Derecho
De acuerdo con la Ley Nº 31797, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano esta disposición tiene la finalidad de contribuir a la mejora de la calidad de vida de su población.
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El dispositivo establece diversas funciones que ejecutará el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), los gobiernos locales y los gobiernos regionales.
Asimismo, crea el Registro Nacional de Organizaciones de Base Comunitaria en Turismo e indica que el Mincetur estará a cargo de la inscripción y actualización.
Beneficios e incentivos
Finalmente, la norma establece que las entidades públicas pueden establecer beneficios e incentivos a las organizaciones de base comunitaria y sus unidades productivas y emprendedores que la conforman, debidamente inscritos en el mencionado registro nacional, cuando contribuyan al logro de los objetivos en materia de turismo comunitario.
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