de la Cooperativa de Ahorro y Crédito MF.
Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32177: Regulan el otorgamiento de dietas y la realización de sesiones de los diferentes órganos resolutivos del Indecopi
(Edición extraordinaria de Normas Legales del lunes 2 de Diciembre del 2024)

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32177, Ley que regula el otorgamiento de dietas y la realización de sesiones de los diferentes órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

La norma, aprobada por el Congreso de la República, regula la cantidad de sesiones a realizar de los órganos resolutivos del Indecopi y establece el número máximo de dietas por percibir al mes del vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, así como del comisionado que desempeña su función a tiempo parcial, para propiciar la eficacia y eficiencia de dichos órganos resolutivos. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32178: Modifican Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, para establecer excepciones al Ministerio de Salud y al INEN respecto de sus tasas, ingresos no tributarios y multas
(Edición extraordinaria de Normas Legales del lunes 2 de Diciembre del 2024)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32178, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, para establecer excepciones al Ministerio de Salud y al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) respecto de sus tasas, ingresos no tributarios y multas.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se incorpora la disposición complementaria final novena al Decreto Legislativo N°1441, Decreto Legislativo
del Sistema Nacional de Tesorería, con el siguiente texto: 

"Novena.- Excepción del ámbito de aplicación de lo dispuesto en el párrafo 15.3 del artículo 15
Se exceptúa del ámbito de aplicación de lo dispuesto en el párrafo 15.3 del artículo 15 a los ingresos provenientes de tasas, ingresos no tributarios y multas que recauden las unidades ejecutoras de los pliegos Ministerio de Salud e Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN), constituyendo estos recursos directamente recaudados que no están comprendidos en los alcances del artículo 3 del Decreto Supremo 043-2022-EF —Dictan disposiciones para la aplicación de lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 y el numeral 1 de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería—”. Conozca la norma aquí


Miércoles 4 de Diciembre del 2024

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32179: Modifican la Ley que declara en emergencia el Sistema Nacional de Salud
y regula su proceso de reforma, a fin de precisar las condiciones del personal de suplencia para ser contratado a plazo indeterminado

El Congreso de la República publicó la Ley N° 32179, Ley que modifica la Ley N° 31125, Ley que declara en emergencia el Sistema Nacional de Salud y regula su proceso de reforma, a fin de precisar las condiciones del personal de suplencia para ser contratado a plazo indeterminado.

De acuerdo con la norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, será contratado por la misma modalidad del régimen establecido en el Texto Único Ordenado
del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo 003-97-TR, el personal de suplencia sin vínculo laboral actual, cuyo contrato no fue renovado, pero cumpla con las siguientes condiciones:

a) Haber ingresado como personal de suplencia a plazo fijo mediante concurso público, bajo
cualquier régimen de contratación.
b) Haber estado contratado como suplencia con un contrato que ya venció o fue interrumpido
durante la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19, antes de la promulgación de la
Ley N° 31549, Ley que modifica la Ley N° 31125, Ley que declara en emergencia el Sistema Nacional de Salud y regula su proceso de reforma, y que cumpla con dos años continuos o tres
discontinuos.
c) Para efectos de este último requisito se sumarán los plazos de servicios de los diferentes establecimientos del Seguro Social de Salud (Essalud), donde fue contratado, y se reincorporará en la última plaza donde fue contratado bajo la modalidad de suplencia. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministerio de la Producción participará en la misión exploratoria “El impulso de la modernización y digitalización de los negocios tradicionales en los mercados de abastos”, a llevarse a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea

El Ministerio de l Producción participará en la misión exploratoria denominada: “El impulso
de la modernización y digitalización de los negocios tradicionales en los mercados de abastos”, a llevarse a cabo en la ciudad de Seúl, República de Corea, del 9 al 11 de diciembre del 2024.

Para tal efecto el Poder Ejecutivo autorizó el viaje del señor SERGIO GONZALEZ GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, a la ciudad de Seúl,
República de Corea, del 7 al 11 de diciembre de 2024, mediante Resolución Suprema N° 252-2024-PCM.

