Derecho
Esto como parte de la intensificación del acompañamiento que la PCM, a través de la Secretaría de Gestión Pública, emprende desde este mes a los gobiernos regionales para que implementen, adecuadamente y con efectividad, trámites administrativos estandarizados en beneficio de ciudadanos y empresas.
Trámites
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 080-2024-PCM se trata de un procedimiento administrativo estandarizado
y cuatro servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, así como de cuatro procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre.
A la par, se aprueban las nueve Tablas ASME-VM modelo con los flujos óptimos para la adecuada tramitación de estos procedimientos y servicios.
Los gobiernos regionales podrán establecer condiciones más favorables en la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados, que se expresa en la exigencia de menores actividades y plazos de atención a los establecidos en la normativa vigente respectiva.
Esto, teniendo en cuenta que se considera comprendido en este supuesto la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados por canales no presenciales.
Además, corresponderá a los gobiernos regionales incorporar los referidos procedimientos y servicios aprobados en sus respectivos textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA), en un plazo máximo de 30 días hábiles contado a partir del día siguiente de la publicación del mencionado decreto supremo.
Fiscalización
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) mediante la Comisión de Eliminación de Barreras
Burocráticas, conforme a sus competencias, fiscalizará que los gobiernos regionales apliquen los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados y los incorporen en sus TUPA. La Contraloría General de la República, mediante los órganos de control institucional de los gobiernos regionales, conforme a sus competencias, verificará de oficio que los funcionarios y servidores cumplan las obligaciones previstas en el citado decreto supremo. La PCM, a través de la Secretaría de Gestión Pública, realizará las gestiones para hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios, para lo cual cuenta con legitimidad para accionar ante las entidades de la administración pública que correspondan.
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