• JUEVES 9
  • de abril de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Indecopi declara barrera burocrática ilegal el cálculo de la cuota de reingreso en colegios privados

Decide Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas.

La Resolución N° 0101-2024/SEL-Indecopi, señaló que calcular el cobro de manera proporcional al grado o edad de estudio pendiente o pendientes de conclusión, implica dividir la cuota en un total de 13 grados (2 grados en educación inicial, 6 grados en educación primaria y 5 grados en educación secundaria).


[Lea también: Sunat: personas naturales podrán presentar la Declaración Anual de Renta 2023 a partir del 13 de mayo]

En ese sentido, señaló que dicha exigencia transgrede lo previsto en el numeral 16.8 del artículo 16 de la Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados el cual involucra dividir la cuota en 3 niveles (educación inicial, educación primaria y educación secundaria) o 7 ciclos (2 ciclos en educación inicial, 3 ciclos en educación primaria y 2 ciclos en educación secundaria).


Lea también en El Peruano

Suplemento Jurídica:

Jurídica 886: Indemnización vacacional como sanción Nuevo]
Medida no reemplaza el descanso físico. Planteamientos y sugerencias.
Jurídica 885: El arbitraje en el Ciadi
La experiencia en latinoamérica.
Jurídica 884: Centro histórico de Lima
Temas claves del nuevo régimen legal destinado a impulsar su desarrollo.

Noticias relacionadas: