Derecho
La ATU señaló que en esta actualización de la normativa, se definen los procedimientos de internamiento y liberación de vehículos para darle mayor predictibilidad a los administrados sobre la recuperación de sus bienes, así como pérdidas o robos, que pudieran ocurrir por no determinar responsabilidades de manera efectiva.
De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 272-2023-ATU/PE, publicada en el diario oficial El Peruano, los depósitos vehiculares, para su funcionamiento, deberán contar al menos un administrador y una persona a cargo de hacer inventarios, dependiendo de la capacidad del depósito vehicular.
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Asimismo, se fija como regla que las municipalidades distritales con las que se tiene convenio de colaboración vigente que deseen implementar depósitos vehiculares, deberán cumplir con las características técnicas y/o de operación establecidas en el reglamento.
Esta reestructuración responde a un cambio estratégico destinado a potenciar la eficacia y agilidad en la administración de depósitos por parte de la ATU.
Como parte de las mejoras, se prevé la implementación de una herramienta informática que establezca la trazabilidad y resguardo de la información para el registro actualizado en tiempo real de la cantidad de espacios disponibles en el depósito vehicular.
La entidad sostuvo que de esta forma reafirma su compromiso de seguir trabajando por un transporte rápido, seguro y formal para los 11 millones de limeños y chalacos.
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??Los abogados Luis Miguel Sánchez y Ricardo Carrasco señalan que durante el proceso de fiscalización se deberá analizar el alcance de la información que se presentará y la probabilidad de que se concreta alguna contingencia.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) 27 de noviembre de 2023
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