• JUEVES 28
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Ley Nº 31791: amplían ámbito de intervenciones en infraestructura social a favor de poblaciones en pobreza

Norma redefine acciones vinculadas a infraestructura social básica y natural.

Esto, en aplicación de la Ley N° 31791 que modifica la Ley N° 31015, que autoriza la ejecución de intervenciones en infraestructura social básica, productiva y natural, mediante núcleos ejecutores.


La norma modificatoria, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, introduce cambios en el artículo 4 de la Ley N 31015 redefiniendo las intervenciones de infraestructura social básica, así como las intervenciones de infraestructura natural con lo cual se amplía el marco de las intervenciones que en ambos tipos de infraestructura se pueden efectuar mediante núcleos ejecutores.


De acuerdo con el numeral 4.1 del artículo 4° de la ley modificada las intervenciones de infraestructura social básica son inversiones de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR) y las actividades para la ejecución de pequeñas obras, cuyo objetivo es contribuir a satisfacer las necesidades básicas de la población rural o periurbana en situación de pobreza y extrema pobreza, entre ellas las vinculadas a infraestructura de centros educativos, puestos de salud, agua potable, letrinas, minipresas, biodigestores, reparación o apertura de trochas carrozables, puentes, muros de contención, redes secundarias de electrificación, sistemas fotovoltaicos aislados, mejoramiento de vivienda social, entre otras.

En tanto que el numeral 4.3 modificado define a las intervenciones de infraestructura natural como las IOARR y actividades de intervención, directa o indirecta, en el ámbito de las cuencas que proveen de servicios ecosistémicos a las poblaciones locales para conservar o recuperar las capacidades naturales de los ecosistemas en la regulación hídrica, captura de carbono, conservación de suelos o control de desastres.

Se comprende por servicios ecosistémicos a los beneficios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos, que las personas obtienen del buen funcionamiento de los ecosistemas.

Entre las inversiones de infraestructura natural se encuentran la reforestación, la restauración ecológica, la reconstrucción de andenería, reconstrucción de canales ancestrales de infiltración, manejo de pastos naturales, microembalses para infiltración de agua, soluciones ecológicas de tratamiento de aguas residuales, conservación de biodiversidad, siembra y cosecha de agua, captación pasiva de agua atmosférica, entre otros, precisa la citado numeral modificado.

 


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