Congreso: proponen eliminar la cuota de ingreso que cobran los colegios privados
Proyecto de ley de congresista Darwin Espinoza (AP) señala que concepto no tiene ningún sustento, y que es utilizado como filtro para seleccionar a las familias pudientes.
La iniciativa del congresista Darwin Espinoza busca modificar diversos artículos de la Ley N° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados, y la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
El objetivo manifiesto de su autor es “fortalecer el acceso a la educación básica regular, suprimiendo la cuota de ingreso y estableciendo como únicos pagos la cuota de matrícula y pago por pensión de enseñanza”.
En efecto, tras definir lo que significa la “cuota de matrícula”, que se paga para asegurar la vacante; y la “pensión de enseñanza”, que se paga mensualmente por los servicios educativos que se recibe, se agrega expresamente que “la institución educativa privada no puede exigir ningún pago adicional a lo establecido en el presente artículo. Está prohibido el cobro de cuota de ingreso”.
Ya en la sustentación de motivos, el congresista Espinoza admite que no es la primera vez desde el Congreso que se pretende eliminar este pago, la última en el 2020 por medio de un proyecto de la entonces congresista María Céspedes Cárdenas, que fue enviado al archivo.
Sin embargo, consideró un avance la promulgación del Decreto de Urgencia N° 002-2020, que ordena la devolución de la cuota de ingreso en caso de traslado o de retiro del estudiante, sin posibilidad de que la institución educativa pueda negarse a ese reembolso.
Pese a ello, Espinoza considera que la “cuota de ingreso” no tiene ningún sustento técnico, sino, por el contrario, ha sido utilizada por los colegios privados como un filtro discriminador, para identificar a los padres de familia que poseen los medios económicos necesarios para afrontar las pensiones.
Esta restricción –agrega-– da a entender que las cuotas de ingreso son parte del pago por la contraprestación de un servicio efectivamente brindado, pero como las instituciones educativas privadas no dan explicaciones sobre el destino de esta cuota, no queda clara cuál es su naturaleza, por lo que el cobro debería prohibirse, pues no se tiene claro si el pago de estas cuotas de ingreso corresponden a prestaciones educativas efectivamente prestadas.
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