Derecho
La institución destaca que los colegios no pueden exigir todos los materiales educativos o útiles escolares en el primer día de clases, estos deberán ser enviados según sean necesitados para el desarrollo de las clases. El reglamento interno de la institución educativa debe contener información sobre el plazo para su entrega gradual, el cual no puede ser menor a treinta días calendario posterior a la fecha de inicio de clases.
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Asimismo, en esta lista de útiles no se podrán contemplar otros materiales que no respondan a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes, como útiles de aseo personal para el aula o materiales de utilidad para los docentes como plumones o tizas.
La institución refirió que el colegio tampoco puede obligar a los usuarios a adquirir materiales o útiles escolares de marcas específicas o en establecimientos señalados con exclusividad por el colegio.
Textos escolares
En cuanto a los libros, estos pueden ser nuevos o de segundo uso y no es obligatorio comprar nuevos, a diferencia de los cuadernos de tarea, trabajo o actividades, que solo se pueden utilizar por única vez, pueden ser físicos (en papel) o virtuales (plataformas virtuales). La reproducción no autorizada de textos escolares (copias, escaneos, u otros) podría resultar en una infracción a los derechos de autor.
Los padres de familia tienen derecho a participar en el proceso de selección de textos cada vez que se vaya a realizar su cambio. El director del colegio debe promover la participación de las familias y sus órganos de representación (Apafa y Comités de Aula) y los libros propuestos deben tener vocación de permanencia, es decir, ser usados por varios años.
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?? El Tribunal de Transparencia establece criterio de observancia obligatoria mediante la Resolución N° 004442-2023/JUS-TTAIP-Segunda Sala.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) January 7, 2024
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