Derecho
No obstante, en el marco de su disponibilidad presupuestal las unidades receptoras deberán procurar abonar un estipendio superior al mínimo establecido, señala la Resolución Ministerial N° 0356-2023-JUS.
Directrices
El Servicio Civil de Graduandos (Secigra Derecho) es prestado facultativamente por los estudiantes de las facultades y escuelas profesionales de Derecho de las universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales.
Esto con la finalidad de que realicen actividades jurídicas en dependencias del Estado, de manera complementaria a su formación jurídica, para coadyuvar a una pronta y eficiente administración pública y de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social de los graduandos.
En ese contexto, el Secigra Derecho se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Minjusdh, correspondiendo a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación de secigristas.
Para tal efecto, las dependencias de la administración pública deben determinar anualmente el número de vacantes para los estudiantes que opten por participar del programa, a fin de asumir el respectivo pago de estipendio.
Para la distribución de las vacantes entre las facultades de Derecho se tienen en cuenta las vacantes ofertadas por las unidades receptoras y la proyección con la proporción de estudiantes interesados en prestar el servicio, presentado por las universidades; el resultado de la participación de la Facultad de Derecho en el programa inmediato anterior, entre otros factores.
Obligaciones
El secigrista debe guardar reserva de los asuntos que llegan a su conocimiento por motivo del servicio. Asimismo, debe cumplir con diligencia, puntualidad y eficiencia las tareas que se le encomienden.
También tiene la obligación de asistir diariamente a prestar el Secigra Derecho, registrando su ingreso y salida en la forma establecida por la unidad receptora, salvo excepción prevista reglamentariamente.
A su vez debe presentar un informe personal sobre el desarrollo y el aprendizaje jurídico en la unidad receptora, conforme al formato establecido, así como cualquier documentación vinculadaa la condición de secigrista mediante su universidad.
A la par, el secigrista debe cumplir las demás obligaciones que le imponga la ley, el reglamento correspondiente, el jefe de la Oficina Responsable del Secigra Derecho de su facultad, el supervisor y la autoridad respectiva de la unidad receptora.