• JUEVES 14
  • de mayo de 2026

Derecho

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Parlamento Nacional publica Ley N° 32164

Jueces titulares recibirán una bonificación adicional mensual

Beneficio no tendrá carácter remunerativo ni estará afecto a cargas sociales, precisa

La norma precisa que serán beneficiarios del mencionado pago los jueces superiores, los jueces especializados y/o mixtos, y los jueces de paz letrados titulares.

Los magistrados superiores titulares recibirán una bonificación adicional mensual equivalente al 80% del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP); los especializados y/o mixtos titulares, equivalente al 62%; y los jueces de paz letrados titulares el equivalente al 40%, anota.

Características

El pago especial, detalla, no tendrá carácter remunerativo, ni estará afecto a cargas sociales y tampoco será de naturaleza pensionable ni formará parte de los beneficios laborales.

Asimismo, no constituirá base de cálculo para la compensación por tiempo de servicios (CTS) o cualquier otro tipo de bonificación, asignación o entrega, subraya.

De acuerdo con la Ley N° 32164, la bonificación se financiará con los saldos de partidas presupuestarias del Poder Judicial del año fiscal 2024 o con cargo a su presupuesto institucional del año fiscal 2025, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

Modificaciones

Para tal efecto, autoriza a la citada institución a efectuar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático necesarias para la implementación de la normativa.

La ley prohíbe realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a efectos de habilitar recursos a favor de las partidas presupuestarias que fueron materia de anulación para la implementación de lo señalado anteriormente.

Para la aplicación de la norma, se exceptuará al Poder Judicial de lo establecido en el artículo 6 de la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, así como de las restricciones establecidas en el artículo 9 de la referida ley y la que correspondiere al año fiscal 2025.

El Poder Judicial quedó autorizado también para emitir las regulaciones y directrices necesarias para la implementación efectiva de la Ley N° 32164.


Optimizar la gestión

Una reunión de trabajo con el representante de la Fundación Panamericana para el Desarrollo-Pan American Development Foundation (PADF), Richard Roy, líder del equipo del Proyecto Anticorrupción de Colombia, sostuvo el jefe de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial (ANC-PJ), Roberto Palacios Bran, para identificar las necesidades prioritarias de su institución y realizar un prediagnóstico de su estado actual.

En la cita se destacó la necesidad de fortalecer la ANC-PJ y optimizar la gestión de control como un pilar para un sistema judicial más transparente, ético y eficiente en beneficio de la ciudadanía. El representante de la PADF y su equipo diagnosticarán las necesidades técnicas para después habilitar estrategias avanzadas basadas en tecnología y análisis de datos, y reforzar la capacidad de control funcional y disciplinario de la ANC-PJ.