• VIERNES 3
  • de abril de 2026

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El Congreso publicó dos nuevas leyes de contenido tributario: Entérate aquí de que se tratan

Experta tributarista, Katarzyna Dunin Borkowski, detalla los cambios.

La experta tributarista, Katarzyna Dunin Borkowski, comentó que una de ellas es la Ley del Joven Empresario, aplicable sólo a empresas inscritas en los registros públicos. Los beneficios que otorga esta norma son los siguientes:

a. Proceso de constitución e inscripción registral simplificada.

b. En caso contrate uno o más trabajadores nuevos, para efectos de la determinación del IR de los ejercicios 2024 y 2025, puede aplicar una deducción adicional equivalente al 50 % de la remuneración básica que pague al nuevo trabajador, independientemente de su jornada de trabajo y su modalidad contractual, siempre que se cumplan algunos requisitos;

c. Devolución del IGV para las operaciones de exportación de bienes y servicios, conforme a lo previsto en la legislación vigente,d. En los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras de las entidades del sector público, las empresas constituidas por jóvenes, cuya edad sea igual o mayor a 18 años y no mayor a 29 años, tienen una bonificación de puntaje adicional de 5 % en la propuesta técnica.

Ver norma aquí

Durnin Borkowski también señaló que se ha modificado la Ley de Reinserción Social y Económica del Migrante Retornado.

Sostuvo que en este cambio, se conceden beneficios a los peruanos que deseen retornar al Perú que hayan residido en el exterior sin interrupciones por un tiempo no menor de 3 años y, a los peruanos que hayan sido forzados a retornar por su condición migratoria por el Estado receptor y que hayan permanecido en el exterior sin interrupciones por 2 años.

El beneficio concedido es la liberación de todo tributo a la importación de: (i) menaje de casa hasta por USD 50 000,00, (ii) Un vehículo automotor, hasta por un máximo USD 50 000,00), (iii) Instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital, dispositivos médicos y demás bienes que usen en el desempeño de su trabajo, profesión, oficio o actividad empresarial, hasta por un máximo de USD 350 000,00, siempre que presenten un perfil de proyecto destinado a un área productiva vinculada directamente al desarrollo de su trabajo, profesión, oficio o empresa que pretendan desarrollar en el país, o se trate de científicos o investigadores debidamente acreditados.

Ver norma aquí


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