Derecho
El protocolo, que se aprobó mediante la Resolución N° 0108-2024-JUS, permite la ejecución mucho más masiva de la vigilancia electrónica personal y tiene un carácter preventivo, en determinadas condiciones. Además, dispone que se instalarán a quienes cometieron delitos leves y establece una serie de prohibiciones.
La norma señala que se podrá aplicar, preferentemente, solo en los casos de delitos de mínima de lesividad como falsificaciones, hurtos simples, delitos intelectuales, lesiones culposas. Están exceptuados los delitos graves: violaciones sexuales, homicidios, robo agravado, extorsión, sicariato, entre otros.