Establecimientos farmacéuticos podrán solicitar su Certificación de Buenas Prácticas hasta noviembre del 2024
Las fiscalizaciones orientativas continuarán un año más
Para obtener la certificación, los establecimientos farmacéuticos deben cumplir el Manual de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica, de la Digemid, que establece los criterios técnicos y las condiciones sanitarias, mínimas y obligatorias, que deben efectuar las farmacias y boticas, públicas y privadas, respecto a los servicios de almacenamiento, dispensación, farmacovigilancia y, de ser el caso, de seguimiento farmacoterapéutico, de distribución y transporte.
La certificación la otorga, únicamente, la Digemid. Por ello, la ampliación del plazo servirá para que los profesionales de dicha dirección continúen brindando orientación a los establecimientos farmacéuticos que están interesados en cumplir con el mencionado Manual.
El Minsa promueve que más farmacias y boticas obtengan su certificación para asegurar el correcto almacenamiento de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, de modo que los usuarios cuenten con productos seguros, eficaces y de calidad.
Con la extensión del plazo, continuarán las fiscalizaciones de carácter orientativo y luego seguirán las inspecciones para verificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica.
Al respecto, el Colegio Químico Farmacéutico del Perú expresó su agradecimiento al ministro César Vásquez Sánchez y al director general de la Digemid, Moisés Mendocilla Risco, por atender el pedido del colegio profesional.