Derecho
Mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000270-2023/SUNAT, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se establecieron los nuevos montos, considerando el incremento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que pasó de 4,950 soles en el 2023 a 5,150 soles para el año 2024.
La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos durante el año 2024 por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta y quinta categorías no superarán los 45,063 soles podrán solicitar la suspensión de las retenciones y/o sus pagos a cuenta del IR.
También están comprendidos los profesionales que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y además otras de cuarta y/o quinta categorías, y que el total de lo percibido en el mes no supere los 3,004 soles. Además, podrán pedir la suspensión cuando los ingresos que proyecten en el año no superen los 36,050 soles.
Adicionalmente, si durante el año 2024 se supera los montos antes señalados, según sea el caso, el contribuyente deberá declarar y efectuar el pago a cuenta del IR que corresponda, por la totalidad de los ingresos de renta de cuarta categoría que obtenga en un determinado mes.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) December 29, 2023
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