MTC: Vehículos de carga pesada que incumplan restricción por Fiestas Patrias serán multados
Restricción se efectuará el 27 y 30 de julio, entre los km 23 y 145. Medida aplica solo a camiones de más de 3,5 toneladas de peso bruto vehicular.
Además, aquellos conductores que hagan caso omiso a las indicaciones de los agentes de la Policía Nacional del Perú, en coordinación con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), serán multados con el 12% de la UIT.
Estas medidas tienen como objetivo preservar la integridad de las personas y priorizar el desplazamiento de aquellos que decidan viajar hacia el centro del país durante el feriado por Fiestas Patrias, según lo manifestado por la ministra Paola Lazarte.
La directora de Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, Ofelia Soriano, precisó que “solo serán impedidos de circular por la Carretera Central los camiones de carga con un peso superior a las 3,5 toneladas”. Esta gestión del tránsito en la vía principal no solo permitirá una mayor fluidez y seguridad durante el feriado, cuando se produce un aumento significativo en el flujo vehicular, sino que también contribuirá a reducir los tiempos de viaje de las personas desde y hacia el centro del país.
La restricción en la Carretera Central se aplicará en el tramo entre el kilómetro 23 (Chaclacayo, Lima) y el kilómetro 145 (Centro Poblado Pucará, Junín). La medida estará vigente el jueves 27 de julio desde las 00:00 hasta las 8:00 horas, y el domingo 30 de julio desde las 9:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Directoral N.° 06-2023-MTC/18, publicada en el diario El Peruano el 24 de marzo pasado.
Es importante destacar que los vehículos de carga que se encuentren dentro del tramo restringido durante el horario establecido deberán continuar su circulación hasta salir de dicha zona en un plazo máximo de cinco horas, sin poder reingresar en ese período. Además, se prohíbe el estacionamiento de estas unidades a los lados de la vía dentro del tramo restringido.
La restricción no aplica a los vehículos de emergencia (policiales, de bomberos, grúas, ambulancias, entre otros), vehículos que transporten donaciones o ayuda humanitaria, y vehículos destinados a transportar personal, maquinaria o equipos para la liberación o habilitación de vías de comunicación.
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