De acuerdo con la norma, se encarga el Despacho de la Producción al señor ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece nuevo plazo para la adecuación ambiental de las actividades de residuos sólidos

El Ministerio del Ambiente (Minam)  dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que establece nuevo plazo para la adecuación ambiental de las actividades de residuos sólidos y dicta otras disposiciones, así como su Exposición de Motivos, mediante la Resolución Ministerial N° 00422-2024-MINAM.

Dicha publicación se realiza en la sede digital del Minam (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de dicha Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto deberán remitirse por escrito al Minam, sito en la
Avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica digrs@minam.gob.pe Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Regulan el nuevo Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social modificó la creación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y reguló el nuevo Programa Nacional de Alimentación
Escolar Comunitaria Wasi Mikuna estableciendo medidas para su fortalecimiento y mejora.

Fue mediante el Decreto Supremo N° 010-2024-MIDIS con el cual se establece, entre otras medidas, que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna contará con un Consejo Directivo que ejercerá las siguientes funciones:

a) Emitir acuerdos vinculantes para la conducción estratégica del Programa.
b) Supervisar la correcta ejecución técnica, administrativa, presupuestal y financiera del Programa.
c) Evaluar de manera periódica los informes sobre el funcionamiento del servicio que brinda el Programa.
d) Aprobar la Norma Técnica de Compras del Programa, en el marco de la normativa vigente.
e) Aprobar el informe anual de avances y resultados.
f) Disponer que la Dirección Ejecutiva coordine con los respectivos sectores las acciones necesarias para el funcionamiento del servicio que brinda el Programa. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban nuevo monto de la propina de las promotoras educativas comunitarias del Programa No Escolarizado de Educación Inicial del Ciclo I y Ciclo II

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó el monto de la propina de las promotoras
educativas comunitarias del Programa No Escolarizado de Educación Inicial (Pronei) del Ciclo I y Ciclo II para los ámbitos urbano y rural en la suma de S/ 1,025,00 (MIL VEINTICINCO Y 00/100 SOLES) a partir del mes de diciembre del 2024.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 247-2024-EF dicha propina no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no estará sujeta a cargas sociales.

Por tanto, el MEF autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 5'886,650,00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor de los gobiernos regionales, para financiar el costo diferencial de la propina de las promotoras educativas comunitarias del Pronei del Ciclo I y Ciclo II para los ámbitos urbano
y rural, correspondiente al mes de diciembre del 2024, en el marco de lo establecido en el artículo 3° de la Ley Nº 32044, Ley que aprueba el incremento de la propina de las promotoras educativas comunitarias del Pronei del Ciclo I y Ciclo II, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban los “Lineamientos para la articulación intergubernamental y territorial del Sector Educación”

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó los “Lineamientos para la articulación intergubernamental y territorial del Sector Educación” mediante la Resolución Viceministerial N° 143-2024-MINEDU.

Se dispuso la publicación de los lineamientos en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Minedu (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban cinco Normas Técnicas Peruanas sobre truchas, máquinas eléctricas rotativas, y otras

El Ministerio de la Producción (Produce), a través de la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad (Inacal), aprobó cinco Normas Técnicas Peruanas sobre tuberías plásticas truchas, máquinas eléctricas rotativas, aparatos electrodomésticos y análogos y, aire acondicionado.

Fue mediante la Resolución Directoral N° 028-2024-INACAL/DN con la cual se deja sin efecto tres Normas Técnicas Peruanas relativas a truchas, máquinas eléctricas rotativas y aire acondicionado. Conozca la norma aquí


MINSA
Aprueban Documento Técnico: Lineamientos para la formulación y evaluación de la
declaratoria de emergencia sanitaria y su correspondiente plan de acción

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Documento Técnico: Lineamientos para la formulación y evaluación de la declaratoria de emergencia sanitaria y su correspondiente plan de acción, conforme al Decreto Legislativo N° 1156 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-SA.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 845-2024/MINSA con la cual se encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de dicho documento en la sede digital del Minsa. Conozca la norma aquí


OEFA
Aprueban la “Metodología para el cálculo de la multa coercitiva en el OEFA”

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó la “Metodología para el cálculo de la multa coercitiva en el OEFA” mediante Resolución de Consejo Directivo N° 00015-2024-OEFA/CD.

