• VIERNES 1
  • de mayo de 2026

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Normas Legales: Revise aquí las disposiciones más relevantes del 19 al 23 de junio

Lunes 19 de junio

Mimp aprueba padrón de beneficiarios de la subvención por acogimiento familiar

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp) aprobó el Padrón de Beneficiarios de la Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) correspondiente al mes de mayo del 2023 y el monto total por concepto de subvención económica, mediante la Resolución Ministerial Nº 222-2023-MIMP.

De acuerdo con la norma, el monto total por concepto de subvención económica asciende S/ 95,386.50.

Asimismo se dispuso que  norma y su anexo sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

La subvención económica contribuye a costear los gastos básicos de cada niña, niño o adolescente en acogimiento familiar, así como el apoyo en los gastos adicionales que se generen en virtud a su edad, necesidades especiales y de desarrollo; para lo cual se tiene en cuenta la condición socioeconómica de la familia acogedora.


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Beneficios para la PNP

El Ministerio del Interior dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31576, que incorpora dentro de los alcances de la Ley N° 30876 a los oficiales de servicio de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro y egresados de la ESELAC-PNP , comprendidos en la Resolución Ministerial 697-2018-IN.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 0757-2023-IN publicada el lunes 19 de junio en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Por intermedio de este dispositivo se establece un plazo de cinco días hábiles contados a partir de mañana, para recibir las sugerencias y recomendaciones de las entidades públicas, entidades privadas, y de la ciudadanía en general las cuales podrán ser presentadas mediante las siguientes direcciones de correo electrónico: emg.sec.ayu@policia.gob.pe y emg.jef@policia.gob.pe.

Además, se encarga al Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo.

Sobre la Ley N° 31576

Esta norma añade dentro de los alcances normativos de la Ley 30876, Ley que otorga el reconocimiento de tiempo de servicios, regulariza la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar – Policial y otorga el grado inmediato superior a los oficiales de servicios de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad, que ingresaron en el proceso de asimilación PNP 1995; a los Oficiales de Servicios de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y retiro, egresados de la ESELAC-PNP, lo cual devenga el reconocimiento de su tiempo de servicios desde su ingreso a la institución, así como la transferencia de sus aportes a la Caja Militar Policial.

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Martes 20 de junio

Ley Nº 31790: Declaran de necesidad pública la construcción de diversas vías en todo el país

El Congreso de la República oficializó la Ley que declara de necesidad pública la construcción de la autopista de Juliaca, Huancané y Moho, en el departamento de Puno, y otras vías de importancia nacional.

Se trata de la Ley  Nº 31790 que también priorizará la implementación de acciones estatales en favor de las vías de comunicación de las circunscripciones siguientes:

-La ejecución del proyecto para el mejoramiento y ampliación del servicio de transitabilidad vehicular de cuatro tramos de vías vecinales ubicadas en las provincias de Cusco, Calca y Urubamba del departamento de Cusco.

-La ejecución de los proyectos de infraestructura vial en el ámbito de influencia del corredor minero del sur, que comprende los departamentos de Apurímac, Cusco y Arequipa.

- La ejecución preferente, la categorización como vía nacional alterna y el mejoramiento de la carretera Higueras-Yarumayo-Yacus-Margos-Jesús-Cauri-Antacolpa-Raura-Oyón-Rutas (HU-110 y HU-111), en las provincias de Lauricocha y Huánuco del departamento de Huánuco, y en la provincia de Oyón del departamento de Lima.

- La construcción, mejoramiento, mantenimiento y conservación de la carretera Chicama-Cascas-Contumazá-Chilete, Ruta Nacional PE-1NF, en las provincias de Ascope y Gran Chimú del departamento de La Libertad, y en la provincia de Contumazá del departamento de Cajamarca.

- La construcción de la carretera de integración interregional en la ruta de Huimbayoc - Santa Rosa - San José de Yanayacu de la provincia de San Martín del departamento de San Martín - San Cristóbal - Dos de Mayo - Nuevo Dos de Mayo - Tierra Blanca - Quebrada Zancudo, Distrito de Sarayacu - Provincia de Ucayali - Departamento de Loreto.

- La construcción de la vía Evitamiento de la Ciudad del Cusco en el sector de la Ruta PE-3S de la Red Vial Nacional desde el tramo de Puente Agua Buena hasta la localidad de Poroy.

