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  • de abril de 2026

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Nómade digital, conoce aquí la nueva calidad migratoria que facilitará teletrabajar desde el Perú

Podrán tener una permanencia de 365 días, prorrogable, que les permitirá trabajar y conocer la oferta turística

Así lo señaló la Superintendencia Nacional de Migraciones, quién indicó que la creación de esta calidad migratoria se alinea con las tendencias globales de teletrabajo y es una de las principales innovaciones contenidas en el Decreto Legislativo 1582.

Alcance

Esta calidad migratoria está diseñada específicamente para aquellas personas extranjeras que laboran de manera remota para empresas domiciliadas fuera del Perú y quieren pasar un tiempo trabajando y conociendo nuestro país.

Esto hace que no requieran una visa de trabajo, ya que no tienen un empleador local, ni realizan actividades remuneradas que generen ingresos de fuente peruana.

Beneficios

Esta nueva categoría migratoria ofrece a los nómades digitales una estancia de hasta 365 días en Perú, con la posibilidad de prórroga, posibilitando así que tengan el tiempo suficiente para conocer la oferta turística, gastronómica y cultural de nuestro país.

Anteriormente, estas personas se acogían a visas de turismo, pero su estancia no podía exceder un periodo máximo de 90 días, lo que limitaba su capacidad de seguir viajando y disfrutando del Perú mientras trabajaban para empresas extranjeras.

Impacto positivo

Se espera que la nueva calidad migratoria de nómade digital atraiga a un mayor número de profesionales internacionales, impulsando así la economía del país a través del turismo, los servicios y otros sectores relacionados;

También que favorezca el intercambio cultural y la posibilidad que estos nómades digitales consideren elegir el Perú como lugar para constituir una empresa o un emprendimiento, para lo cual deberán cambiar de estatus migratorio.

La calidad migratoria nómada digital empezará a otorgarse una vez que se publique la resolución que reglamente éste y otros cambios realizados a la Ley de Migraciones, y se establezca el procedimiento correspondiente en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad.


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