Dicha metodología se aplicará en ejercicio de las funciones de supervisión, fiscalización y sanción a cargo del OEFA.  Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el nuevo “Reglamento de Canales Complementarios de Atención al Público de las Empresas del Sistema Financiero y de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico"

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el nuevo
“Reglamento de Canales Complementarios de Atención al Público de las Empresas del Sistema Financiero y de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico” en la sede digital de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (www.
sbs.gob.pe).

De acuerdo con la Resolución SBS N° 04089-2024  el plazo para que el público en general pueda remitir a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sus comentarios y observaciones sobre el proyecto es de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministro de Economía y Finanza asistirá a la XLIV Reunión del Comité de Auditoría
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del martes 3 de Diciembre del 2024)

El Ministro de Economía y Finanzas JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO, asistirá a la XLIV Reunión del Comité de Auditoría (CAU), que se llevará a cabo el día 4 de diciembre del 2024, en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador.

Para tal efecto el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, del 4 al 6 de diciembre del 2024, mediante la Resolución Suprema Nº 251-2024-PCM.

De acuerdo con la norma se encarga el Despacho de Economía y Finanzas al señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, en tanto dure la ausencia del titular. Conozca la norma aquí


Jueves 5 de Diciembre del 2024

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban las Bases Estandarizadas, Anexos y Formatos de la Modalidad Productos para el Proceso de Compras Electrónico 2025 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través de la Dirección Ejecutiva del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobó las Bases Estandarizadas, Anexos y Formatos de la Modalidad Productos para el Proceso de Compras Electrónico 2025 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000741-2024-MIDIS/PNAEQW-DE

Los Comités de Compra correspondientes, a nivel nacional, podrán iniciar las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico 2025 en su ámbito de cobertura, conforme al cronograma
establecido en la “Norma Técnica del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” - Versión Nº 01 con código de documento normativo Norma Técnica Nº 003-2024-MIDIS/PNAEQW, aprobada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000576-2024-MIDIS/PNAEQW-DE. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Establecen servicios de protección social que pueden prestar las Sociedades de Beneficencia o complementar los existentes, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1411

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables estableció los servicios de protección
social que podrán prestar las Sociedades de Beneficencia, o complementar aquellos que estas ya
vienen prestando, en el marco de los previsto en el literal e) del numeral 16.2 del artículo 16° del Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia, de acuerdo al siguiente detalle:

a) Servicio integral especializado para la prevención de la violencia en las familias.
b) Centros de Atención para familias de pacientes con enfermedades terminales, situaciones de emergencia sanitaria o desastre natural.
c) Servicios públicos de educación básica regular y de educación básica especial.
d) Servicios públicos de salud a las personas, con énfasis en las poblaciones vulnerables.
e) Centros de Atención Residencial para las personas con discapacidad.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 369-2024-MIMP. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Participación Ciudadana en la Gestión Ambiental del Sector Salud, del proyecto de decreto supremo aprobatorio y del proyecto de exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio de Salud

El Ministerio de Salud (Minsa) dispuso que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Reglamento de Participación
Ciudadana en la Gestión Ambiental del Sector Salud, del proyecto de decreto supremo aprobatorio y del proyecto de exposición de motivos, en la sede digital del Ministerio
de Salud (https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales), a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe, durante el plazo de quince (15) días hábiles.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 854-2024/MINSA corresponderá a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria la recepción, procesamiento y  sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración
de la propuesta final del Reglamento. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban Bases Estandarizadas, Anexos y Formatos de la Modalidad Raciones para el Proceso de Compras Electrónico 2025 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del miércoles 4 de Diciembre del 2024)

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobó las Bases Estandarizadas, Anexos y Formatos de la Modalidad Raciones para el Proceso de Compras Electrónico 2025 del Programa
Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva
Nº D000735-2024-MIDIS/PNAEQW-DE.

