Derecho
La Ley N° 31902, declara de necesidad la designación de, por lo menos, un profesional de Psicología en cada institución educativa, encargado de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y de violencia entre los alumnos.
La implementación de esta disposiciónse realiza en forma progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.
Para ello, se dispone que los profesionales psicólogos puedan realizar el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums) en las instituciones educativas públicas, conforme con los lineamientos que establezca el Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio de Educación, previa disponibilidad presupuestal.
Asimismo, establece que el director recurre a herramientas tecnológicas para reforzar la seguridad en el entorno escolar a fin de prevenir y combatir el acoso escolar.2226137-5 by Diario Oficial El Peruano on Scribd
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La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos decidió también este año dar un nuevo salto hacia lo que la tecnología permite.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) October 16, 2023
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