La normativa se sustenta en el marco legal establecido por el Decreto Ley N.º 25977, Ley General de Pesca, que reconoce a los recursos hidrobiológicos como patrimonio nacional, y en el artículo 9 de la misma ley, que faculta al Ministerio de la Producción para regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos.
La Resolución extiende la temporada de pesca hasta el 2 de enero de 2024, considerando un ligero cambio en el patrón de maduración del camarón de río en el río Majes-Camaná, según lo indica el informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe). Se sugiere una prórroga de la veda reproductiva, anticipando la máxima actividad reproductiva para enero de 2024.
A partir del 3 de enero hasta el 31 de marzo de 2024, se prohíbe la extracción, procesamiento, almacenamiento, comercialización, transporte y utilización del recurso camarón de río. La Resolución establece medidas para el manejo responsable del recurso y señala que las infracciones serán sancionadas conforme a la legislación vigente en pesca.
La difusión y supervisión de esta Resolución estarán a cargo de entidades especializadas del Ministerio de la Producción, así como de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú.
La norma es refrendada por la ministra de la Producción, Ana María Choquehuanca de Villanueva.