Los Comités de Compra correspondientes, a nivel nacional, podrán iniciar las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico 2025 en su ámbito de cobertura, conforme al cronograma
establecido en la Norma Técnica del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, con código Norma Técnica Nº 003-2024-MIDIS/PNAEQW - Versión Nº 01, aprobada
mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000576-2024-MIDIS/PNAEQW-DE. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Aprueban cronograma excepcional del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica, Ley N° 29944, dirigido a postulantes de la modalidad de Educación Básica Regular, nivel Primaria Educación Física y Profesor de Innovación Pedagógica que asistieron a la prueba nacional y no la rindieron en su grupo de inscripción, a fin de que puedan participar de forma voluntaria en prueba excepcional seleccionando nueva sede, y dictan otras disposiciones
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del miércoles 4 de Diciembre del 2024)

El Ministerio de Educación (Minedu) aprobó el cronograma excepcional del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera
Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2024, para aquellos postulantes del grupo de inscripción correspondiente a la modalidad de Educación Básica Regular, nivel Primaria Educación Física y Profesor de Innovación Pedagógica
que asistieron a la prueba nacional y no lograron rendirla en el mencionado grupo de inscripción, a fin de que puedan participar de forma voluntaria en la prueba excepcional seleccionando una nueva sede para su aplicación.

Fue mediante la Resolución Viceministerial N° 145-2024-MINEDU con la cual se dispone que los postulantes del grupo de inscripción correspondiente a la modalidad de Educación Básica Regular, nivel Primaria Educación Física y Profesor de Innovación Pedagógica que asistieron a la
prueba nacional y no lograron rendir la Prueba Nacional en su grupo de inscripción continúen en las actividades de la Etapa Descentralizada del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley
N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, correspondiente al año 2024.

Los resultados finales obtenidos por los postulantes que participan en la prueba excepcional reemplazarán a los resultados de la prueba nacional y se publican en la fecha establecida en el
cronograma excepcional. El postulante que opta por rendir la prueba excepcional y no asiste, será retirado del concurso.

Además, se dispone la publicación del citado cronograma en el Sistema de Información
Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


Viernes 6 de Diciembre del 2024

PODER EJECUTIVO
Declaran Estado de Emergencia en 32 distritos de las provincias del departamento de Lambayeque, por peligro inminente ante déficit hídrico

El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en 32 distritos de las provincias del departamento de Lambayeque, por peligro inminente ante déficit hídrico, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 134-2024-PCM se trata de los distritos de CAYALTI, CHICLAYO, CHONGOYAPE, LAGUNAS, LA VICTORIA, NUEVA ARICA, OYOTUN, PATAPO, PICSI, PIMENTEL, PUCALA, REQUE, SANTA ROSA, SAÑA y TUMAN en la provincia de Chiclayo.

Asimismo CAÑARIS, FERREÑAFE, INCAHUASI, MANUEL ANTONIO MESONES MURO y PITIPO en la provincia de Ferreñafe.

También CHOCHOPE, JAYANCA, ILLIMO, LAMBAYEQUE, MOCHUMI, MORROPE, MOTUPE, OLMOS, PACORA, SALAS, SAN JOSE y TUCUME en la provincia de Lambayeque.

El Gobierno Regional de Lambayeque, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo
Agrario y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de la Producción, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente,
así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Putumayo
y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto


El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia declarado en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 9 de diciembre de 2024.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 135-2024-PCM con el cual se establece que urante la vigencia de la prórroga del Estado de Emergencia se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24), literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 10 de diciembre de 2024, el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Trujillo del
departamento de La Libertad, mediante el Decreto Supremo Nº 136-2024-PCM.

