• SÁBADO 7
  • de marzo de 2026

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Nuevo beneficio SIS: Extranjeros con TB o VIH podrán afiliarse temporalmente

Alcances de la Ley N° 32154.

La norma modificatoria, aprobada por el Congreso de la República, de esta forma, añade una tercera disposición complementaria transitoria al Decreto Legislativo N° 1164, que estipula lo siguiente: “TERCERA. Se autoriza al Pliego 135: Seguro Integral de Salud (SIS) a afiliar, de manera excepcional y temporal, al régimen subsidiado a personas extranjeras no residentes que se encuentren en territorio nacional y carezcan de seguro de salud, siempre y cuando tengan un diagnóstico de tuberculosis (TB) o de virus de inmunodeficiencia humana (VIH), hasta que obtengan el carné de extranjería.

Para aplicar lo dispuesto en el párrafo anterior, el Seguro Integral de Salud (SIS) aceptará como documentos de identificación válidos la cédula de identidad, el permiso temporal de permanencia, el carné de permiso temporal, el pasaporte, el carné de solicitante de refugio o la autorización de trabajo para solicitantes de la condición de refugiado. En caso de no contar con ninguno de estos documentos, se podrá presentar una declaración jurada de identidad.

El Seguro Integral de Salud (SIS) dispondrá de un plazo máximo de cuarenta y cinco días hábiles, contados desde la entrada en vigor de la presente ley, para publicar la normativa adicional necesaria para su implementación, si fuera requerida.