- La construcción del puente vehicular Pongo Isla sobre el río Huallaga, accesos y el mejoramiento del camino vecinal Huimbayoc-Santa Rosillo en el distrito de Huimbayoc en la provincia de San Martín del departamento de San Martín.

- La construcción de la carretera Chasqui-Chachipucara del distrito de Pilcuyo de la provincia de El Collao en el departamento de Puno.

- El asfaltado de la doble vía de la carretera Chachapoyas-Rodríguez de Mendoza en el departamento de Amazonas.

- La culminación de la construcción y mejoramiento de la Carretera PE-3N (Bambamarca)-Paccha-Chimban-Pion-L.D. con Amazonas (EMP. AM - 103 El Triunfo) en el departamento de Cajamarca.

- El mejoramiento de la Ruta Departamental AR 116 desde el tramo de la progresiva 7.493 a la Progresiva 62.693 (Empalme PE-34 A - Pampa Cañaguas), ubicada en el departamento de Arequipa.

- La culminación de la obra de mejoramiento del circuito vial Chupaca-Sicaya-Vicso-Aco-Mito en las provincias de Chupaca, Huancayo y Concepción, departamento de Junín.

En su momento, el titular de la Comisión de Transportes, Luis Aragón Carreño sostuvo que estas acciones tienen el propósito de mejorar carretas y vías de comunicación en diversos departamentos del país para garantizar la conectividad territorial y el acceso a bienes y servicios, así como el transporte público de pasajeros.

Ley Nº 31792: Fortalecerán participación de municipalidades en defensa de derechos del consumidor

El Congreso de la República oficializó la ley que tiene por objeto fortalecer la participación de las municipalidades provinciales y distritales en materia de protección y defensa de los derechos del consumidor.

En ese sentido, la Ley Nº 31792, publicada en el Diario Oficial El Peruano, establece que las municipalidades provinciales y municipalidades distritales podrán realizar las siguientes actividades:

a) Informar y educar a los ciudadanos en relación a sus derechos en materia de protección y defensa del consumidor.

b) Orientar sobre las vías de solución de controversias existentes en materia de consumo, así como promover su uso por parte de los consumidores.

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c) Apoyar a las instituciones públicas y privadas en el desarrollo y ejecución de actividades que promuevan la protección y defensa de los derechos de los consumidores.

d) Promover la creación y sostenibilidad de asociaciones de consumidores en el ámbito local.

La norma establece que la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, como ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor, es responsable de emitir los lineamientos y directivas complementarias, según corresponda, para la aplicación de lo dispuesto en la presente ley.

Asimismo, deberá brindar asistencia técnica a los funcionarios de las municipalidades provinciales y municipalidades distritales a efectos de fortalecer sus capacidades de información y orientación en materia de protección de los derechos del consumidor.

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Ley Nº 31793: Oficializan Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca de la OMC

El Congreso de la República oficializó la aprobación del "Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio. Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca”, adoptado el 17 de junio de 2022, en la ciudad de Ginebra, Suiza.

Fue mediante la Resolución Legislativa Nº 31793 publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Por intermedio de esta, la República del Perú declara que dado que no es Estado parte de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, cualquier mención a dicho tratado y a los espacios marítimos que este consagra en el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca solamente será aplicable al Perú en aquello que constituya Derecho Internacional consuetudinario o refleje principios generales del Derecho.

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La declaración no tiene por objeto modificar o excluir los efectos jurídicos de las disposiciones del referido acuerdo, sino busca dejar constancia de la posición del Perú sobre las cuestiones señaladas.

En su momento, el ministro de la Producción, Juan Carlos Mathews, indicó que lo dispuesto significa un logro histórico para los océanos a nivel mundial, ya que prohibirá las subvenciones a las formas de pesca que agotan las poblaciones pesqueras y afectan la sostenibilidad de los océanos, cumpliendo con la meta 14.6 del Objetivo de Desarrollo Sostenible 14 de las Naciones Unidas.

Indicó que, cuando este tratado entre en vigor, será de mucha importancia para la sostenibilidad de nuestros recursos hidrobiológicos nacionales.

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"El Acuerdo requiere 110 ratificaciones para entrar en vigor, y actualmente cuenta con 34. El Perú aspira a ser el primer país latinoamericano en aceptar el acuerdo, el cual fortalecerá su compromiso con el Sistema Multilateral del Comercio y con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030."

