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  • de octubre de 2026

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¡Tome nota! Registrarán a casas de cambio, empresas de préstamos y de empeños

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualiza e incorpora regulación.

Esto en aplicación de la Resolución SBS Nº 00650-2024 mediante la cual dicha entidad supervisora aprueba aquella norma actualizada.

Lineamientos

Conforme a las nuevas disposiciones, para la inscripción en el citado registro, las casas de cambio y empresas de préstamos y/o empeño deberán presentar a la SBS la solicitud de inscripción correspondiente que tendrá carácter de declaración jurada y en caso cuenten con más de un establecimiento comercial o local deberán inscribir cada uno de ellos, bajo su responsabilidad; para lo cual deberán proporcionar la información señalada en el numeral 4 del Anexo N° 1 de la norma aprobada.

Esto, tomando en cuenta que la inscripción tiene una vigencia indeterminada y que es gratuita, previa evaluación de la información contenida en aquél anexo.

Corresponderá a la SBS publicar en su página web la relación de las instituciones inscritas.

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De ser el caso, las entidades anotadas podrán solicitar la exclusión de un establecimiento del registro, conforme a las pautas detalladas en la propia norma.

A tono con ello, se establece que cualquier variación de la información que conste en el registro, deberá ser comunicada a la SBS, adjuntando los documentos que sustenten dicha variación, dentro de los cinco días posteriores de haberse producido.

A la par, se especifican las causales de la cancelación de la inscripción en el registro, entre las cuales figura utilizar un nombre, denominación social o plataforma tecnológica distinta al inscrito en el registro. Asimismo, publicitar sus actividades usando el logo de la SBS o señalar que cuentan con la autorización, licencia, respaldo, aval o similar de la SBS y, realizar actividades que requieren autorización o registro de la SBS y esta no ha sido otorgada.

Apuntes

De acuerdo con la norma la SBS podrá celebrar convenios de cooperación con instituciones gremiales u otras que cumplan fines similares, para verificar que las personas naturales y jurídicas dedicadas a la compraventa de divisas o moneda extranjera y/o empresas de préstamos y empeño, estén inscritas en el registro, coadyuvando a la prevención y lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 

A su vez, se precisa que la SBS comunicará a la municipalidad correspondiente la relación de las casas de cambio y/o empresas de préstamos y/o empeño, cuyos establecimientos comerciales (locales) hayan sido cerrados.

A la par, se incorporan disposiciones al Reglamento de Factoring, Descuento y Empresas de Factoring y, al Reglamento de Empresas de Arrendamiento Financiero.




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