La Policía Nacional del Perú continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones
de apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia a que se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del
artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Virú del departamento de La Libertad

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de treinta (30) días calendario, a partir el 10 de diciembre de 2024, el Estado de Emergencia en la provincia de Virú del departamento de La Libertad, mediante el Decreto Supremo N° 137-2024-PCM. 

La Policía Nacional del Perú continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del
artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 10 de diciembre de 2024, el Estado de Emergencia declarado en la provincia de Pataz del
departamento de La Libertad, mediante el Decreto Supremo N° 138-2024-PCM.

La Policía Nacional del Perú continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones
de apoyo de las Fuerzas Armadas.

Durante la prórroga del Estado de Emergencia se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del
artículo 137° de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y
seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Declaran el Estado de Emergencia en el distrito de La Victoria de la provincia de Lima del departamento de Lima y en los distritos de Callao Cercado, Bellavista, Carmen de La
Legua-Reynoso, La Perla, La Punta y Mi Perú de la Provincia Constitucional del Callao

El Poder Ejecutivo declaró por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en el distrito de La Victoria de la provincia de Lima del departamento de Lima y en los distritos de Callao Cercado, Bellavista, Carmen de La Legua-Reynoso, La Perla, La Punta y Mi Perú de la Provincia Constitucional del Callao, mediante el Decreto Supremo Nº 139-2024-PCM. 

La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, para lo cual la institución policial determinará las zonas donde se requiera dicho apoyo.

Durante el Estado de Emergencia se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137° de
la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos
en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, en el Título II del Decreto Legislativo Nº 1095,
Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE, respectivamente; así como en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-MIMP.
Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban los Lineamientos para la ejecución de la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos y para el funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo aplicables a las entidades de la administración pública

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó los Lineamientos para la ejecución de la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos y para el funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo aplicables a las entidades de la administración pública, mediante el Decreto Supremo N° 141-2024-PCM.

Dichos lineamientos, que constan de catorce (14) artículos y cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales, tienen por objeto establecer las reglas y condiciones a seguir en el proceso de fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos a iniciativa de parte tramitados en las Entidades de la Administración Pública (EAP) y para el funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo (CRA), en el marco de lo dispuesto en el artículo 32° de
la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

El proceso de fiscalización posterior aleatoria estará a cargo del Equipo Técnico de Fiscalización Posterior (ETFP) de la EAP y se realizará dos (02) veces al año, debiendo iniciarse en los primeros diez (10) días hábiles del mes de enero y del mes de julio de cada año.

Dicho proceso se realizará sobre los expedientes atendidos entre el 1° de enero al 30 de junio; y, del 1° de julio al 31 de diciembre de cada año, respectivamente. 

En tanto el Sistema CRA será de acceso exclusivo de las EAP que registren y consulten información, para lo cual se tendrá en cuenta el Manual CRA.

Además, el Sistema CRA proporcionará a los administrados la posibilidad de consultar si se encuentran registrados en el citado sistema y el estado de su registro, para lo cual se
tendrá en cuenta, el Manual CRA. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los
“Lineamientos para la Implementación del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”

El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para la Implementación del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”, mediante la Resolución Ministerial Nº 00426-2024-MINAM.

Dicha publicación se realizará en la sede digital del Minam (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto deberán remitirse por escrito al Minam, sito en la
Avenida Antonio Miroquesada Nº 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica seia@minam.gob.pe. La Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental será la encargada de sistematizar las opiniones y/o sugerencias que se reciban.


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban «Lineamientos de Alcance Sectorial, LI N° 007-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/
DGDG, denominado “Lineamientos que establecen los Enfoques, Principios y Criterios de Sostenibilidad Ambiental en los Sistemas Extensivos de Producción Pecuaria”, Versión 01»



El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobó los «Lineamientos de Alcance Sectorial,
LI Nº 007-2024-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG, denominado “Lineamientos que establecen los Enfoques, Principios y Criterios de Sostenibilidad Ambiental en los Sistemas Extensivos de Producción Pecuaria”, Versión 01», mediante la Resolución Ministerial Nº 0401-2024-MIDAGRI.

