Derecho
Periodista
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El ‘Plan de capacitación sobre atención judicial a personas con discapacidad para el año 2023’ aprobó el Poder Judicial (PJ) con el objetivo de promover una justicia inclusiva en beneficio de este segmento poblacional, mediante el fortalecimiento de conocimientos y desarrollo de habilidades en la materia de discapacidad e igualdad de derechos humanos en el acceso a la justicia.
De acuerdo con el documento, se busca dotar de herramientas a jueces y servidores especializados en materias penal, civil, familia y tutelar, para un mejor cumplimiento de sus funciones y, por ende, lograr una efectiva administración de la justicia.
Otro de los objetivos específicos es cumplir las disposiciones de la Directiva de Alerta Judicial para Personas con Discapacidad, aprobada mediante Resolución N° 066-2020-CE-PJ, del 12 de febrero del 2020, y del Protocolo de Atención Judicial para Personas con Discapacidad, que se oficializó por Resolución N° 010-2018-CE-PJ, del 10 de enero de 2018.
Análisis
Así también se incluye el análisis de casos emblemáticos, precisa el plan que se aprobó mediante la Resolución Administrativa N° 0224-2023-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), cuya implementación y ejecución se orienta a capacitar de manera obligatoria a jueces y servidores judiciales.
En estas acciones se comprenderá, además de los magistrados, a los servidores: relatores, secretarios, especialistas legales, de causa y de audiencias, asistentes de juez, así como todos los involucrados en proyectar resoluciones judiciales.
Respecto a los empleados administrativos, figuran los jefes de mesa de partes, jefes de seguridad, administradores de módulo, subadministradores, notificadores, asistentes judiciales y administrativos, auxiliares judiciales y administrativos, junto a las personas vinculadas en la atención al público.
En este contexto, el plan programó dos talleres de capacitación sobre el ‘Protocolo de atención judicial para persona con discapacidad, uso de ajustes razonables y de procedimiento’, así como la conferencia magistral denominada Acceso a la justicia: discapacidad y privados de libertad’.
En los primeros, refiere, se tratarán temas como el Modelo social de la discapacidad. Discriminación múltiple e intersecciones; Marco legal internacional y nacional de la discapacidad; y Atención a personas con discapacidad. Se presentarán también casos, anota.
El documento enfatiza que el responsable de seguimiento y monitoreo efectuará un informe final de cumplimiento. Para tal fin, gestionará que las diferentes áreas remitan la información pertinente hasta el 15 de octubre del presente año, subraya.
Seguimiento
El plan recuerda que el Poder Judicial, por intermedio de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad (CPAJPCV), ejecuta el seguimiento del cumplimento de las Reglas de Brasilia en todos los distritos judiciales del país.
Mediante Resolución N° 136-2021-P-PJ del 17 de febrero del 2021 se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030 que define los objetivos y las acciones estratégicos que el Poder Judicial busca alcanzar en el tema, añade.
El referido documento, detalla, contiene 7) objetivos estratégicos institucionales (OEI) y (51) acciones estratégicas institucionales (AEI), de las cuales, el Programa de Justicia Itinerante (AEI.03.03) y Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad (AEI.03.05) se encuentran a cargo de la comisión de acceso.
El Plan de Trabajo del 2023 de esta comisión que se aprobó por Resolución N° 050-2023-CE-PJ del 23 de enero del 2023, responde a los objetivos que buscan promover el efectivo acceso a la justicia de las personas y grupos en condición de vulnerabilidad, de manera coordinada, intra e interinstitucional, con los sectores que conforman el sistema de justicia, recuerda.
Ejes
El documento recalca que entre las principales líneas de trabajo se encuentran: investigación, fortalecimiento de capacidades, servicio de atención al usuario y difusión; las que tienen sustento en los 11 ejes temáticos.
Este año se inició con la implementación del Sistema de Control Interno en el Poder Judicial. En tal sentido, se identificó como probable riesgo “el incumplimiento del Protocolo de Atención para Personas con Discapacidad y la Directiva N° 004-2020-CE-PJ, Sistema de Alerta Judicial para Personas con Discapacidad”, los que están a cargo de la comisión de acceso.
Por lo tanto, el plan de capacitación en materia de discapacidad-2023 se presenta como parte de la medida de control, puntualiza el documento.
Justificación
El documento precisa que el inciso 9) del artículo 35 de la Ley de la Carrera Judicial señala que los jueces tienen derecho a la capacitación y especialización permanentes, lo cual está de acuerdo con el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución N° 010-2004-CE-PJ, artículo 39, inciso e).
Asimismo, recuerda, el ‘Fortalecimiento de capacidades y aptitudes’ es una de las actividades operativas del Plan de Trabajo-2023 de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia.
Además, la capacitación constituye uno de los pilares para mejorar la administración de justicia, pues es importante el trabajo que ejecuta cada servidor en la labor jurisdiccional, que no solo cumplan con los perfiles requeridos para los puestos, sino que conozcan a cabalidad de manera solvente la función que están llamados a realizar, tarea de naturaleza fundamental, subraya.
El ‘Plan de capacitación sobre atención judicial a personas con discapacidad para el año 2023’ resalta que un desempeño adecuado, eficiente y oportuno del personal coadyuvará a la labor jurisdiccional de la judicatura.
Caso contrario, perjudicará a los justiciables y a la labor de impartir justicia que le ha sido encomendada al Poder Judicial, advierte en la justificación de su aprobación.
REGLAS
Las Reglas de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad se aprobaron en la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana que se efectuó en Brasilia, Brasil, del 4 a 6 de marzo del 2008.
El documento precisa que “se entiende por discapacidad la deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social”.
Por lo tanto, subraya, “se procurará establecer las condiciones necesarias para garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad al sistema de justicia, incluyendo aquellas medidas conducentes a utilizar todos los servicios judiciales requeridos y disponer de todos los recursos que garanticen su seguridad, movilidad, comodidad, comprensión, privacidad y comunicación”.
Cifra
2010 es el año en el que el Poder Judicial se adhirió a las 100 Reglas de Brasilia en los distritos judiciales.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) June 15, 2023
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