Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia
  • VIERNES 9
  • de octubre de 2026

Política

FOTOGRAFIA

Más de 1,000 excandidatos fueron sancionados por no presentar gastos de campaña

Cifra corresponde a participación en las Elecciones Regionales y Municipales del 2022.

Según lo establecido en el numeral 34.5 del artículo 34º de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP), los candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda, presentan en dos (2) entregas obligatorias, la información financiera de campaña. La ONPE establece los plazos de presentación y publicación obligatoria, desde la convocatoria a elecciones, con al menos una (1) entrega durante la campaña electoral como control concurrente.

 En el caso de las ERM 2022, la ONPE definió que la primera entrega de la información financiera de aportes e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral debía realizarse como máximo el 16 de setiembre del 2022.

Por su parte, para la presentación de la segunda entrega, se fijó como plazo límite el 10 de febrero del 2023, conforme se observa en la Resolución Gerencial Nº 000002-2023-GSFP/ONPE.

Así, solo al contarse con ambas entregas, se tendría la información financiera de la campaña electoral. Caso contrario, al faltar alguna de estas o ambas, no se contaría con la información requerida; por lo tanto, se configuraría la infracción contenida en el artículo 36-B de la LOP, que establece que los candidatos que no informen a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE, en los plazos que esta determine según el numeral 34.5 del artículo 34º de LOP, de los gastos e ingresos efectuados durante su campaña, son sancionados con una multa no menor de una (1) ni mayor de cinco (5) unidades impositivas tributarias (UIT).

Por lo que, luego de terminar los respectivos procesos administrativos sancionadores (PAS), entre los sancionados figuran excandidatos a alcaldes distritales (646), a alcaldes provinciales (111), a consejeros regionales (245), a gobernadores regionales (2), a regidores provinciales (59) y a vicegobernadores regionales (7).

También lea en El Peruano