Sunat: Postergan uso del SIRE hasta enero del 2025
Sistema Integrado de Registros Electrónicos Determinados
De acuerdo con la Resolución de Superintendencia Nº 000145-2024/SUNAT desde el período agosto del 2024, aquellos sujetos que, al 31 de julio de 2024, se encontrarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, pertenezcan al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario creado por el Decreto Legislativo Nº 1269 y no comprendidos en supuestos especificados estarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos de manera Electrónica (RVIE) y el Registro de Compras de manera Electrónica (RCE) mediante el SIRE.
En tanto, desde el período enero del 2025, aquellos sujetos que, al 31 de diciembre del 2024, se encontrarán obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras y no estén comprendidos en supuestos especificados estarán obligados a llevar el RVIE. y el RCE mediante el SIRE.