Se dispone que la Dirección General de Desarrollo Ganadero, realice la promoción y socialización de los Lineamientos.

Las intervenciones ganaderas bajo sistemas extensivos que se encuentren en proceso de planificación, diseño o implementación, se adecuarán de forma progresiva a lo dispuesto en los Lineamientos.

Se dispone la publicación de los Lineamientos en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe), así como en la sede digital del Ministerio de
Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Declaran alerta amarilla en establecimientos de salud a nivel nacional por la proximidad de las fiestas navideñas y de fin de año

El Ministerio de Salud (Minsa) declaró la alerta amarilla en los establecimientos de salud a nivel nacional, desde las 00:00 horas del domingo 15 de diciembre de 2024 hasta las 00:00 horas del sábado 04 de enero de 2025, por la proximidad de las fiestas navideñas y de fin de año, mediante la Resolución Ministerial Nº 857-2024/MINSA.

La Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, a través de las Direcciones Regionales de Salud, Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus
veces, se encargarán de difundir, supervisar y evaluar la medida. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Disponen la publicación de proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31886, Ley que establece medidas para promover la competencia en el servicio de transporte terrestre

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31886, Ley que establece medidas para promover la competencia en el servicio de transporte terrestre, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), con el objeto de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendario.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 716-2024-MTC/01.02 los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo deberán remitirse a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal,  ubicada en el Jr. Zorritos N° 1203 – Cercado de Lima, o a la dirección electrónica: normasvial@mtc.gob.pe. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la cuadragésima séptima convocatoria del año 2024 para el otorgamiento
del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias en atención a los Decretos Supremos N°s. 097-2024-PCM y 099-2024-PCM

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la cuadragésima séptima convocatoria del año 2024 para el otorgamiento de siete Bonos de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, dirigida a igual número de potenciales beneficiarios constituidos por los damnificados con viviendas colapsadas o inhabitables, a consecuencia de incendios forestales,
ubicadas en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Ucayali y Cajamarca, en el marco de los Estados de Emergencia declarados por los Decretos Supremos Nºs 097-2024-PCM y 099-2024-PCM.

De acuerdo con la Resolución Ministerial Nº 451-2024-VIVIENDEl el valor del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias es de S/ 500.00 (Quinientos y 00/100 Soles) y, se otorga con periodicidad mensual por el plazo máximo de hasta dos años, para el arrendamiento de una vivienda ubicada en los departamentos de Ucayali o Cajamarca, según corresponda.
Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Oficializan proclamación de la juez suprema Janet Tello Gilardi como presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Poder Judicial, para el periodo 2025-2026

La Presidencia de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia oficializó la proclamación de la señora magistrada Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi, jueza titular de este Supremo Tribunal, como presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Poder Judicial, para el
periodo 2025-2026, quien asumirá funciones el primer día útil del 2025.

Fue mediante la Resolución Administrativa de Sala Plena Nº 00046-2024-SP-CS-PJ. Conozca la norma aquí


SBS
Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Coopevision Cusco

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) declaró el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y
Crédito Coopevision Cusco por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, establecida en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B de la 24a Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Fue mediante la Resolución N° SBS N° 04138-2024 con la cual se designa a la señora Rocío La
Rosa León, identificada con DNI N° 28306988, y a la señora Ana Claudia Castro Rivas, identificada con DNI N° 71469242, como interventoras, principal y alterna, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención, conforme a lo establecido en la citada Ley General, la Ley N° 30822 (Ley COOPAC), el Reglamento de Regímenes Especiales y demás normas aplicables.  Conozca la norma aquí


SBS
Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro
y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda. ADECOOP

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) declaró el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Acción para el Desarrollo y Emprendimiento Ltda. ADECOOP por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, establecida en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B de la 24a Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Fue mediante la Resolución SBS N° 04139-2024 con la cual se designa a la señora Rosario
Isabel Tapia Casas, identificada con DNI N° 43296657, y al señor George Roger Vilcatoma Ollais, identificado con DNI N° 74608976, como interventores, principal y alterno, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para llevar adelante la intervención, conforme a lo establecido en la citada Ley General, la Ley N° 30822 (Ley COOPAC), el Reglamento de Regímenes Especiales y demás normas aplicables. Conozca la norma aquí