El citado ministerio refirió que el acuerdo no afectará la capacidad del Estado peruano de continuar brindando apoyo económico a la pesca artesanal, como se realiza hoy en día mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (Fondepes). Tampoco afectará a futuras subvenciones que se puedan otorgar desde el sector, ya que siempre respetarán las prohibiciones contenidas en el tratado.

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Ley Nº 31791: amplían ámbito de intervenciones en infraestructura social a favor de poblaciones en pobreza

Los ministerios, organismos públicos ejecutores, gobiernos regionales y gobiernos locales en el marco de sus competencias podrán ejecutar intervenciones en biodigestores, sistemas fotovoltaicos aislados, así como en captación pasiva de agua atmosférica o de mantenimiento de las mismas, que contribuyan efectivamente al cierre de brechas orientadas a reducir la pobreza y extrema pobreza en los ámbitos rural y periurbano, incluyendo a las comunidades afectadas por terrorismo, en la modalidad de núcleos ejecutores.

Esto, en aplicación de la Ley N° 31791 que modifica la Ley N° 31015, que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores.

La norma modificatoria, publicada en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, introduce cambios en el artículo 4 de la Ley N 31015 redefiniendo las intervenciones de infraestructura social básica, así como las intervenciones de infraestructura natural con lo cual se amplía el marco de las intervenciones que en ambos tipos de infraestructura se pueden efectuar mediante núcleos ejecutores.


De acuerdo con el numeral 4.1 del artículo 4° de la ley modificada las intervenciones de infraestructura social básica son inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR) y las actividades para la ejecución de pequeñas obras, cuyo objetivo es contribuir a satisfacer las necesidades básicas de la población rural o periurbana en situación de pobreza y extrema pobreza, entre ellas las vinculadas a infraestructura de centros educativos, puestos de salud, agua potable, letrinas, minipresas, biodigestores, reparación o apertura de trochas carrozables, puentes, muros de contención, redes secundarias de electrificación, sistemas fotovoltaicos aislados, mejoramiento de vivienda social, entre otras.

En tanto que el numeral 4.3 modificado define a las intervenciones de infraestructura natural como las IOARR y actividades de intervención, directa o indirecta, en el ámbito de las cuencas que proveen de servicios ecosistémicos a las poblaciones locales para conservar o recuperar las capacidades naturales de los ecosistemas en la regulación hídrica, captura de carbono, conservación de suelos o control de desastres.

Se comprende por servicios ecosistémicos a los beneficios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos, que las personas obtienen del buen funcionamiento de los ecosistemas.

Entre las inversiones de infraestructura natural se encuentran la reforestación, la restauración ecológica, la reconstrucción de andenería, reconstrucción de canales ancestrales de infiltración, manejo de pastos naturales, microembalses para infiltración de agua, soluciones ecológicas de tratamiento de aguas residuales, conservación de biodiversidad, siembra y cosecha de agua, captación pasiva de agua atmosférica, entre otros, precisa la citado numeral modificado.

Miércoles 21 de junio

Ley Nº 31794: Promocionan negocios de dulces tradicionales como generadoras de empleo en la vía pública

El Congreso de la República oficializó la aprobación de la Ley que reconoce y promociona los negocios de preparación o venta de dulces tradicionales como microempresas generadoras de autoempleo productivo en la vía pública.

Se trata de la Ley N° 31794 que tiene por objeto establecer un marco normativo, con el fin de garantizar su bienestar social, comercial, económico, turístico y gastronómico, cuya actividad relevante recibe apoyo de las entidades gubernamentales de todos los niveles de gobierno, las cuales desarrollan políticas, planes, estrategias y programas para impulsar su formalización, consolidación y sostenibilidad.

La norma establece que los gobiernos locales suscribirán convenios de cooperación con las asociaciones de expendedores de dulces tradicionales en la vía pública dentro de su jurisdicción, en el marco de acciones que contribuyan a un desarrollo integral, sostenible y ordenado de la comunidad en armonía con las normas para el cuidado del medio ambiente y del ornato de la ciudad.

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Asimismo, regularán el comercio estableciendo los mecanismos de registro, control, salubridad, capacitación y fomento de capacidades que garanticen un servicio de calidad, en adecuadas condiciones de higiene y salubridad.

Por último, la norma declara el último sábado de abril de cada año el "Día Nacional de los Dulces Tradicionales", por lo que las entidades competentes, en todos los niveles de gobierno, promoverán actividades para su difusión, promoción y desarrollo de forma directa.

