• SÁBADO 16
  • de mayo de 2026

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Profesores que cuenten con medida de separación o retiro podrán realizar sus labores de manera no presencial

Publican Resolución Ministerial N° 429-2023-Minedu.

Así, la disposición aprobada por Resolución Ministerial N° 429-2023-Minedu encarga al responsable del equipo de personal de la UGEL o DRE, o el que haga sus veces, según corresponda, el control de las labores administrativas que se le haya asignado al profesor inmerso, mientras se mantenga vigente la medida de separación preventiva o de retiro.


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De acuerdo con la Ley N° 29944, los docentes son separados preventivamente cuando existe una denuncia administrativa o judicial contra este, por los presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un estudiante, apología del terrorismo, delitos de terrorismo y sus formas agravadas.

Asimismo, por delitos de corrupción de funcionarios, delitos de tráfico ilícito de drogas y por incurrir en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio.

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