• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

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Día de todos los Santos: ¿Habrá feriado largo desde el 31 de octubre?

Atención, empleadores y trabajadores.

¿Qué se celebra en esta fecha?

Esta fecha honra a los difuntos, a quienes les ofrecen -con mucha tradición y devoción- rituales religiosos, visitas a sus tumbas, ofrendas, coronas, agua bendita, cantos y diversas acciones que les gustaron en vida a sus familiares, quienes hoy gozan del reino de Dios.

¿Habrá feriado largo desde el 31 de octubre?

De acuerdo con el Decreto Supremo 151-2022-PCM y el Decreto Legislativo N.° 713 el 31 de octubre no es feriado ni día no laborable. Es decir, los trabajadores solo contarán con un día libre el miércoles 1 de noviembre.

¿Que días festivos restan en este año?

Miércoles 1° de noviembre: Día de Todos los Santos.

Jueves 7 de diciembre: día no laborable.

Viernes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.

Sábado 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.

Lunes 25 de diciembre: Navidad.

Martes 26 de diciembre: día no laborable.

Lunes 1° de enero del 2024: Año Nuevo.

Martes 2 de enero del 2024: día no laborable. 

Diferencias entre un feriado y un día no laborable

En días feriados, el trabajador debe descansar y percibir su remuneración habitual. Sin embargo, aquellos que acuerden trabajar estos días, sin descanso sustitutorio posterior, tienen derecho a percibir triple pago.

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En el caso de los días no laborables, es aplicable para los trabajadores del sector público. Este día es considerado hábil, y a diferencia de un feriado, las horas dejadas de laborar deben compensarse en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Tratándose del sector privado, cuyo acogimiento a esos días no laborables es voluntario, corresponderá al empleador y los trabajadores fijar de común acuerdo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, considerando que a falta de acuerdo decidirá el empleador.


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