• DOMINGO 12
  • de abril de 2026

Derecho

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En los procesos de alimentos

Juez accederá a datos en línea de los demandados

Ley N° 32006 modifica artículo 564 del Código Procesal Civil

Esto en aplicación de la Ley N° 32006, publicada por el Congreso de la República, que modifica el artículo 564 del Código Procesal Civil y que permite al juez en esos procesos acceder a los sistemas de información automatizados del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) o Sunat para extraer en tiempo real la información sobre el centro de trabajo del demandado, su remuneración, gratificaciones, vacaciones y cualquier suma de libre disponibilidad que provenga de la relación laboral de este.

De la misma forma, el magistrado en aquellos juicios podrá acceder en línea al sistema automatizado de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y extraer en tiempo real la información bancaria y financiera del demandado.

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También de igual forma obtendrá información de la Sunarp sobre los bienes muebles e inmuebles activos e inactivos del demandado y del Reniec sobre el número total de hijos menores de edad que tuviera .

La resolución que ordene el acceso, de oficio, a la información sobre la situación laboral y capacidad económica del demandado debe estar debidamente motivada y es inimpugnable, precisa la ley.

Apuntes

La norma faculta a las instituciones públicas responsables a adoptar las acciones administrativas que se requieran para instalar y ejecutar el referido acceso en línea.

La ley, que regirá a los 30 días hábiles de su publicación, deroga el tercer párrafo del artículo 481 del Código Civil.

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