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Congreso archiva acusación constitucional contra el exministro Juan Carrasco Millones

El Congreso de la República oficializó el archivamiento de la acusación constitucional contra Juan Manuel Carrasco Millones, en su condición de exministro del Interior, por infracción de los artículos 43, 45, 126 (segundo párrafo), 146, 153 y 158 de la Constitución Política al no haber alcanzado el número de votos requeridos para la inhabilitación propuesta.

Fue mediante la Resolución Legislativa del Congreso N° 022-2022-2023-CR, publicada en el Boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

Sin embargo, mediante la Resolución  N° 021-2022-2023-CR, se declaró haber lugar a la formación de causa penal, por la presunta comisión de los delitos de Aceptación Ilegal de Cargo Público y Falsedad Genérica, tipificados en los artículos 381 y 438 del Código Penal, en agravio del Estado.


Según detalla el dispositivo legal, durante el desarrollo del procedimiento de acusación constitucional, se respetó el debido proceso y se ha brindado al denunciado todas las garantías necesarias para que pueda ejercer su derecho de defensa, quien ha presentado sus descargos, ha participado en las sesiones de audiencia pública.

Asimismo, indica que se le ha garantizado el acceso al expediente de la denuncia constitucional, no habiendo solicitado, él o su defensa técnica, el acceso correspondiente.

Resolucion Legislativa Del Congreso Por La Cual El Congreso Resolucion Legislativa 022 2022 2023 Cr 2189110... by Diario Oficial El Peruano on Scribd

Ministerio del Ambiente aprueba Hoja de ruta de Finanzas Verdes

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó la Hoja de ruta de Finanzas Verdes para el Perú, como instrumento que incorpora las consideraciones ambientales en la gestión estratégica, operativa y de divulgación de las entidades del sistema financiero, de seguros y del mercado de valores.

Asimismo, en las entidades no reguladas y las entidades públicas relacionadas con las finanzas verdes, de tal manera que se acelere el tránsito hacia una economía y finanzas verdes en el país.

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De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 007-2023-Minam, la implementación de lo dispuesto en la hoja de ruta se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.

El documento estará disponible en la Plataforma digital única del Estado peruano para orientación al ciudadano y en las sedes digitales de los ministerios del Ambiente y de Economía y Finanzas.

DECRETO SUPREMO Nº 007-2023-MINAM by Diario Oficial El Peruano on Scribd


Ejecutivo reglamenta Ley de promoción del investigador científico

El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento que regula la aplicación de lo dispuesto en la Ley Nº 30948, Ley de promoción del desarrollo del investigador científico.

La norma reglamentaria, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 076-2023-PCM, establece como modalidades de promoción del Investigador Científico altamente especializado, la contratación mediante el Concytec u otra entidad pública, o subvenciones económicas para la investigación científica.


Esta norma se aplica a todos los investigadores nacionales y extranjeros que participen en los concursos que convoque el Concytec; así como, a las entidades públicas y privadas que participen de las modalidades para promover al investigador científico.

El dispositivo contiene las condiciones y recategorización del investigador científico; la convocatoria, evaluación y selección; entre otras disposiciones las cuales puedes ver a continuación:

DECRETO SUPREMO Nº 076-2023-PCM by Diario Oficial El Peruano on Scribd

Jueves 22 de junio

Ley Nº 31796: Establecen en una RMV la asignación mensual para el personal del servicio militar acuartelado

El Congreso de la República aprobó por insistencia la Ley que establece en una remuneración mínima vital (RMV) la asignación económica mensual para el soldado, grumete o avionero que realiza el servicio militar acuartelado.

De acuerdo con la Ley Nº 31796, para las otras jerarquías del personal de tropa que presta el servicio militar acuartelado, la asignación económica mensual se fija teniendo como monto base la RMV, y es aprobada por el Ministerio de Defensa en noviembre de cada año y rige a partir de enero del año siguiente.

En su momento, diversos congresistas de distintas bancadas se manifestaron a favor de esta disposición y coincidieron en señalar que se trata de hacer justicia a un sector que no recibe recursos, tiene familia y requiere seguir formándose para desarrollarse.


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El congresista Roberto Chiabra León (APP) señaló que desde hace once años este sector no recibe un solo sol más para sumar al magro monto que percibe; y no tiene recursos para ganarse la vida en forma decente, una vez que se licencia.

