Economía
Mediante la Resolución Ministerial Nº 00009-2024-Produce se estableció en 25.1 toneladas la cuota de captura. Asimismo, se fijó que el límite puede modificarse en función de los factores biológicos-pesqueros y/o ambientales que estime el Instituto del Mar del Perú (Imarpe), para lo cual debe remitir a Produce las recomendaciones pertinentes.
Produce concluirá las actividades extractivas del recurso pulpo cuando se alcance o se estime alcanzar la cuota de captura establecida cuando el Imarpe lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas, o en su defecto, su ejecución no puede exceder del 31 de octubre del 2024.