• VIERNES 5
  • de junio de 2026

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Poder Judicial: Directores de colegios pueden ser comprendidos en pago de reparación a víctimas de bullying

Juez María Ubillús Vargas recordó las funciones de docentes para promover la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.

“(El director) es la autoridad máxima, por lo tanto, si no ha cumplido con la función será sancionado. Si la Fiscalía lo señala así, puede responder penalmente (…) civilmente. Hubo una sentencia que se dictó en el Cusco al director y los profesores, los que fueron sancionados económicamente por no haber asumido la responsabilidad (de proteger) al adolescente víctima de bullying”, indicó.

La juez recordó la sentencia emitida por el Tercer Juzgado Familia del Cusco en el 2021, en la que el director del colegio Salesiano de Cusco y dos docentes fueron sentenciados a cancelar, por concepto de reparación y resarcimiento del daño moral causado, 10 000 soles a favor del adolescente agraviado.

Indicó que la ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas (Ley Nº 29719) establece las obligaciones de los directivos de los colegios para la relación pacífica entre los escolares.

Una de ellas es comunicar a los padres o apoderados del estudiante víctima y a los del agresor los actos de hostigamiento. Pero, también, son el primer filtro para emitir alguna acción correctiva.


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“Los directores son los que dirigen un centro educativo y tienen mayor responsabilidad en denunciar los hechos. Tienen la obligación de comunicar a la Defensoría del Pueblo alguna situación (de violencia) con los adolescentes”, expresó Ubillús Vargas.

La Defensoría del Pueblo debe recibir cada mes un reporte de los casos que se hayan reportado y que deben figurar en el libro de registro de incidencias.

La magistrada aconsejó a los directores y docentes a cumplir con la ley. “Sin temor, si la ley dice que deben denunciar, deben hacerlo”, refirió. En la normativa también se señala que el docente tiene la obligación de detectar y atender las denuncias de violencia entre los estudiantes.

Indecopi también es un actor en la prevención de estos casos, en su papel fiscalizador de la idoneidad en servicios educativos, y realizar visitas inopinadas para verificar si se atendieron las denuncias.

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