• DOMINGO 14
  • de junio de 2026

Derecho

FOTOGRAFIA
DERECHO

Día de la Canción Criolla: organizadores deben aplicar descuentos en entradas para personas con discapacidad

Conadis señala, además que, deben destinar cierta cantidad de entradas exclusivamente a este sector de la población.

Esta obligación está contemplada en la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley 29973), la cual precisa que, en caso de eventos públicos, los organizadores deben aplicar el 50 % de descuento al precio de la entrada para las personas con discapacidad debidamente acreditadas, es decir, a través de su certificado de discapacidad o con el carné del Conadis. En lo que respecta a eventos privados, se debe aplicar el 20 % de descuento al precio de la entrada.

[Lea también: ONP 2023: más de 180 mil pensionistas recibirán bonificación por edad avanzada en noviembre]

Sumado a ello, la ley indica que se debe reservar cierta cantidad de entradas para este sector de la población. Para eventos públicos, la reserva es del 25 % del número total de entradas. Mientras que, para eventos privados, es del 10% del total de entradas.

“Estos beneficios son, exclusivamente, para las personas con discapacidad; es decir, son intransferibles y deben cumplirse”, señaló Víctor Hugo Vargas Chávarri, directorde Fiscalización y Sanciones del Conadis.

Sanciones

En el marco de sus competencias y de acuerdo con Ley 29973, el Conadis podría iniciar un procedimiento sancionador e incluso multar a los organizadores de eventos, públicos o privados, que impidan el ingreso de personas con discapacidad, debidamente acreditadas, con hasta 7 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 34 650, al tratarse de una infracción grave.

En cuanto a la inaplicación del descuento del 50 % y 20 % a los precios de las entradas para eventos públicos y privados, respectivamente, la multa ascendería hasta 2 UIT, equivalente a S/ 9 900.

Canales de denuncia

Ante la vulneración de sus derechos, la persona con discapacidad puede denunciar el hecho, si está en Lima, acudiendo al Conadis, en la Av. Arequipa N.º 375, Cercado de Lima. Al llegar, la persona recibirá un ticket para poder ser atendida y un formato de solicitud de denuncia para que proceda con su requerimiento.

Asimismo, puede presentar su denuncia a través de Mesade Partes virtual. En ambos casos, es recomendable adjuntar evidencias y los medios probatorios correspondientes, a fin de agilizar el proceso, el cual estará a cargo de la Dirección de Fiscalización y Sanciones del Conadis.


Lea también en El Peruano

Suplemento Jurídica:

Jurídica 873: Magistrados[Nuevo]
La Junta Nacional de Justicia inicia nuevo proceso de evaluación parcial de jueces y fiscales
Jurídica 872: La tributación
La inteligencia artificial aplicada a la gestión fiscal
Jurídica 871: La legítima defensa
El uso de armas para la protección personal en debate

Noticias relacionadas: