• JUEVES 23
  • de abril de 2026

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Congreso: proponen incorporar y regular el delito de manipulación de resultados deportivos

Pena privativa de libertad sería de hasta 4 años.

El P.L 6487/2023- CR propone que quién, directa o indirectamente, prometa, ofrezca o dé una ventaja, para sí misma o para otra persona o entidad, con el objetivo de alterar indebidamente el resultado o el curso de una competición deportiva, será castigado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de diez años.


La iniciativa señala que igual sanción se aplicará al que solicite o acepte la ventaja, promesa u oferta indebida.

El documento también señala que cuando la conducta asociada a alteración del resultado deportivo fuese incurrida por acción u omisión de un deportista, personal administrativo o deportivo, entrenador, árbitro, agente o representante de deportistas, personal médico, dirigente de un club, liga o federación deportiva u otra persona, que tenga participación o influencia directa o indirecta en la actividad, evento o competición, la pena privativa de la libertad no será menor de 4 años.

Si las acciones están vinculadas a actos de apuestas deportivas o intervienen sus operadores la pena también sería no menor de 4 años .

Pl 0648720231122 by Diario Oficial El Peruano on Scribd


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