Otorgarán bono de S/ 500 para los servidores del Ministerio de Cultura
A continuación, se detallan las principales disposiciones establecidas en el Artículo 50 de la Ley N.º 31912:
Características del bono excepcional
Este bono excepcional no tendrá carácter remunerativo, no estará sujeto a cargas sociales y no será de naturaleza pensionable. Además, no formará parte de los beneficios laborales.
¿Cuáles son las condiciones para percibir el bono?
Para recibir el bono excepcional, los servidores de los elencos nacionales y regionales del Ministerio de Cultura deben contar con un vínculo laboral vigente y estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) del Ministerio de Economía y Finanzas a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
El financiamiento del bono excepcional se realizará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura y no requerirá recursos adicionales del tesoro público. El Artículo 50 de la Ley Nº 31912 exime al Ministerio de Cultura de lo dispuesto por el Artículo 6 de la Ley N° 31638, que regula el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
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