Derecho

Periodista
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La publicación precisa que durante el desarrollo de las investigaciones por dumping y subsidios las partes interesadas gozan de una amplia oportunidad para presentar por escrito todas las pruebas que consideren pertinentes en defensa de sus intereses, por lo que es responsabilidad de la autoridad competente asegurar la observancia de esa garantía procesal.
Sustentos
Así, explica, con la finalidad de sustentar sus posiciones en una investigación respecto a la práctica de comercio desleal evaluada (dumping o subsidio) y al posible daño experimentado por los productores nacionales, las partes interesadas aportan información y documentos relacionados con sus actividades productivas y comerciales.
La guía señala que en este proceso se pueden incluir datos específicos vinculados con precios, costos, proveedores, clientes, indicadores económicos y financieros, entre otros, los cuales normalmente son cuidados celosamente en el ámbito interno de las empresas por ser de naturaleza confidencial.
Los Acuerdos de la Organización Mundial de Comercio (OMC) contienen disposiciones que establecen los supuestos en los cuales la información presentada por una parte interesada puede ser declarada como confidencial por la autoridad competente, caso en el cual esa información recibe un tratamiento especial para que solo la conozca la autoridad a cargo de la investigación y no quede expuesta al conocimiento de terceros, evitándose que el aportante de la información sufra perjuicios ilegítimos en su posición competitiva en el mercado, subraya.
En el Perú, detalla, la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi (CDB) es la autoridad administrativa competente para tramitar los procedimientos de investigación por los citados casos.
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Listado
La normativa sobre dumping y subvenciones establece que determinada información que se proporciona en las investigaciones, debido a su importancia para el desarrollo de las actividades productivas y comerciales de las empresas, debe ser tratada con carácter confidencial para no perjudicar la posición competitiva del solicitante en el mercado.
El Reglamento sobre Medidas Antidumping y Compensatorias, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2009-PCM y el Decreto Supremo N° 136-2020-PCM contiene una lista de la información que califica como confidencial por su propia naturaleza.
La relación incluye información sobre los costos de producción, la que resulta estratégica para la actividad comercial de la empresa, al reflejar la forma en la que asigna sus recursos para la elaboración de los productos que comercializa en el mercado.
Mientras, las características sobre los costos de distribución tienen un valor comercial, al estar vinculadas con los egresos en los que incurre la empresa para colocar sus productos en los mercados que abastece, la cual forma parte de sus estrategias de comercialización, anota.
La guía señala que la información sobre la fijación de precios en las etapas de producción y/o comercialización revela los montos que la compañía asigna al producto en el momento de su producción, así como de su comercialización en el mercado. Como no es de conocimiento público, su divulgación daría a conocer aspectos relacionados con las estrategias adoptadas en su actividad comercial.
Sobre las especificaciones de componentes, esta información tiene carácter estratégico, pues está referida a las características de las materias primas, los insumos y los componentes empleados por la empresa en su proceso productivo, y que son de su exclusivo conocimiento, lo cual permite que sus productos reúnan atributos particulares que son valorados por sus clientes y que los diferencian de los que fabrican sus competidores, puntualiza.
Relación de clientes
La información confidencial incluye la lista de clientes, la cual tiene carácter estratégico en el desarrollo de la actividad comercial de la empresa, pues, si se divulga, los competidores conocerían la identidad de las personas naturales y jurídicas a las cuales la compañía orienta su producción en el mercado, permitiéndoles adoptar sus propias estrategias empresariales y obtener así una ventaja significativa que no habría sido lograda por su propia eficiencia.
Comprende los nombres y razones sociales de los clientes, así como los datos que permiten identificarlos; además de información referida a las personas naturales y jurídicas que dejaron de ser clientes de la compañía en el período de análisis de la investigación.
Además, figuran las condiciones de venta pactadas con clientes específicos, y no las ofrecidas al público en general. Ello, en la medida en que este tipo de información revela términos contractuales o de negociación comercial acordados entre la empresa y sus clientes en transacciones particulares. Comprende el valor y el volumen del producto objeto de transacción, los precios pactados, plazos y modalidades de pago, descuentos, entre otros.
Mientras, los precios por clientes y precios aplicados a distintos clientes es información de valor comercial, pues permite conocer el monto acordado en una etapa específica del proceso de comercialización del producto, recalca la guía del Indecopi.
?? ¿Eres locador de servicios en una empresa privada, pero te tratan como a un trabajador en planilla? Entonces, tú podrías hacer una denuncia ante la Sunafil.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) April 5, 2024
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