• MIÉRCOLES 10
  • de junio de 2026

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Contribuyentes que deben emitir guías de remisión electrónicas no serán sancionados

Sunat emite Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000042-2023-SUNAT/700000

Gracias a las nuevas facilidades, no se aplicarán sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

Vigencia de la Guía de Remisión Electrónica
 


En julio del 2022 se publicó la normativa que establecía el uso de las guías de remisión y designaba a los emisores electrónicos, estableciendo, además, que a partir del 1° de enero del 2024 estaban obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, todos los contribuyentes que realice el traslado de mercancías dentro del territorio nacional.

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A la fecha, más de 256 mil contribuyentes han emitido las GRE en todo el país, utilizando los sistemas habilitados por la SUNAT lo que ha permitido que reduzcan de manera significativa el tiempo de su emisión, agilizando, además, el traslado de sus mercancías y eliminando los costos de la formalización de sus actividades.

Para obtener más información, los contribuyentes se pueden comunicar con la central de consultas telefónicas de la SUNAT al 0-801-12-100 o 315-0730 o visitar el micrositio https://cpe.sunat.gob.pe/ (en el módulo Guía de Remisión) donde encontrarán orientación y asistencia sin necesidad de salir de casa.

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