SBS
Declaran el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Perú

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (SBS) declaró el sometimiento a régimen de intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Crecer Perú por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa, establecida en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B de la 24a Disposición Final Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Fue mediante la Resolución SBS N° 04140-2024 con la cual se designa al señor Aldo Erick Rojas Sánchez, identificado con DNI N° 46592566, y a la señora Silvia Beatriz Daza Robles, identificada con DNI N° 47508286, como interventores, principal y alterna, respectivamente, para que, en representación de esta Superintendencia, realicen los actos necesarios para
llevar adelante la intervención, conforme a lo establecido en la citada Ley General, la Ley N° 30822 (Ley COOPAC), el Reglamento de Regímenes Especiales y demás normas aplicables. Conozca la norma aquí


Sábado 7 de Diciembre del 2024

PCM: Lineamientos para la elaboración, aprobación, seguimiento y actualización de la Política General de Gobierno

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó los ‘Lineamientos para la elaboración, aprobación, seguimiento y actualización de la Política General de Gobierno’, mediante la Resolución Ministerial N° 350-2024-PCM.

De acuerdo con la norma, el propósito es contar con un instrumento que regule el proceso de elaboración y aprobación de la Política General de Gobierno, así como, el respectivo seguimiento que refleje los avances de la implementación de las prioridades de gobierno, y la actualización de la citado documento.

La resolución recuerda que la Política General de Gobierno es el conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan mediante políticas nacionales.

A los 40 días de haber asumido sus funciones, el Presidente de la República, y por iniciativa de este, el Consejo de Ministros aprobará, mediante acuerdo, la Política General de Gobierno, en el contexto de las políticas de Estado, los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y las políticas nacionales vigentes. Conozca la norma aquí.


Minjusdh: Aprueban Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040

La Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 aprobó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh), documento que aborda el problema público de la “desigualdad y discriminación estructural en el ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas”, mediante cuatro objetivos prioritarios y diez lineamientos para su atención.

El Decreto Supremo N° 018-2024-JUS precisa que la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 será de cumplimiento obligatorio para las entidades de la administración pública, señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado, por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, en el marco de sus competencias, así como para las personas jurídicas de derecho privado y la sociedad civil, en cuanto les sea aplicable. 

Las instituciones estatales en todos los niveles de gobierno y en el contexto de sus competencias asumirán los roles, obligaciones y responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018- PCM. 

La conducción de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 estará a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, subraya la norma. Conozca la norma aquí.


MTC: Crean Red de Integridad del sector Transportes y Comunicaciones 

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó la creación de la Red de Integridad del sector Transportes y Comunicaciones, cuyo objeto es contar con un espacio de coordinación directa entre los funcionarios y servidores encargados de liderar, participar, impulsar y ejercer la función de integridad.

Se busca que la red coadyuve a una adecuada implementación del Modelo de Integridad, mediante acciones o decisiones con un criterio uniforme y coherente, fortaleciéndose la capacidad preventiva frente a la corrupción en las instituciones vinculadas con el citado portafolio, indica la Resolución Ministerial N° 724-2024-MTC/01.

Integran la red el ministro de Transportes y Comunicaciones; el presidente ejecutivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao; el superintendente de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías; y el presidente del directorio de la Autoridad Portuaria Nacional. 

Se suman el director ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional; el director ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado; y el director ejecutivo del Programa Nacional de Telecomunicaciones. 

Figuran también el director ejecutivo del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible; el presidente del directorio de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial S.A.- Corpac S.A.; el presidente del directorio de la Empresa Servicios Postales del Perú S.A; y el presidente del directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A.- Enapu S.A. 

Los miembros alternos de cada integrante son quienes ejercen el cargo de máxima autoridad administrativa de las entidades que conforman el sector, indica la resolución. Conozca la norma aquí.

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