En la misma línea se pronunció el congresista Flavio Cruz Mamani (PL) quien señaló que con la aprobación de la iniciativa legislativa se rendirá homenaje a los soldados que se ahogaron en el río Ilave, en Puno.

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Ley Nº 31795: Formalizan uso de armas no letales en el servicio municipal de serenazgo 

El Congreso de la República oficializó la Ley del servicio de serenazgo municipal y que autoriza el uso de nuevos medios de defensa para la lucha contra la inseguridad ciudadana.

Se trata de la Ley N° 31795, que de este modo, precisa que los serenos deben contar con los medios de defensa necesarios para cumplir con sus funciones, de acuerdo con la modalidad del servicio que brindan.

Y que, según los recursos de cada municipalidad, estos medios de defensa pueden ser los siguientes: grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas para el cumplimiento de sus funciones.


Ley Nº 31797: Impulsan promoción y desarrollo sostenible del turismo comunitario en el Perú

El Congreso de la República oficializó la aprobación de la Ley que establece las disposiciones normativas para regular el desarrollo sostenible del turismo comunitario en el Perú mediante el fortalecimiento de las competencias de las comunidades, debidamente organizadas para la gestión de la actividad turística de su territorio.

De acuerdo con la Ley Nº 31797, publicada en el Diario Oficial El Peruano, esta disposición tiene la finalidad de contribuir a la mejora de la calidad de vida de su población.

El dispositivo define al turismo comunitario como toda actividad turística que se desarrolla desde la perspectiva territorial e intercultural de las comunidades con vocación turística y participación activa o liderazgo de la población, realizada bajo un modelo de gestión de base comunitaria que provea los servicios que conlleve: alojamiento, intermediación, alimentación, traslado, información, asistencia o cualquier otro relacionado directamente con el turismo.

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Además, el dispositivo establece diversas funciones que ejecutará el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), los gobiernos locales y los gobiernos regionales.

Asimismo, crea el Registro Nacional de Organizaciones de Base Comunitaria en Turismo e indica que el Mincetur estará a cargo de la inscripción y actualización.

Beneficios e incentivos 

Por último, la norma establece que las entidades públicas pueden establecer beneficios e incentivos a las organizaciones de base comunitaria y sus unidades productivas y emprendedores que la conforman, debidamente inscritos en el mencionado registro nacional, cuando contribuyan al logro de los objetivos en materia de turismo comunitario.

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Transfieren más de S/ 48 millones al Ministerio de Vivienda para intervenciones frente al Fenómeno El Niño

El Poder Ejecutivo aprobó medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que permitan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), mediante el Programa Nuestras Ciudades - PNC, a intervenir de manera inmediata en las zonas declaradas en estado de emergencia por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (periodo 2023-2024) y probable ocurrencia del Fenómeno El Niño.

En efecto, mediante el Decreto de Urgencia N º 017-2023 publicado en el Diario El Peruano se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de 48 millones 366,900 soles a favor del MVCS.

El documento señala que esta disposición se efectúa para financiar la adquisición de maquinarias y vehículos, así como el servicio de seguro correspondiente, en el marco de las acciones para la reducción de riesgos y preparación, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia

El decreto tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

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Congreso delega a la Comisión Permanente la facultad de legislar hasta el 21 de julio

El Congreso de la República oficializó la delegación en la Comisión Permanente la
facultad de legislar hasta el 21 de julio del 2023.

De acuerdo con la Resolución Legislativa del Congreso 023-2022-2023-CR, dicha comisión decidirá sobre los siguientes asuntos:

1.- Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.

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2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.

La norma excluye de los asuntos a aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución.

Resolucion Legislativa Del Congreso Que Delega en La Comisio Resolucion Legislativa 023 2022 2023 Cr 218954... by Diario Oficial El Peruano on Scribd


Mincetur aprueba plan anual de promoción turístico nacional para el 2023

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el Plan Anual de Promoción Turístico Nacional para el 2023 por el monto total de 124 millones 629,133 soles.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 180-2023-Mincetur estas actividades se encuentran a cargo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (Promperú).

El dispositivo legal y su anexo estarán próximamente disponibles en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.



Poder Ejecutivo crea programa de garantía para instituciones financieras

El Poder Ejecutivo estableció una serie de medidas excepcionales para que las instituciones financieras puedan incrementar su capacidad financiera y enfrentar escenarios extraordinarios de mayor demanda por liquidez.

