Sunat amplía facilidades tributarias para la emisión de guías de remisión electrónica
No aplicará sanciones a contribuyentes obligados para que puedan adaptar nuevos sistemas.
Lo señalado fue aprobado mediante la Resolución N.° 00017-2023/SUNAT/700000, y publicado en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.
Dicha disposición permitirá que no se apliquen sanciones de comiso de bienes ni de internamiento temporal de vehículos cuando se detecte el incumplimiento de dichas obligaciones, emitiendo solo actas preventivas, siempre y cuando, se cuente con una guía de remisión en formato impreso o importado durante el traslado de los bienes, según lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago.
Desde el 1 de enero del 2023 están obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, los contribuyentes inscritos por primera vez o que den de alta su RUC, los que trasladen bienes importados y quienes trasladen cemento desde o hacia zonas sujetas al Régimen Especial de Bienes Fiscalizados. Cabe precisar que, para el caso del traslado de arroz, azúcar y/o alcohol etílico se debe emitir la GRE - Remitente.
Por otro lado, la norma establece que desde el 1 de julio del 2023 se encontrarán obligados a emitir la GRE Remitente y Transportista, quienes, al 31 de diciembre del 2022, tengan la condición de principales contribuyentes.
A la fecha, más de 170 mil contribuyentes han emitido las GRE en todo el país, utilizando los sistemas de emisión habilitados por la Sunat, lo que ha permitido que reduzcan de manera significativa el tiempo de su emisión y agilicen el traslado de sus mercancías, reduciendo los costos de la formalización.
Amplían plazo para la presentación de declaración jurada y pago de IR para personas naturales y mypes, según dictamen aprobado en la Comisión de Economía. https://t.co/qplHStQji1pic.twitter.com/KnK81ARk6V
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) June 21, 2023