Para tal fin, mediante el Decreto de Urgencia Nº 018-2023, creó el Programa de Garantía del Gobierno Nacional que tiene por objeto garantizar operaciones de reporte con el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) de las entidades participantes.

De esta manera, las instituciones financieras podrán incrementar su capacidad financiera y enfrentar escenarios extraordinarios de necesidad de liquidez, recalca la norma.

Las entidades, señala, solo podrán utilizar la Garantía del Gobierno Nacional en el contexto del programa para efectuar operaciones de reporte con el BCRP, sea directamente o mediante la constitución de un fideicomiso.

Monto

El decreto de urgencia autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), mediante la Dirección General del Tesoro Público, durante el Año Fiscal 2023, a otorgar la Garantía del Gobierno Nacional para garantizar operaciones de reporte con el BCRP de entidades financieras participantes hasta por 2,646 millones de soles.

Además, la norma precisa que la garantía otorgada solo servirá de respaldo siempre que esta se utilice, de manera exclusiva, en operaciones con el BCRP. Vencida la fecha para acogerse al programa, la garantía permanecerá vigente hasta que las operaciones de reporte realizadas con el BCRP hayan sido recompradas, subraya.

La garantía que asigne el Gobierno no excederá el 80% de la cartera transferida en el marco del programa, cuya administración estará a cargo de Cofide.


El decreto de urgencia recuerda que, según el informe de estabilidad del sistema financiero de mayo de 2023, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP sostiene que la probabilidad de incumplimiento de los deudores minoristas se vería más afectada frente a la posibilidad de un Fenómeno El Niño Costero (FEN Costero) en diversos departamentos del país, al mermar su capacidad de generación de ingresos de manera directa.

De esta manera, advierte, resulta necesario implementar medidas que permitan proveer de la liquidez necesaria para seguir operando a las entidades financieras comprendidas en los numerales 1, 2, 3, 4 y 7 del Literal A del artículo 16 de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros.

Viernes 23 de junio


LEY N° 31798:  Fortalecen acciones contra el comercio ilegal de equipos terminales móviles

El Congreso de la República aprobó por insistencia, aceptando las observaciones formuladas por la Presidencia de la República, la Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1338, que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

Se trata de la Ley Nº 31798, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que modifica el numeral 8.1 del artículo 8 del citado decreto legislativo a fin de establecer  como obligación de las empresas operadoras de servicios públicos móviles de telecomunicaciones verificar que el equipo terminal móvil donde se utilizará el servicio público móvil de telecomunicaciones contratado no se encuentre en la Lista Negra y se encuentre en la Lista Blanca del RENTESEG. 

[Lea también: Empresas deben prevenir conductas anticompetitivas.]

La norma indica que en caso de encontrarse en la Lista Negra o no encontrarse en la Lista Blanca del RENTESEG, no procederá la activación del servicio. 

Para dicha verificación, previo a la activación del servicio, la empresa operadora deberá habilitar, únicamente, las funcionalidades que permitan la captura del IMEI por parte de la red móvil.

Ley Que Modifica El Decreto Legislativo 1338 Para Fortalece Ley n 31798 2189940 1 (1) by Diario Oficial El Peruano on Scribd


Congreso formaliza inhabilitación por cinco años para la función pública de la ex fiscal Zoraida Avalos

El Congreso de la República oficializó la resolución legislativa mediante la cual inhabilita por cinco años para el ejercicio de la función pública a la ex fiscal de la nación Zoraida Ávalos Rivera por infracción a la Constitución Política del Perú, en su artículo 159, inciso 4).

De acuerdo a la Resolución Legislativa Nº 024-2022-2023-CR, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Congreso de la República asegura que durante el desarrollo del procedimiento de acusación constitucional, se respetó el debido proceso y brindó a la denunciada  todas las garantías necesarias para que pueda ejercer su derecho de defensa, quien presentó sus descargos y participó en las sesiones de audiencia pública. 

[Lea también: Precisan alcance del delito de abuso del poder económico]

Asimismo, indica que se le garantizó el acceso al expediente de la denuncia constitucional, no habiendo solicitado, ella o su defensa técnica, tal acceso. En ese sentido, se dispuso lo siguiente:

"INHABILITAR por cinco años para el ejercicio de la función pública a la señora Zoraida Ávalos Rivera, en su condición de exfiscal de la Nación, por infracción a la Constitución Política del Perú, en su artículo 159, inciso 4)." 

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 024-2022-2023-CR by Diario Oficial El Peruano on Scribd



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